"Una vez que el genio está fuera de la botella no es probable que vuelva a entrar”, afirma el teólogo protestante y bioeticista Theo Boer, exregulador de los Comités Regionales de Revisión de la Eutanasia en Holanda.
En el artículo “Nos equivocamos”, junto con otro titulado “La pendiente resbaladiza de la eutanasia es real”, de John Keown, los autores pretenden advertir a los países que aún no aprueban la eutanasia que una vez que se relativiza, aunque sea mínimamente, la inviolabilidad de la vida, los grupos que reclaman la normalización de la eutanasia y el suicidio asistido, unido a una sociedad que va normalizando la eliminación o asesinato de personas, causarán el aumento de los criterios de utilización del homicidio por parte de los médicos.
Keown señala lo que por mucho tiempo se ha dicho en Costa Rica: “Tiene sentido táctico para cualquiera que busque hacer un cambio radical en la ley, y cuyos oponentes plantearán preocupaciones sobre pendientes resbaladizas, poner ‘un pie en la puerta’ a través de propuestas relativamente conservadoras antes de abrir la puerta más”. Esto vale no solo para la eutanasia, sino también para el aborto.
En Costa Rica se firmó una norma técnica que permite el aborto inducido (muerte del ser humano en gestación mediada por las medicinas y los médicos) ignorando no solo la evidencia científica de la continuidad del desarrollo de la vida humana a partir de la formación del cigoto, sino también nuestra legislación nacional.
Decreto cuestionado. ¿De qué sirve que una constitución hable de la inviolabilidad de la vida humana, que el Código de la Niñez y la Adolescencia defina como persona y como niño al ser humano desde su concepción, si con un decreto se autoriza la eliminación de seres humanos?
Peor aún, periodistas, médicos, promotores del aborto y ciudadanos en general repiten que el aborto está permitido por el Código Penal (nuestro nuevo código de derechos humanos) y ante el silencio cómplice y apático de los altos órganos judiciales, de colegios profesionales y de abogados que con una visión discretamente imparcial, se señala que el mencionado código es invocado por jueces en un litigio y no por médicos en un acto médico.
No es de extrañar entonces que la Corte Interamericana de Derechos Humanos haya creado una subclase de seres humanos: los que tienen derechos que no deben ser respetados jurídicamente. Es como decir, sabemos que está vivo, pero nada nos obliga a no matarlo.
Defensa de la vida. Una vez lograda la meta de abrir el portillo a la relativización de la vida humana, ¿cuál argumento nos queda para defender a esos seres de quienes reclaman su derecho a que el Estado les proporcione servicios de aborto legal, seguro y gratuito, que para mí es matar a sus hijos sin penas, en establecimientos médicos y sin pagar?
Es más, ¿debería ser investigado y castigado un médico que cause daño a un niño por nacer, aunque este sí fuera deseado? ¿Estaremos ante una nueva ciencia cuyos hallazgos y evidencias dependen de los deseos de una persona o una sociedad?
La respuesta, por lo menos en Costa Rica, la tiene en este momento la Sala Constitucional en sus manos, aunque con nuestros supuestos avances científicos esto suene irónico.
Veremos entonces hacia dónde se dirigirá Costa Rica, ¿al homicidio por deseo o al respeto de la vida?
Lamentablemente, mientras no logremos que las personas puedan estar medio vivas y medio muertas, no existen términos medios.
La autora es médica.