Luego de un largo debate nacional, la Asamblea Legislativa aprobó, el 17 de setiembre, la ley para regular el uso de brazaletes electrónicos como medida sustituta al internamiento en los centros penitenciarios. Los dispositivos alertan a las autoridades cuando la persona abandona un área donde debe permanecer o se acerca a otras donde su presencia está prohibida. Si el brazalete es alterado o retirado, emite una señal de alarma a los cuerpos policiales.
Se trata de un recurso valioso, apto para descongestionar las hacinadas cárceles del país y ahorrarle al Estado elevados gastos de la reclusión. El uso de los brazaletes economizará ¢6 millones al año por cada reo, según las estimaciones de las autoridades. Si se toma en cuenta que la cuarta parte de los reclusos guardan prisión preventiva, sin juicio ni condena, los brazaletes también pueden evitar injusticias.
El nivel de hacinamiento en el sistema penitenciario ha alcanzado hasta el 38%, cuando el 20% es apenas tolerable. En solo ocho años, la población penitenciaria aumentó un 80,4%. Los servicios sanitarios no alcanzan, los reos duermen en el suelo y el hacinamiento incuba violencia. En consecuencia, el país pierde prestigio en los foros internacionales.
La lentitud de los procesos judiciales y, también, la celeridad de los tribunales de flagrancia contribuyen en mucho a la sobrepoblación. Esos efectos corren parejos con la falta de desarrollo de infraestructura carcelaria, la escasa aplicación de medidas alternativas y la insistente negación del papel de la vigilancia electrónica, que la ley recientemente aprobada procura rectificar.
Las consecuencias de ese cúmulo de factores incluyen la desordenada liberación, el año pasado, de 370 reos excarcelados por una orden judicial emitida con el expreso propósito de reducir el hacinamiento. Muchos de los reos devueltos a las calles delinquieron a pocos días de recobrar la libertad.
Los jueces seguirán dictando órdenes de prisión preventiva, pero podrán disponer el uso del brazalete cuando el imputado no represente un peligro. Cuando autoricen la libertad condicional a quienes hayan cumplido la mitad de la pena, previo estudio técnico, podrán exigir el uso del brazalete, cuya señal servirá, también, para vigilar el cumplimiento de otras medidas de rehabilitación y reinserción social, como el trabajo comunal.
También aumentará el control sobre los obligados a guardar arresto domiciliario y, en casos de violencia doméstica, alertará a la Policía y a la víctima de la proximidad del agresor a las zonas vedadas por orden judicial. Las embarazadas, los enfermos y las jefas de hogar con hijos menores de 12 años recibirán un trato más humanitario y, en el último caso, los beneficios de la medida se extenderán a los niños, que podrán contar con la cercanía de su madre.
Bien aplicado, el brazalete puede incrementar la seguridad, no disminuirla, como argumentan los detractores de la vigilancia electrónica. Hoy, el hacinamiento causa violencia en las cárceles, los jueces dictan órdenes para vaciarlas, los reos beneficiados por la libertad condicional son devueltos a las calles sin forma alguna de seguir sus pasos, es difícil constatar el cumplimiento de las medidas alternativas y tampoco hay manera eficaz de prevenir el acercamiento de los agresores a sus víctimas.
La ley, por supuesto, no permite la aplicación de los dispositivos en casos de peligrosidad, condenas mayores a seis años, crimen organizado, uso de armas de fuego para delinquir o delitos sexuales contra menores. Los reos con antecedentes o riesgo grave de fuga tampoco gozarán de la posibilidad de sustituir el internamiento por el brazalete.
Aprobada la ley, no debe el país perder tiempo para echar a andar el plan piloto, financiado con un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo, y, si las ventajas quedan demostradas, extender la medida a todos los posibles beneficiarios contemplados por la ley.