Con motivo del Día Internacional de la Mujer, se impone hacer una reflexión sobre la próxima escogencia, por parte de la Corte Suprema de Justicia, de una persona para el puesto en propiedad y dos suplentes del Consejo Superior del Poder Judicial.
La designación se lleva a cabo entre los jueces y las juezas del país. La importancia de esta elección radica en mantener la paridad de género, la igualdad en la participación activa de las mujeres en la toma de decisiones dentro de la estructura del Poder Judicial, en cumplimiento de la Ley de la Promoción de la Igualdad Social de la Mujer y las propias políticas internas sobre el tema.
Entre las personas que administran justicia (jueces y juezas en propiedad), siempre ha existido una amplia brecha laboral de género. Según la información suministrada por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, al 12 de febrero del 2016, las mujeres continúan conformando la mayoría en las áreas más bajas en cuanto a categoría, remuneración y prestigio se refiere: juez 1, juez 2 y juez 3, ámbitos en los cuales la composición oscila entre un 56% y un 54% de las juezas.
Conforme se avanza a escalafones superiores, la integración de mujeres en categoría 4, baja a un 34,6% y en categoría 5 a un 42%.
En la Corte Plena, el panorama empeora, ya que de 22 magistrados 7 son mujeres (31,8%), 13 son hombres (59,09%) y existen dos vacantes pendientes de nombramiento en la Asamblea Legislativa.
La razón de lo anterior es en parte causada por los roles y estereotipos de género tradicionales, aún vigentes en nuestra sociedad patriarcal, en donde se considera que la responsabilidad prioritaria de las mujeres es ocuparse del cuidado de la familia, cuyas labores, en la mayoría de los casos, no son compartidas equitativamente. Ellas deben conciliar sus obligaciones profesionales y esto implica una seria limitante en el desarrollo de sus carreras profesionales.
Oportunidad. Es necesario eliminar las barreras que dificultan la participación de las mujeres en los puestos de alto nivel dentro de la estructura organizacional y en la toma de decisiones dentro del Poder Judicial, con el fin de promover un verdadero desarrollo con igualdad, que dejaría atrás el actual sistema de inequidad y discriminación vigente.
La Corte Plena y el Consejo Superior del Poder Judicial han hecho grandes esfuerzos y, producto de sus preocupaciones, han sido, entre otros, la implantación de las políticas de igualdad de género, la creación de una Secretaría de Género, las campañas educativas internas sobre la materia y la permanente actitud de visibilizar el problema, pero hoy se le presenta la gran oportunidad de dar un paso más hacia delante para conquistar la ansiada equidad.
De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Superior es el órgano al que le corresponde ejercer la administración y disciplina del Poder Judicial, al tenor de la ley y las políticas que desarrolla la Corte Plena, con el propósito de asegurar la independencia, eficiencia, corrección y decoro de los tribunales y garantizar los beneficios de la Carrera Judicial.
Ese órgano está conformado por la presidenta del Poder Judicial, quien dirige el Consejo, y los restantes cuatro miembros que son nombrados libremente por la Corte Plena, por períodos de seis años, escogidos así: uno por los funcionarios que administran justicia, uno por los demás abogados que trabajan en este poder de la República, uno por los restantes servidores judiciales y otro representa a los abogados litigantes.
Desequilibrio. En la actualidad se encuentran vacantes el puesto en propiedad correspondiente a los jueces y las juezas y sus dos suplencias. Los demás cargos de elección de la Corte los ocupan dos hombres y una mujer.
Para mantener el equilibrio representativo entre hombres y mujeres, la igualdad en la participación activa y en el proceso de toma de decisiones dentro de la estructura de poder y sus propias políticas internas de género, la Corte Plena debe considerar que, al menos, la vacante en propiedad y una suplencia sean ocupadas por juezas provenientes de las ternas propuestas por las asociaciones que aglutinan a juezas y jueces.
De lo contrario, se quebraría el equilibrio dentro del Consejo Superior, por cuanto quedaría conformado, en los puestos de elección, por tres hombres y una sola mujer. Ahora, le corresponde a la Corte Plena pronunciarse.
Las autoras son presidenta y vicepresidenta, respectivamente, de la Asociación Costarricense de Juezas.