El Ministerio Público y el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) rastrearon las llamadas de periodistas del Diario Extra con el propósito de identificar a las fuentes de informaciones publicadas por ese periódico sobre un secuestro ocurrido en San José. Diez meses de monitoreo pusieron en manos de las autoridades una lista de contactos entre los periodistas del medio y gran número de personas de toda condición.
El hecho es inusitado y causa grave preocupación por la evidente lesión infligida a la libertad de expresión. Ese derecho humano fundamental protege la facultad de recibir y difundir informaciones, ideas y opiniones, pero también la de investigarlas y, con ese propósito, incluye principios destinados a cimentar el derecho del informador a mantener reserva sobre sus fuentes.
Sin la garantía de esa reserva, al periodismo le sería muy difícil investigar informaciones de interés público para darlas a conocer a la ciudadanía. La actuación de las autoridades en este caso vulnera la libertad de expresión en sus tres vertientes: la difusión, recepción e investigación de informaciones, ideas y opiniones. En ese tanto, no solo lesiona derechos de los periodistas, sino también de todos los costarricenses.
Lesiona, también, la reserva sobre las fuentes y el secreto de las comunicaciones telefónicas, que, además de proteger el contenido de las llamadas, ampara la identidad de sus participantes. Saber a quién llama y de quiénes recibe llamadas una persona puede ser tan grave como imponerse del contenido de las llamadas. En cualquier caso, el efecto intimidatorio de semejantes acciones sobre las fuentes de los periodistas no puede ser negado.
Las autoridades citan normas y jurisprudencia nacional para justificar sus actuaciones. La validez de esas razones está en el meollo del debate, pero debe ser examinada con la vista puesta en la normativa sobre derechos humanos. En primer lugar, es muy discutible que las normas creadas para combatir el crimen organizado puedan o deban extrapolarse para fundamentar la investigación de las fuentes de un periodista, pero, si cupiera duda, la doctrina internacional ofrece respuestas.
El artículo octavo de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, claramente establece: “Todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales”.
Con apego a ese principio, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana expresó recientemente su preocupación por la revisión de los registros telefónicos de periodistas de la agencia de noticias Associated Press (AP), hecha por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos al amparo de leyes vigentes en ese país.
“Este tipo de prácticas puede afectar el ejercicio de un periodismo libre al poner en riesgo la confidencialidad de las fuentes periodísticas”, afirmó la Relatoría, apuntando con claridad a la probable incompatibilidad entre la normativa invocada para justificar la intromisión y el régimen de libertad de expresión consagrado por el sistema interamericano de protección de los derechos humanos.
Reprochables como son las acciones y razones del Departamento de Justicia estadounidense, por lo menos es preciso reconocer que dijo actuar en resguardo de la seguridad nacional para indagar sobre una “filtración muy seria” que puso al “pueblo americano en riesgo”. Si, en esas condiciones, la actuación de las autoridades es reprobable, con mucha más razón merece crítica en un caso como el del Diario Extra, en el que no median razones de tanta envergadura y la primera noticia sobre el secuestro fue publicada días después de liberada la víctima.
En este caso, es preciso investigar si las autoridades actuaron con apego, cuando menos literal, a la ley. Si así lo hicieron, es igualmente necesario indagar si la ley vigente puede ser extrapolada a la investigación de las fuentes de un periodista y, en ese caso, no debe el país tardar en emprender la reforma necesaria para alinear la normativa interna con los derechos humanos.