En Costa Rica se toman decisiones desde hace más de 25 años promoviendo “acciones afirmativas” para alcanzar la equidad de género, no solo en la participación electoral, sino también en la designación de los puestos elegidos popularmente.
Inicialmente se estableció que en las listas de las candidaturas como mínimo el 40 % de las plazas fueran ocupadas por mujeres, pero lo que ocurrió en numerosas ocasiones fue que el 40 % fue cubierto en los últimos puestos de la papeleta, con lo cual se burló el espíritu de la disposición.
En vista de lo anterior, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) definió que el 40 % de candidatas deberían ir en puestos elegibles en cada papeleta y, para ello, se tomaría el promedio de los puestos elegidos en los últimos procesos electorales, de manera que si en San José X partido obtuvo cinco diputados, entonces, los primeros cinco puestos debían ser ocupados por tres hombres y dos mujeres.
Este sistema presentaba problemas para aquellos partidos que nunca habían conseguido la elección de diputados o para los partidos nuevos, dado que carecían de un promedio histórico.
Por ello se modificó la disposición de esta forma: la alternancia de puestos, es decir, si el puesto uno era de un hombre, el puesto dos sería de una mujer, o viceversa, y así sucesivamente, con lo cual se aspiraba a una elección lo más paritaria posible, cercana al 50 % para cada sexo.
Este sistema tenía, sin embargo, el problema de que la mayoría de los puestos se iniciaban con hombres y, en la práctica, la aspiración de la paridad no se cumplía, pues eran elegidos casi siempre el 70 % o más hombres contra un 30 % o menos mujeres.
Con la intención de evitar esta realidad, en un último intento por resolver el problema, el TSE estableció que la alternancia no debía ser solo vertical, sino también horizontal. Por ejemplo, en las elecciones municipales de febrero del 2024, cada partido debió encabezar 42 cantones con un hombre y los otros 42 con una mujer, con lo cual pareciera que nos acercamos más a la pretendida paridad. Cada partido debió decidir en su Asamblea Nacional cuáles cantones encabezarán los hombres y cuáles, las mujeres.
Conversando con amigos y dirigentes de diversos partidos y cantones, se ha generalizado que en algunos casos los partidos, que en razón de esa norma se verán obligados a poner una mujer en primer lugar, pero el dirigente más influyente es un hombre, están buscando mujeres “de confianza” de ese dirigente para que ella ocupe el puesto de la alcaldía titular o de la primera regiduría.
Pero una vez elegidas van a renunciar al cargo para que el hombre, que siempre tuvo el control de la situación, tome el puesto principal y así alcanzar su objetivo electoral, aunque ello suponga otra burla del sistema, y cuidado algo más que una burla, pues, según mi criterio, ello podría constituir un fraude de ley y un fraude a la voluntad popular.
Estoy consciente de que no será una situación fácil de evitar; sin embargo, me parece que el TSE deberá estar atento a esta posibilidad y advertir a los partidos políticos y candidaturas de que si luego del proceso se presentan renuncias que pudieran considerarse sospechosas e infundadas, con la sola intención de violar la norma impuesta, tomará acciones en procura de castigar a los responsables.
Un proceso electoral es demasiado serio y todos debemos ser garantes de que las cosas se hagan como Dios manda.
El autor fue presidente ejecutivo del IFAM.