Durante las negociaciones para el establecimiento de sus relaciones diplomáticas, el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República Popular China, además del Comunicado Conjunto sobre el Establecimiento de Relaciones Diplomáticas, han convenido en lo siguiente:
I. A partir de la fecha del establecimiento de relaciones diplomáticas entre la República de Costa Rica y la República Popular China, el Gobierno de la República de Costa Rica romperá sus “relaciones diplomáticas” con Taiwán, cerrando su “Embajada” en la otra parte y retirando su “personal de Embajada” en un lapso no mayor de (1) mes.
Al mismo tiempo, cerrará la “Embajada” de las autoridades de Taiwán en la República de Costa Rica y ordenará la retirada de todo el personal de dicha institución.
II. El Gobierno de la República de Costa Rica se compromete a no entrar más en vinculación oficial en ninguna de las formas con Taiwán, una vez establecidas las relaciones diplomáticas entre la República de Costa Rica y la República Popular China.
El Gobierno de la República Popular China se compromete a no poner objeción al mantenimiento de relaciones económicas, comerciales, científicas, tecnológicas, educacionales y culturales, de carácter no oficial, por parte de la República de Costa Rica con Taiwán.
III. A partir del establecimiento de relaciones diplomáticas entre la República de Costa Rica y la República Popular China, el Gobierno de la República Popular China pondrá cuanto antes en marcha, a la luz de lo acordado entre los dos Gobiernos, la cooperación binacional en los proyectos de interés del Gobierno de la República de Costa Rica.
Concretamente, el Gobierno de la República Popular China:
1. Ofrecerá a la República de Costa Rica, en un lapso de tres (3) a cinco (5) años a partir del establecimiento de sus relaciones diplomáticas, una asistencia no reembolsable de ciento treinta millones (130.000.000) de dólares norteamericanos, de los cuales treinta millones (30.000.000) de dólares irán en efectivo durante dos (2) ejercicios fiscales, cancelándose veinte millones (20.000.000) de dólares en el primer ejercicio y diez millones (10.000.000) de dólares en el segundo ejercicio; y el resto, denominado en yuanes Renminbi y equivalente a cien millones (100.000.000) de dólares, será destinado para implementar los proyectos que necesite Costa Rica, incluidos los de cooperación económica y técnica dejados por Taiwán.
2. Una vez establecidas las relaciones diplomáticas, comprará en dos (2) tractos iguales, en enero 2008 y enero 2009, la suma de trescientos (300) millones de dólares norteamericanos en bonos de la República de Costa Rica con las siguientes características:
a) Tipo de título: bonos deuda interna emitidos en dólares norteamericanos por el Ministerio de Hacienda de la República de Costa Rica;
b) Tasa de interés : dos (2) por ciento anual, pagadera semestralmente;
c) Plazo: doce (12) años;
d) Pago del principal: una vez al vencimiento (al cumplirse los doce años);
e) Garantía: soberana del Gobierno de Costa Rica.
3. Considerará favorablemente el incremento de la importación desde Costa Rica y enviará cuanto antes, una vez establecidas las relaciones diplomáticas, expertos a Costa Rica, a fin de negociar con la parte costarricense la pronta suscripción de acuerdos binacionales de inspección y cuarentena en materia zoosanitaria y fitosanitaria, con miras a crear condiciones para el aumento de la importación de productos costarricenses por la parte china y a evaluar conjuntamente con la parte costarricense la factibilidad de suscribir un Tratado Libre Comercio (TLC) entre los dos países.
4. Proporcionará a la República de Costa Rica un total anual de veinte (20) becas gubernamentales para cursar estudios en la República Popular China.
5. Designará a la República de Costa Rica, después del establecimiento de relaciones diplomáticas, como destino turístico de los ciudadanos chinos, a solicitud del Gobierno de la República de Costa Rica.
6. Se dispondrá a promover junto con la parte costarricense, una vez establecidas las relaciones diplomáticas y sobre la base de respeto mutuo, igualdad, beneficios recíprocos y desarrollo compartido, los estudios y la pronta suscripción de convenios de cooperación en materia política, económico-comercial, cultural, educacional y científico-tecnológica.
A la luz de este espíritu, el Gobierno chino alentará a las empresas chinas a considerar prioritariamente a Costa Rica como un destino de inversión en virtud de que Costa Rica es el primer país centroamericano en establecer relaciones diplomáticas con China. En este sentido, en la eventualidad de que una empresa china sea adjudicataria, con derecho a voz, en el Proyecto de Refinería Mesoamericana, se le asignará esta prioridad a Costa Rica para su instalación.
7. Una vez establecidas las relaciones diplomáticas, estará dispuesto a fortalecer la cooperación con la República de Costa Rica en los asuntos internacionales y apoyará la participación de Costa Rica en el APEC y su candidatura a un puesto no permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para el período 2008-2009. Con este fin y sobre la base del respeto mutuo y los beneficios recíprocos que pueden surgir de un tratamiento estructurado de la agenda bilateral y multilateral, ambas partes se comprometen a establecer y mantener un intenso diálogo político con reuniones ministeriales cada dos (2) años.
8. Después del establecimiento de relaciones diplomáticas, las dos partes, según las necesidades y posibilidades, reducirán y exonerarán, mediante consultas amistosas, parte de los costos de arrendamiento de las instalaciones de oficina diplomáticas.
IV. Las dos partes acuerdan hacer público, en sus respectivas capitales, en forma oficial el establecimiento de sus relaciones diplomáticas a las cuatro (4) horas de la tarde del 7 de junio de 2007, hora de Costa Rica y a las seis (6) horas de la mañana del 8 de junio de 2007, hora de Beijing.
Firmado en Beijing, al primer día del mes de junio del año dos mil siete, en dos ejemplares originales, cada uno en los idiomas español y chino, siendo ambos textos igualmente válidos.
Por el Gobierno de la República de Costa Rica,Bruno Stagno Ugarte. Por el Gobierno de la República Popular China,Yang Jie Chi.