
Los diputados quedaron a un paso de retirar a decenas de jerarcas el beneficio de uso discrecional de vehículos después de aprobar, en primer debate, un proyecto de reforma al artículo 238 de la Ley de Tránsito, el cual dispone actualmente la asignación de estos automotores.
Para la aprobación, solo queda pendiente el segundo debate en la Comisión Plena II, integrada por 19 diputados, y la eventual firma del presidente de la República.
El proyecto fue propuesto en el 2018 por la exdiputada liberacionista Franggie Nicolás, no obstante, fue impulsado en este cuatrienio por el diputado de Liberación Nacional, Francisco Nicolás.
Los pasarían a régimen semidiscrecional
Según el texto, el propósito de la reforma es “disminuir sensiblemente la cantidad de vehículos de uso discrecional”, pues cada uno de estos automotores son utilizados con libertad en cuanto a consumo de combustible, horario de operación y recorrido. Además, es usual que cuenten con un chofer que devenga un salario que podría implicar el pago de jornadas extraordinarias.
Según el texto aprobado en forma preliminar, el beneficio vehicular de los siguientes funcionarios pasaría de discrecional a semidiscrecional:
- Vicepresidentes de la República
- Ministros de Gobierno
- El contralor general de la República
- El procurador general de la República
- El fiscal general de la República
- Demás magistrados de la Corte Suprema de Justicia
- Demás magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones
- Presidentes ejecutivos de instituciones autónomas
- Los vehículos semidiscrecionales cuentan con limitaciones de horario, uso de combustible y recorrido.
“Con esta modificación a la ley, se pretende reducir de manera considerable los costos que le generan a los distintos Poderes y entidades públicas el uso de los vehículos discrecionales, restringiendo la cantidad de vehículos utilizados con tal fin y adicionando elementos que permitirían un uso más racional de los recursos”, dice el texto de la propuesta.
Actualmente, de acuerdo con lo estipulado en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, los vehículos de uso semidiscrecional están destinados para viceministros, el subcontralor general de la República, el procurador general adjunto de la República, el defensor adjunto de los habitantes, y el fiscal general adjunto de la República.
Estos funcionarios mantendrían el beneficio
En caso de que la reforma de ley se apruebe, los vehículos discrecionales serían solamente para los siguientes jerarcas:
- El presidente de la República.
- El presidente de la Asamblea Legislativa.
- El presidente de la Corte Suprema de Justicia.
- El presidente del Tribunal Supremo de Elecciones.
Dicha moción también agrega que el uso del vehículo debe ser para uso de funciones propias del cargo.
El artículo 238, de la Ley de Tránsito 9078, vigente desde el 2012, establece que los vehículos de uso discrecional son los asignados a los siguientes funcionarios: el presidente de la República, el presidente de la Asamblea Legislativa, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), los vicepresidentes de la República, los ministros de Gobierno y los presidentes ejecutivos de las instituciones autónomas.
Asimismo, hoy cuentan con el beneficio el contralor general de la República, el procurador general de la República, el fiscal general de la República y el defensor de los habitantes. Se trata de unas 122 personas en total.
Todos estos carros pueden portar placas particulares y no tienen marcas visibles que los distingan como vehículos oficiales.
Inicialmente, el texto planteaba pasar de 122 vehículos de uso discrecional a 31; sin embargo, tras una moción presentada por el diputado independiente, Leslye Bojorges, los funcionarios que tendrían vehículo discrecional serían solamente cuatro.
