Política

Asamblea aprueba proyecto para perseguir capitales del crimen organizado

Luego de subsanar vicio detectado por la Sala Constitucional, diputados aprobaron nuevamente la iniciativa, en primer debate

Plenario de la Asamblea Legislativa traslado de especialistas
Entre recesos e intentos de frenar el proyecto, avanzó la iniciativa legal para perseguir capitales del crimen organizado. (Aarón Sequeira/Aarón Sequeira)

Los diputados aprobaron este lunes, en primer debate, el proyecto de ley que permite a las autoridades judiciales secuestrar capitales sin origen lícito aparente, luego de que se eliminó el artículo donde la Sala Constitucional había encontrado un vicio.

Se trata del expediente 22.834, Ley para el secuestro de capitales sin origen lícito aparente, que permitirá al Ministerio Público solicitar el congelamiento de los capitales sospechosos de haberse generado a partir de actividades ilícitas.

El primer debate recibió una ajustada votación de 25 legisladores a favor y 18 en contra.

La iniciativa avanzó pese a un último intento de parte de cuatro fracciones, que intentaron frenarla y enviarla a una comisión dictaminadora, para que se emita un nuevo informe. Esa pretensión fue rechazada, con solo 16 votos a favor, y 24 en contra.

Esas bancadas fueron los oficialistas de Progreso Social Democrático (PPSD), Unidad Social Cristiana (PUSC), Nueva República (PNR) y Liberal Progresista (PLP).

El objetivo del proyecto es fortalecer la Jurisdicción Contencioso Administrativa, con el fin de permitir el congelamiento o secuestro de bienes o cuentas bancarias que carezcan de origen lícito aparente. Solo la Fiscalía podría solicitar a un juez el congelamiento mediante una medida cautelar anticipada.

La medida de congelamiento tiene el objetivo de asegurar, secuestrar, conservar o verificar bienes y productos financieros de interés para investigaciones judiciales, siempre que se considere podrían ser distraídos u ocultados de las autoridades judiciales.

Después de la aprobación de la medida de congelamiento, correrá un plazo de tres días para efectuar una audiencia que permitirá al juez determinar, con base en las pruebas, si mantiene, modifica o revoca la medida cautelar. Adicionalmente, se obliga al Ministerio Público a presentar la denuncia respectiva en el plazo de un mes calendario.

Noticia en desarrollo

Aarón Sequeira

Aarón Sequeira

Periodista encargado de la cobertura legislativa en la sección de Política. Bachiller en Filología Clásica de la Universidad de Costa Rica.

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