
Un informe emitido por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), tras una investigación de tres años, concluyó que la campaña electoral del presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, se benefició mediante dos estructuras paralelas que operaron al margen de la ley, sin control partidario ni reportes públicos de los donantes.
El documento, en posesión de La Nación, señaló a Chaves Robles; al vicepresidente, Stephan Brunner Neibig; y el canciller, Arnoldo André Tinoco, como posibles responsables de cuatro delitos electorales.
Estas son seis claves para comprender los señalamientos del TSE.
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1. ¿Qué es un estructura paralela?
Las estructuras paralelas son mecanismos de gestión o recaudación de fondos que no están previamente autorizadas por el comité ejecutivo superior de cada partido político.
En otras palabras, constituyen una forma de evadir el control de fondos dentro del partido y también los reportes que recibe el Tribunal Supremo de Elecciones, la institución que organiza, dirige y fiscaliza los comicios.
El Código Electoral, la ley que regula todos los procesos de carácter electoral que se desarrollan en Costa Rica, establece que cada precandidatura debidamente inscrita debe nombrar a una persona encargada de las finanzas ante la tesorería del partido.
Las contribuciones, donaciones o cualquier otro tipo de aporte para las precandidaturas deben hacerse a la cuenta única del partido, y es el tesorero quien se encarga de fiscalizar que el procedimiento se cumpla.
2. ¿Dónde consta la prohibición de las estructuras paralelas?
La prohibición de las estructuras paralelas consta en el Código Electoral. Dicha ley contempla que ninguna persona no autorizada por la tesorería del partido puede realizar actividades de recaudación de fondos.
Asimismo, todos los gastos electorales deben ser tramitados mediante las cuentas partidarias y, además, la norma electoral prohíbe las donaciones de sociedades anónimas a las campañas.
3. ¿Cuáles son las dos estructuras que financiaron el partido de Chaves?
Según el informe emitido por el Tribunal Supremo de Elecciones, dos estructuras paralelas financiaron la campaña del presidente Rodrigo Chaves, tal como lo publicó La Nación en marzo del 2022.
1- Fideicomiso Costa Rica Próspera. Esta es la primera estructura paralela señalada por el TSE y habría movilizado ¢112 millones para gastos político-electorales.
Entre julio y octubre del 2021, este fideicomiso, administrado por la sociedad ATA Trust Company S. A., pagó gastos de la campaña de Chaves como la casa de campaña, publicidad, planilla, servicios profesionales, coordinadores territoriales, alquiler de vehículos, viáticos y mobiliario de oficina.
El entonces tesorero del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), Stephan Brunner, por medio de un audio enviado al actual jerarca Rodrigo Chaves, reconoció que tenía pleno conocimiento de que la campaña se había beneficiado de un fideicomiso en el que personas jurídicas “metieron plata” y que, por tanto, había dinero y activos “contaminados”.
2- Cuentas bancarias de Sofía Agüero Salazar. Esta es la segunda estructura identificada por el órgano electoral. Habría movilizado ¢136 millones.
El TSE describió esta estructura como “un modelo opaco, clandestino y oscuro, del que nunca se informó al órgano electoral para el respectivo ejercicio de fiscalización y revelación oportuna ante el electorado”.
De acuerdo con el Tribunal, Agüero coordinó la agenda de Chaves durante parte del 2021. Ella es hija del diputado Waldo Agüero Sanabria, del PPSD.
Con los recursos recibidos, Sofía Agüero canceló facturas por concepto de pauta electoral en Facebook, pauta televisiva en Canal 7, vallas y adquisición de signos externos.
4. Consecuencias legales
5. Donantes y penas a las que se enfrentan
A estas personas se les vincula con una posible violación al artículo 274, inciso e, por haber donado al fideicomiso (primera estructura). Esta violación es penada hasta con cuatro años de prisión.
El TSE también señala a estos diputados:
- Luz Mary Alpízar (presidenta del PPSD). Habría incurrido en una falta al Código Electoral, en el artículo 275, inciso b, que castiga con penas de dos a seis años de cárcel.
- Waldo Agüero (diputado). Se le atribuyó una posible violación al artículo 275, inciso b, que es castigado con hasta seis años de cárcel, en la medida en que hubiese conocido de antemano la existencia del dinero que pasó por las cuentas de su hija para su campaña.
6. Estas personas habrían manejado las estructuras paralelas
Primera. En el caso de la estructura paralela que funcionó con el fideicomiso, se cuestiona al banquero Jack Loeb en su calidad de constituyente del fideicomiso —junto con Rodrigo Chaves—, así como de Alonso Vargas, quien fue director de operaciones del fideicomiso, y Andrés Vásquez, en su condición de representante legal de ATA Trust.
Segunda. A Sofía Agüero se le vincula con una recaudación ilegal de fondos, sin el aval del tesorero de la agrupación, delito que es penado con hasta cuatro años de cárcel. Mientras tanto, a Jack Loeb también se le achaca hacer dado donaciones a esa estructura paralela, hecho que también es sancionado con hasta cuatro años de prisión.