El intento del gobierno de contratar una póliza que cubra al presidente y su gabinete por obligaciones civiles derivadas de faltas en el ejercicio de sus funciones constituye no solo una violación a la Constitución Política, sino también un menoscabo de la fuerza moral de la ley.
La medida erosionaría el principio de responsabilidad pública, pilar fundamental en toda democracia que busca una administración transparente y justa.
La Constitución Política, en sus artículos 9, 11, 148, 149 y 150, establece que el presidente y su gabinete son personal e individualmente responsables por sus actos. Esta obligación va más allá de la simple consecución de objetivos; implica responder por errores, omisiones o abusos en el desempeño.
Así, cualquier actuación que vulnere el interés público o incumpla la normativa acarrea consecuencias, ya sean sanciones disciplinarias, administrativas, civiles o penales.
Es una garantía para que la administración pública no sea un ente abstracto que actúa sin control ni responsabilidad, sino un grupo de personas cuyas decisiones impactan directamente a la sociedad. De esta manera, el funcionario o servidor público está llamado a actuar con integridad y transparencia, consciente de que deberá responder individualmente por sus actos, lo que fortalece un servicio público comprometido y profesional.
El principio de responsabilidad pública es esencial para la confianza en las instituciones, ya que garantiza a los ciudadanos que los funcionarios no se ocultarán detrás de su cargo ni de la estructura administrativa con el fin de evadir las consecuencias de sus acciones.
Al exigir que los servidores públicos actúen con el máximo respeto a los principios éticos y legales, se fortalece una cultura de rendición de cuentas, donde cada funcionario respete y responda por su gestión.
La póliza también vulnera el artículo 33 de la Constitución, al conceder un trato preferencial a ciertos funcionarios y contravenir el principio de igualdad ante la ley. En la práctica, establecería una preocupante disparidad en la responsabilidad entre servidores públicos, creando, con recursos del pueblo, un escudo protector en beneficio de algunos, lo cual resulta injustificable tanto para sus colegas como para la ciudadanía en general.
A la luz de estos principios, es inconstitucional y éticamente cuestionable la contratación de una póliza de ¢248 millones que protegería al presidente y su gabinete de eventuales responsabilidades civiles derivadas de sus actos.
Existe además un riesgo mayor: la pérdida de la fuerza moral de la ley. La fuerza moral de la ley es lo que la convierte en una guía para la convivencia social y en un mecanismo de justicia que representa las aspiraciones éticas de la comunidad.
En la historia del derecho, la ley pierde su autoridad moral cuando quienes deben acatarla renuncian a la responsabilidad individual de sus acciones. Este concepto es fundamental, pues más allá de imponer normas y sanciones, la ley posee una autoridad ética que le confiere legitimidad y poder sobre las personas.
Este poder no se basa únicamente en la amenaza de sanción, sino en la creencia de que las leyes reflejan los valores y principios de la sociedad y, por tanto, merecen respeto y obediencia.
Filósofos como Platón, Aristóteles, Tomás de Aquino, Locke, Rousseau y Rawls argumentan que las leyes deben ser un reflejo del bien común para ser justas y legítimas. Una ley no es digna de respeto solo porque emane de la autoridad (derecho positivo), sino también porque procura el bienestar de la comunidad y se ajusta a principios de justicia (derecho natural).
Una póliza para el gabinete no solo sería injusta; también socavaría el valor ético de la ley y vaciaría de contenido el principio de responsabilidad personal de los funcionarios. De ahí el repudio generalizado que provoca el solo anuncio de su intento de compra.
En suma, esta medida despoja la ley de su poder moral y envía un mensaje peligroso: aquellos en posiciones de poder pueden actuar sin preocupación por la justicia, la equidad o las consecuencias de sus actos, sabiendo que, al final, una póliza pagada por todos nosotros responderá por sus faltas.
Para preservar la integridad y la confianza pública en nuestras instituciones, es fundamental que tanto el gobierno como la ciudadanía rechacen este tipo de acciones que socavan la fuerza moral de la ley, el principio de igualdad, el principio de responsabilidad y el principio de supremacía constitucional.
Alex Solís fallas es abogado constitucionalista y fue contralor general de la República.