Imagine que usted es el administrador de un salón de patines. A cada persona que ingrese al local se le cobra un derecho de admisión de ¢1.000. Algunas de las personas que asisten llevan sus propios patines, pero otras no.
A quienes no llevan patines, el salón les alquila un par por ¢2.000 y hay suficientes para atender la demanda. Así, un patinador que lleve sus patines pagará ¢1.000 y a uno que no lo lleve se le cobrarán ¢3.000.
Como administrador, usted decide bajar a ¢1.000 la tarifa de alquiler por los patines, de manera que ello incentive a ir al salón a más personas que no tienen patines o que les resulta incómodo llevarlos.
El dueño del local lo llama, muy molesto, para reclamarle que, en vez de ayudar a incrementar los ingresos, usted los está reduciendo. “¿Qué quiere, que quebremos en un dos por tres?”, le pregunta el ofuscado dueño.
Usted explica al dueño que el resultado esperado de su decisión no es una caída en los ingresos, sino todo lo contrario: un aumento. “¡Barájemela más despacio, porque ahora sí que no entiendo nada!”, le dice el dueño.
Usted le explica que si bien ahora se recibirá un 50% menos de ingresos por cada par de patines que se alquile, el menor precio atraerá a una mayor cantidad de patinadores, y que si el número de patinadores que llegan al salón aumenta en más de un 50%, entonces recibirá más dinero que antes por el alquiler de patines.
“Pero eso no es todo”, añade usted, “porque recuerde, además, jefecito, que la cuota de ingreso se mantuvo fija en ¢1.000 por persona, por lo que si vienen más patinadores, recogeremos mucha más plata por concepto de ingreso al salón”.
Resultado positivo. Al cabo de un tiempo, se hace un análisis contra facturación del resultado de la medida que usted impulsó: los ingresos por concepto de alquiler de patines, una vez descontada la inflación (porque ¢1.000 de hoy sirven para comprar menos que lo que se compraba cuando usted implementó la nueva tarifa de alquiler de patines), crecieron un 4%, lo cual confirma que la afluencia de clientes que alquilaron patines creció en más del 50% desde que usted rebajó el precio. Y, adicionalmente, los ingresos por entradas al salón crecieron un 52%. Así, los ingresos totales crecieron un 43%.
Esta sencilla historia ilustra de manera simple el resultado que la apertura comercial de Costa Rica ha tenido sobre la recaudación de impuestos cobrados a las importaciones.
Simplemente, piense que el salón de patines es el país, que los clientes del salón son las importaciones, que el costo por alquiler de patines es el arancel y que la tarifa de ingreso al salón son los impuestos internos que se cobran a las importaciones, la suma del impuesto de ventas y del impuesto selectivo de consumo.
Crecimiento. Los tratados de libre comercio (TLC) –que son la cara visible del proceso de apertura comercial más reciente que ha seguido Costa Rica en los últimos 20 años– reducen los aranceles, sí, pero no modifican ni el impuesto de ventas ni el selectivo de consumo, a la vez que motivan el aumento de las importaciones.
Los análisis del Ministerio de Comercio Exterior a partir de los datos oficiales de tasas impositivas y de importaciones por producto y país de origen revelan que entre 1999 y el 2014 los ingresos reales –sin inflación– por concepto de aranceles cobrados a las importaciones crecieron un 4%, al tiempo que los ingresos por concepto de impuestos internos –impuestos de ventas y selectivo de consumo– cobrados a las importaciones, también en términos reales –sin inflación–, aumentaron un 52%, para un incremento total de los ingresos fiscales reales derivados de las importaciones de un 43%.
Es un error afirmar que la reducción de aranceles aplicada en virtud de los TLC ha reducido la recaudación de impuestos. ¡Todo lo contrario! Y esa es una de muchas contribuciones de la apertura comercial al desarrollo del país.
Llamo la atención para que, en el contexto del análisis sobre cómo aumentar la recaudación fiscal, no se caiga en la falacia de los ingresos no compensados.
El autor es ministro de Comercio Exterior.