Política

20 diputados denuncian a Rodrigo Chaves por instigación pública y alteración del orden constitucional

Congresistas presentan denuncia formal ante la Fiscalía General

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Gabinete del gobierno de Rodrigo Chaves, en conferencia de prensa sobre la detención de Marte Esquivel. Foto: Casa Presidencial
El mandatario Rodrigo Chaves atacó a la Fiscalía después de la detención de Marta Esquivel, efectuada en el marco del Caso Barrenador. Foto: Casa Presidencial

Un grupo de 20 diputados denunció este miércoles al presidente de la República, Rodrigo Chaves, por los presuntos delitos de instigación pública y propaganda contra el orden constitucional, así como dificultar la acción de la autoridad y faltar el respeto a la autoridad. El documento enviado al fiscal general, Carlo Díaz, está firmado por legisladores de los partidos Liberación Nacional (PLN), Unidad Social Cristiana (PUSC), Frente Amplio (FA) y Liberal Progresista (PLP), además de dos independientes.

La denuncia enumera artículos de la Constitución Política y del Código Penal que, en criterio de los congresistas, el mandatario habría violentado durante la conferencia en que atacó las acciones del Ministerio Público en el marco de la investigación del Caso Barrenador, en el cual se indaga un presunto sobreprecio de ¢12.400 millones en la adjudicación contratos de operación de Ebáis de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Los diputados presumen que Rodrigo Chaves incurrió en el delito de instigación pública descrito en el artículo 280 del Código Penal, el cual se comete cuando una persona instigue a otro a cometer un delito determinando que afecte la tranquilidad pública, sin que sea necesario que el hecho se produzca.

Además, señalaron numeral 303, de propaganda contra el orden constitucional, que ocurre cuando una persona hace propaganda para sustituir, por medios inconstitucionales, los organismos creados por la Constitución o para derogar los principios fundamentales que ella consagra.

La denuncia también supone violaciones a los artículos 311, 312 y 396.

El 311 describe el delito de intimidación o fuerza contra un funcionario público para imponerle la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones.

En tanto, el 312 es el de resistencia a la autoridad, cuando se emplea intimidación contra un funcionario público para impedir u obstaculizar la ejecución de un acto propio del legítimo ejercicio de sus funciones.

Por su parte, el 396 se refiere a quienes dificultan la acción de la autoridad o falten el respeto a la autoridad.

“En la conferencia de prensa realizada el día 25 de setiembre de 2024, el señor presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, en compañía de sus ministros y legisladores de su fracción (...), expresó una serie de afirmaciones que, además de violentar la independencia de poderes, garantizada en nuestra Constitución Política, procuró interferir en las actuaciones de la Fiscalía General, de la Policía Judicial y de órdenes de un juez de la República. En suma, podrían irrespetar, bajo conocimiento, el régimen jurídico, constitucional y ordinario de la nación”, denunciaron los legisladores.

La denuncia promovida por Francisco Nicolás, del PLN, asegura que Chaves realizó declaraciones contrarias al juramento constitucional que juró respetar, porque pudieron ser dirigidas para desestabilizar el orden público y el régimen constitucional.

Entre las declaraciones de Chaves que cuestionan los diputados están:

-”Censuro la forma en que actuó la Fiscalía”.

-“La Fiscalía abusó de su poder y del músculo que tiene, para amedrentar e intimidar al gobierno de la República”.

-“Doña Marta (Esquivel, presidenta de la CCSS) está en una audiencia judicial, con un juez penal, un hombre joven, eso no es pecado... don Paúl Fuentes Sing, que va a tener que dictar las medidas cautelares... y tener que fallar sobre lo que pide la Fiscalía, donde no hay pruebas absolutas de ningún delito. La Fiscalía sabe, incluyendo a Carlo Díaz, que cometió un grave error..., para ser generoso con ellos...”

-Refiriéndose al fiscal general: “Qué cobarde montarla en una perrera y mandarla a San José”.

-“No me queda la menor duda que lo que hizo la Fiscalía fue montar un show... un uso desproporcionado de violencia que hizo gala el Ministerio Público”

-“La Fiscalía usó una detención mediática.”

-“Desde el punto de vista de este plan de las acciones de la Fiscalía, había que usar la fuerza del escándalo para atacarla a ella y al gobierno y posiblemente amedrentar y asustar, intimidar a todos los funcionarios públicos”.

-“Una pregunta retórica, ¿será que la justicia está politizada?”

-“Esto es un capricho torpe de la Fiscalía y de quienes manejan al fiscal dentro del Ministerio Público.”

-“La fundamentación de que hubo un delito es verdaderamente absurda.”

-“En otros casos, no ha actuado como Fiscalía y esto involucra al Poder Judicial..., como en el caso de Aldesa.”

La denuncia también establece que se habría violentado, por ejemplo, el artículo 9 del Reglamento de la Ley Anticorrupción, donde se detalla el deber de denunciar de los funcionarios públicos cuando tengan conocimiento de actos presuntamente corruptos en la función pública.

20 diputados piden a fiscal investigar a Rodrigo Chaves por instigación pública
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20 diputados piden a fiscal investigar a Rodrigo Chaves por instigación pública

En cuanto a la Constitución Política, los diputados indicaron el numeral 9, donde se establece la división entre los poderes de la República, y el 149, que detalla que el presidente de la República y los ministros de gobierno incurren en responsabilidades en las siguientes circunstancias:

-Cuando comprometan en cualquier forma la libertad, independencia política o la integridad territorial de la República.

-Cuando impidan o estorben las funciones propias de la Asamblea Legislativa, o coarten su libertad e independencia.

-Cuando se nieguen a publicar o ejecutar las leyes y demás actos legislativos.

-Cuando impidan o estorben las funciones propias del Poder Judicial, o coarten a los tribunales la libertad con que deben juzgar las causas sometidas a su decisión, o cuando obstaculicen en alguna forma las funciones que corresponden a los organismos electorales o a las municipalidades.

-En todos los demás casos en que por acción u omisión viole el Poder Ejecutivo alguna ley expresa.

Aarón Sequeira

Aarón Sequeira

Periodista encargado de la cobertura legislativa en la sección de Política. Bachiller en Filología Clásica de la Universidad de Costa Rica.

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