El jueves 15 recién pasado varias personas con experiencia diplomática nos reunimos con don Fabricio Alvarado para reiterarle nuestro apoyo. Luego, en conferencia de prensa, a algunos de nosotros se nos preguntó sobre los temas que habíamos conversado en la mencionada reunión.
En mi caso, hice alusión a tres cuestiones relativas a la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 24 de noviembre del 2017.
El artículo de opinión del señor Armando González R., publicado en La Nación bajo el título “Tovar y los derechos humanos”, me da la oportunidad de referirme a aquellos temas:
El derecho de los niños y de las niñas de Costa Rica a cambiar de sexo.
1. Manifesté en dicha reunión que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la opinión consultiva mencionada, afirma que los niños y las niñas tienen el derecho de cambiar de sexo, solicitando, para ello, la rectificación registral (párrafos del 154 al 156, entre otros, de la opinión).
2. Señalé que la Corte avala una legislación de un país de nuestro continente que no solo reconoce ese derecho a los niños y a las niñas, sino que impide que sus padres puedan oponerse; si los padres se niegan a dar el consentimiento, ese consentimiento lo daría, entonces, un juez.
3. Presumo que no está lejos que, con el aval de la Corte, las niñas y los niños de Costa Rica puedan presentar una solicitud ante el Registro Civil para cambiar de sexo, aun cuando sus papás no den su consentimiento.
4. Estoy seguro de que la inmensa mayoría del pueblo costarricense no está de acuerdo con lo anterior.
La poligamia.
5. En la reunión también manifesté que la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos expresa que la poligamia es una forma de familia que puede ser protegida.
6. Sabemos que algunas culturas aceptan la poligamia, pero la cultura costarricense –como parte de la cultura occidental– no acepta, ni social ni legalmente, la unión de una mujer con varios hombres ni la unión de un hombre con varias mujeres. No es el caso de nuestra cultura occidental.
7. Expresé la necesidad de que en esta época de relativismo cultural es muy importante defender nuestros valores costarricenses y agregué que era preocupante que, por medio de una opinión consultiva, la Corte Interamericana de Derechos Humanos pudiera generalizar en nuestra sociedad la protección de la poligamia.
8. El pueblo costarricense no está de acuerdo con la poligamia.
Las opiniones consultivas.
9. Finalmente, manifesté que las opiniones consultivas no deben ni tienen que ser vinculantes. Son vinculantes las sentencias en los casos contenciosos que se presenten a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Dentro de la propia Corte hay quienes sostienen esa tesis.
El autor fue canciller de la República.
En este enlace http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_24_esp.pdf hallará el texto completo de la Opinión Consultiva OC-24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre identidad de género e igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo