Históricamente, en las relaciones sentimentales y sexuales, se ha estilado que el sexo masculino sea el que procura el cortejo para conquistar el amor y la atracción física del género femenino.
En efecto, dicha premisa , por más ultramachista que parezca, responde a un patrón socialmente aceptado en la mayoría de las latitudes: el hombre enamora a la mujer y, una vez logrado su propósito, procura disfrutar de todas aquellas hermosas experiencias que ello conlleva, con la finalidad de conformar una familia.
El coqueteo, coloquialmente conocido como el arte de encantar al sexo opuesto, no es algo digno de reproche, en el tanto y cuanto las condiciones subjetivas y de entorno sean propicias para ello. Me explico: no hay nada de malo en que dos personas se procuren atraer. Es consustancial al ser humano tratar de entrelazar vínculos afectivos y físicos con el sexo opuesto. Podríamos decir que es la máxima en la procreación del ser humano.
Sin embargo, no se puede negar que, conforme avanzan los años, estamos presentes ante fenómenos sociales que han importado un cambio de la conceptualización de los valores morales de los seres humanos.
¿Acoso? En el caso que nos ocupa, para nadie es un secreto que muchas mujeres ahora son más decididas a encontrar y conquistar a su “media naranja” sin necesidad de esperar que el otro dé el primer paso. Una de las causas (muy válida, por cierto) podría ser la política que pregona la equidad de género donde, entre otras visiones, ha impulsado que la mujer pase de un papel pasivo a uno activo, en todas las esferas de su vida personal.
Así, ya no es mal visto ver a una mujer que insista en adularle a un hombre sus rasgos físicos, forma de vestir, la fragancia que usa y hasta la forma en que piensa. Eso es parte del cortejo, la cortesía, que, precisamente, antes estaba mayormente en cabeza del género masculino.
Y es que todas aquellas personas que estamos sujetos a un horario laboral, encontramos en nuestro lugar de trabajo un segundo hogar, donde inevitablemente tenemos que compartir con compañeros y compañeras de trabajo, en ocasiones, más tiempo que el experimentado con nuestras propias familias.
Bajo dicha reseña, ha sido público y notorio el incremento de denuncias por acoso sexual en el ámbito laboral, principalmente, planteadas por mujeres en contra de sus compañeros de trabajo, muchos de ellos jefes.
Las causas, aunque variopintas, redundan en un mismo punto de inicio: el acosador se vale de una posición laboral interna, de poder, para presionar a su víctima (física y psicológicamente) para obtener una ventaja, o favor, preferiblemente de índole sexual.
Cabe preguntarse si, en el grueso de los casos, conviene encasillar a la mujer como víctima del acoso. No siempre las condiciones que generan el acto acosador su fundamentan en una acción injustificada del agente sino que, en ocasiones, suele suceder que responde a una sólida relación de confianza, muy íntima, precedida por actitudes provocadoras por parte de la víctima.
Responsabilidad. Siempre he considerado que no es ningún delito, por parte de cualquier mujer, el sentirse atractiva y hasta sexy. Es parte de la proyección de una imagen a la que no solo el género femenino tiene derecho, sino también el masculino.
Lo que sucede es que en el ámbito laboral hay que guardar cierto decoro y respeto por la empresa o institución en la que se trabaja, lo que exige que nuestra forma de expresarnos a través de la vestimenta esté a la altura de la ocasión.
No puede aceptarse, por más que se quiera justificar, que en un ambiente laboral hombres y mujeres vistamos como si fuéramos para una fiesta, un baile o un bar.
El trabajo exige una presentación adecuada para las labores por las cuales estamos contratados, lo que importa que los escotes, las minifaldas, prendas con transparencias (en el caso de las mujeres) y los zapatos deportivos, camisetas ajustadas o camisas llamativas, cabellos largos y descuidados y aretes (en el caso de los hombres) estén vedados para el cumplimiento de la jornada laboral.
Entonces, si una mujer o un hombre desean transmitir su atractivo utilizando prendas llamativas, es muy probable que esa imagen proyectada sea recibida y canalizada en la psiquis del sexo opuesto como un llamado al acercamiento, al coqueteo y al descubrir qué hay más allá de esa apariencia.
Y peor aún cuando, aparejada a dicha circunstancia, se está presente ante una mujer o un hombre que propician o participan de comentarios personales de contenido sexual, pues el mensaje a través de esa imagen provocativa, proyectada, se refuerza con el poder de la palabra.
Desbalance en la ley. No obstante, sí he de ser categórico, en la mayoría de ocasiones somos los hombres quienes cometemos la imprudencia de equivocar el camino para abordar y atraer a las mujeres. Muchas veces, sin la mínima señal lanzada al viento, burlamos la línea del respeto, hacemos comentarios y miradas insinuantes, a las mujeres, sobre su belleza y atributos físicos.
Esos deslices, para colmo de males, los terminamos de perpetrar con ofrecimientos, poco oportunos, a salir a “tomarnos algo” sin valorar el grado de confianza existente y sin tomar en cuenta si la mujer lo puede tomar como lo sería (una simple invitación) o como una disfrazada proposición para algo más.
Lamentablemente, la Ley del Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia parte de una premisa preocupante. La víctima comúnmente será la mujer y el acosador el hombre. El legislador quiso insertar tal sentimiento en el espíritu de dicho cuerpo legal, sin detenerse a meditar sobre aquellos casos donde han mediado provocaciones por parte de la víctima para que sirva de antesala para el acoso.
Esa esencia se ha visto traducida en que los distintos operadores jurídicos no se detengan a ponderar la causa y efecto del fenómeno, sino solo el efecto (acoso sexual) dejando en un desbalance total la relación subjetiva frente a una inevitable sanción por el presunto acoso.
Recordemos que las relaciones sentimentales y sexuales son una cosa de dos personas, no sólo de una. De esa forma, ante el fenómeno del acoso sexual, de previo merece realizarse un profundo análisis sobre las circunstancias que sirvieron de preliminar para la denuncia, es decir, si se está presente ante una relación de confianza entre dos personas que, por motivos de diferencias de criterio, generó una propuesta que pudiese ser catalogada como de acoso sexual.
Por supuesto, reitero, es muy común que muchas denuncias por el tema que nos ocupa tengan como génesis la acción despiadada e intolerable de una persona en contra de su víctima, pero que habrá casos donde la presunta persona acosadora, más bien, fue acosada, los habrá, máxime en tiempos donde los valores del ser humano se están transformando en forma vertiginosa y no hemos tenido la sapiencia de dosificarlos a las circunstancias sociales.
Con todo, este espinoso tema da para la polémica, máxime en una sociedad donde impera una doble moral y donde la victimización se ha tornado en la palabra clave, sin mirar un equilibrio de género adecuado, en las relaciones sentimentales actuales.