A menos de tres meses de haber endurecido la pena por agresión con cualquier arma u objeto contundente, aunque no se causen heridas, la Asamblea Legislativa dio marcha atrás y aprobó una reducción del castigo. Un proyecto de ley avalado el jueves disminuirá hasta en un año la pena de prisión para quienes cometan este delito.
El cambio fue apoyado unánimemente por los 39 diputados presentes al momento de la votación. La decisión contrasta con otra reforma que entró en vigencia en noviembre pasado, cuando los propios diputados acordaron aumentar la condena por este mismo delito.
El expediente 24104 fue presentado por la diputada María Marta Carballo, jefa de fracción del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), con el fin de aumentar las penas de prisión por amenazas y agresiones con armas de fuego contra funcionarios públicos. El texto incorpora al artículo 316 del Código Penal el uso de arma de fuego como agravante en el delito de agresión contra funcionarios públicos, conducta que en adelante sería sancionada con dos a tres años de cárcel.
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No obstante, el proyecto también reforma el numeral 140, bajando la pena por agredir con cualquier arma u objeto contundente, aunque con esta acción no se causen heridas.
Hoy, la ley vigente establece un rango de seis meses a dos años de prisión. Este periodo fue definido por la actual Asamblea Legislativa, en una ley que empezó a regir el 15 de noviembre del 2024.
En cambio, la iniciativa aprobada el jueves ordena que la sanción de cárcel se fije entre los cuatro meses y el año.
A su vez, el plan de Carballo eliminó del 140 la alusión a la amenaza con arma de fuego, que también estaba castigada con seis meses a dos años de prisión. El texto se trasladó al artículo 195 para que se convierta en agravante y la respectiva sanción sea de uno a tres años de prisión. Es decir, también se reduce la pena.
Priscilla Vindas, diputada del Frente Amplio (FA), explicó a La Nación que el cambio se hizo por razones de proporcionalidad, al considerar más gravoso el delito de amenazar con arma de fuego, sancionado en el 195, que el de agresión, penado en el 140.
“Perfectamente podría ser más grave amenazar, que efectivamente hacerle daño a alguien, es por eso que después de un diálogo dentro de la comisión, con asesorías y personas expertas, decidimos cambiar el rango para que sea proporcional con el resto de la legislación penal que existe en el país”, alegó.
¿Cómo se bajó la sanción?
El proyecto que presentó Carballo, el 8 de enero del 2024, no planteaba cambios al artículo 140 del Código Penal. Este se incorporó durante el trámite en la Comisión de Seguridad y Narcotráfico para tratar de armonizar la propuesta con otro expediente, el 24095, que al mismo tiempo, estaba bajo estudio del foro legislativo.
Esta última iniciativa, impulsada por la diputada independiente, Gloria Navas, y el liberacionista Gilberth Jiménez, endureció las penas de prisión para quienes utilicen armas prohibidas en el país, principalmente armas de fuego estilo fusiles de asalto con disparo en ráfaga, así como municiones y explosivos prohibidos. La norma está vigente desde el 15 de noviembre del año anterior.
En el caso del artículo 140, la ley de Navas y Jiménez hizo que se pasara de una pena de prisión de dos a seis meses, a entre cuatro meses y dos años.
No obstante, cuando llegó el momento de que los diputados presentaran mociones de fondo para modificar el proyecto de Carballo, vía artículo 137, tanto Navas como la diputada Priscilla Vindas, promovieron bajar la penalización.
En la sesión del pasado 16 de enero, la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, de la que Navas y Vindas forman parte, aprobó inicialmente una moción que redujo aun más la sanción del 140, bajándola a entre cuatro y ocho meses.

De acuerdo con el acta de ese día, votaron a favor Navas, Vindas y Dinorah Barquero, del Partido Liberación Nacional (PLN). Se pronunciaron en contra el socialcristiano Horacio Alvarado y Pilar Cisneros, del oficialista Partido Progreso Social Democrático (PPSD).
Seguidamente, se puso a conocimiento la moción que introdujo el plazo de los cuatros meses y hasta un año. No obstante, la propuesta se rechazó luego de que, en dos ocasiones, la votación resultara en empate.
Una moción de revisión permitió volver a someter el asunto a una votación y, gracias a la incorporación de más legisladores a la sesión, el resultado finalmente cambió y quedó aprobada, con cuatro votos a favor y tres en contra.
Respaldaron la propuesta Horacio Alvarado; Pilar Cisneros; Gilberto Campos, del Partido Liberal Progresista (PLP), y Frabricio Alvarado, del Partido Nueva República (PNR). Estuvieron en contra Navas, Vindas y Barquero.
