El ministro Nogui Acosta minimizó el criterio emitido por la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda, que advierte sobre la ilegalidad de utilizar recursos públicos para comprar al Instituto Nacional de Seguros (INS) una póliza destinada a proteger el patrimonio del presidente Rodrigo Chaves y su gabinete ante demandas por omisiones o actuaciones negligentes.
“No es un criterio único, hay otros criterios”, manifestó Acosta este miércoles ante una consulta de La Nación con respecto al criterio jurídico. Al mismo tiempo, justificó la decisión de consultar a la Procuraduría General de la República (PGR) sobre la legalidad de adquirir un seguro del INS para proteger a los 65 jerarcas de la actual administración.
“Nos parece que lo correcto es lo que acabamos de hacer, que es preguntarle a la Procuraduría. Cuando esta resuelva sobre este tema vamos a tener claridad y vamos a actuar en consecuencia”, aseveró.
Los abogados de Hacienda concluyeron que no existe ninguna norma en el ordenamiento jurídico nacional que permita este tipo de contratación con recursos del presupuesto nacional. Señalaron que si el Estado considera suscribir una póliza para proteger los intereses particulares de los integrantes del gabinete, es necesario contar con una autorización legal previa.
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Por otra parte, Acosta evitó precisar si el Poder Ejecutivo presentará un proyecto o si apoyará una propuesta que ya fue dictaminada afirmativamente por la Comisión de Gobierno y Administración, para que las instituciones puedan comprar pólizas que cubran la eventual defensa legal de sus funcionarios.
Originalmente, el expediente presentado por cinco legisladores del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) pretendía autorizar a la Administración para que recurriera a los abogados institucionales, o bien a contrataciones externas, para “habilitar en la vía penal la defensa legal de las personas funcionarias que sean denunciadas por actos realizados en el ejercicio de su cargo”.
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No obstante, el texto se modificó a instancias de la actual ministra de la Presidencia y Planificación, Laura Fernández, para que las instituciones puedan asumir, de sus propios presupuestos, los gastos de defensa legal del funcionariado público.
Acosta gestionó la contratación de una póliza de ¢248.391.706 con el INS que librará de eventuales responsabilidades civiles al mandatario, vicepresidentes, ministros y viceministros, en caso de que enfrenten litigios, sanciones por actuaciones contrarias a la ley, omisiones o negligencia en su quehacer como funcionarios públicos.
Con esta protección, los jerarcas podrán cubrir los pagos por indemnizaciones, enjuiciamientos, multas, sanciones civiles, costas legales, fianzas y hasta los gastos para proteger su reputación y costear asesorías de relaciones públicas. Además, cubre las sanciones impuestas por violaciones ambientales y los costos relacionados con procesos de extradición.
Acosta insiste en que sí hay sustento legal
El ministro alegó que no consultaron a la Dirección Jurídica de Hacienda antes de iniciar la contratación de la póliza del gabinete porque consideraban que el criterio que tenían era claro. “Hay una disposición legal que establece la autorización para que el Estado contrate los recursos que requiera”, aseveró.
Así se manifestó en referencia a la respuesta que la PGR dio el 5 de febrero a una consulta general realizada por la entonces ministra de la Presidencia, Natalia Díaz, sobre si la contratación de seguros es una “competencia discrecional” de la Administración Pública.
Lo anterior, porque el numeral 7 de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros reconoce al Estado la posibilidad de contratar “todos los seguros necesarios para la satisfacción de sus necesidades”.
Al respecto, la procuradora Sandra Sánchez Hernández aclaró en la nota PGR-C-014-2024, que “el legislador reservó al Estado la competencia para determinar cuáles son sus necesidades, las cuales derivan de las atribuciones asignadas por el ordenamiento jurídico y las actividades que debe desarrollar para el ejercicio efectivo de las mismas”.
No obstante, la Dirección Jurídica de Hacienda determinó que las actuaciones discrecionales garantizadas en el artículo 7 de la ley de Seguros, no pueden diferir del interés público ni del principio de legalidad. Este último es el que limita a los funcionarios públicos a realizar solo aquellos actos que les son definidos y autorizados por ley.
Añade que, según la Ley General de la Administración Pública, “la potestad de discrecionalidad surge cuando el mismo ordenamiento jurídico dispone de varias opciones lícitas, encomendando a la Administración la elección de una de estas, encontrándose dentro de tal facultad, el respeto a los límites aplicables, a saber, por ejemplo: las reglas de la sana crítica, la lógica, la técnica y el principio de la interdicción de la arbitrariedad”.
El criterio jurídico fue elaborado a solicitud de Acosta y acompaña la consulta que Hacienda hizo a la PGR sobre la viabilidad legal de contratar con el INS una póliza de responsabilidad civil.
El oficio MH-DJ-OF-1433-2024 cuenta con la firma de María Teresa Poveda Donato, directora jurídica de ese ministerio. También suscriben la abogada Marianela Navarro Valverde, Wendy Pérez Cubero y Jusethe Murillo Madriz, ambas coordinadoras de área.
Acosta anunció, el pasado 28 de octubre, que frenaría la contratación con el INS mediante el Sistema Integrado de Compras Públicas (Sicop) mientras obtiene el criterio de la Procuraduría.
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