Los servicios de telecomunicaciones son cruciales para el trabajo, la educación y el ocio. Es un sector muy sensible a las vicisitudes de la competencia, primero, porque el espectro radioeléctrico es un recurso limitado y, segundo, porque sin competencia las empresas limitan sus inversiones en infraestructura, en un momento en que el despliegue de las redes 5G requerirá inmensas inversiones.
El 6 de julio, el presidente ejecutivo del ICE, en una conferencia de prensa, expresó que están perdiendo el negocio, porque los otros operadores “pueden comprar hasta 220 megahercios” y el ICE no. “Me parece una absoluta práctica anticompetitiva que atenta contra la estabilidad de la empresa del Estado”, afirmó.
Se refería a las condiciones establecidas por la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) en el capítulo quinto del precartel de concesión para el uso y explotación del espectro radioeléctrico 5G, publicado recientemente. Ahí se dispone que el Grupo ICE no podrá concursar en las bandas bajas y medias.
Sin mayor contexto, cualquiera entendería que esta disposición es anticompetitiva, pero la historia es completamente distinta.
El espectro radioeléctrico es algo así como las carreteras sobre las cuales viajan las señales que nos permiten comunicarnos. El espectro es un bien de dominio público y un recurso escaso.
El Poder Ejecutivo autorizó a la Sutel para licitar bloques del espectro en las bandas milimétricas (calles secundarias), bandas bajas (calles primarias) y bandas medias (autopistas) disponibles. Omitiremos las bandas milimétricas, ya que los demás operadores sí pueden concursar por estas en igualdad de condiciones con el Grupo ICE.
El ICE dispone del 40 % del total de las bandas bajas y medias, mientras sus competidores privados solo tienen acceso al 10 % cada uno (un 20 % del total). La Sutel sacó a concurso el 40 % restante de las carreteras del espectro.
De esta forma, el ICE dispone no solo de más carreteras (un 40 %) para el desarrollo de redes de telecomunicaciones, sino que además concentra la totalidad de las bandas (carreteras) más apetecidas en el mundo para el despliegue de redes 5G, como lo es la banda de 2.600 megahercios (MHz).
Según explicamos en un artículo anterior, titulado “Desigualdades en la carrera por el desarrollo de redes 5G”, el ICE ya aventaja a sus competidores en los procesos de contratación para acondicionar estas autopistas y poner a disposición de los consumidores tecnologías móviles 5G antes que sus competidores.
Regulación
Dadas las asimetrías en la asignación de las carreteras, la Sutel, como autoridad máxima en materia de competencia de telecomunicaciones y en apego al lineamiento técnico emitido por el Poder Ejecutivo, solicitó plantear “acciones para mitigar la eventual concentración de espectro radioeléctrico”, y dispuso que no podrá participar en el proceso de asignación de espectro disponible ningún oferente que supere ya el control de concentración de espectro, que en términos prácticos significa que ningún operador participar+a si ya posee el 35 % o más de las carreteras correspondientes.
Que el ICE disponga del 41 % de las autopistas (bandas medias) le impide participar por más espectro en estas bandas, y aunque hoy solo concentre el 28 % de las carreteras primarias (bandas bajas), con solo adjudicarse un pequeño bloque de estas superaría el umbral del 35 %, por ello, tampoco podría participar por este tipo de carreteras.
Pero la regla de concentración no solo es relevante para decidir si un oferente puede participar o no, sino también para determinar los topes de adjudicación, es decir, al final de la subasta, ningún operador podrá disponer de más del 35 % del espectro.
Esta regla implica que cualquiera de los dos operadores privados solo pueda aspirar a concentrar un 34 % de las carreteras disponibles en el espectro (bandas bajas y medias), y de esta forma estaría por debajo del 40 % del que ya dispone el ICE, incluso aunque el ICE no participe en esta licitación.
Lo anterior ocurrirá solo en un caso extremo, que alguno de los dos operadores privados se lo “lleve todo” y deje al otro con menor disposición de carreteras. Una situación más realista sería aquella en la que ambos consiguen una proporción similar de espectro; esto ubicaría a cada operador privado en un tope cercano al 30 % de las carreteras y autopistas.
La Sutel hace bien en corregir algunas de las asimetrías existentes en el sector de las telecomunicaciones, porque si bien no podrá eliminar del todo el poder de concentración del ICE, acercará a los operadores a umbrales más aceptables para que compitan en una posición menos desfavorable.
Competencia
La competencia no es un fin en sí mismo. El objetivo último de una política pública debe ser el bienestar general. La promoción de la competencia es beneficiosa para la sociedad en su conjunto.
Si se permite la competencia sin regulación, se producirían abusos de poder y concentración de mercado y, consecuentemente, el deterioro de la calidad de los productos y servicios, precios altos y fundamentalmente poca inversión en el despliegue de las redes 5G.
La promoción de la competencia va más allá de fomentar la rivalidad entre empresas, significa establecer un marco regulatorio que garantice la transparencia, la rendición de cuentas y la protección de los derechos de los consumidores.
Por esta razón, la sección 17 del capítulo 5 del precartel, elaborado por la Sutel sobre la concesión para el uso y explotación de espectro radioeléctrico 5G, ayudará a promover un mercado de las telecomunicaciones más competitivo y proveedor de mayores beneficios para los consumidores.
Alejandro Batalla Bonilla y Andrés Fernández Arauz son presidente y economista, respectivamente, del Consejo para la Promoción de la Competitividad.