Este martes fracasó el más reciente intento de frenar el proyecto de ley para perseguir los capitales del crimen organizado, según lo informó la Sala Constitucional a través de un comunicado.
Se trata de la consulta facultativa de constitucionalidad presentada la semana pasada por 21 diputados de los partidos Unidad Social Cristiana (PUSC), Liberal Progresista (PLP), los chavistas de Progreso Social Democrático (PPSD) y Nueva República (PNR).
Los magistrados encontraron que el único cambio en el proyecto de ley desde que fue consultado anteriormente a la Sala Constitucional, el año pasado, fue precisamente la eliminación del inciso a del artículo 20 ter que ese tribunal había señalado por inconstitucional.
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“Para el tribunal constitucional, la consulta es inadmisible al haberse pronunciado anteriormente sobre las medidas cautelares anticipadas y provisionales, el principio de inocencia, el derecho de defensa, el debido proceso y aspectos como el tema probatorio y la notificación en el domicilio contractual.
“Además, los diputados no justificaron la existencia de un tema novedoso en esta nueva consulta, lo que motiva su inadmisión, para no retrasar indebidamente el proceso legislativo y el ejercicio de las competencias constitucionales de la Asamblea Legislativa”, explicaron los magistrados.
En su comunicado de prensa, la Sala Constitucional enfatizó en que, para formular nuevas consultas facultativas sobre presuntos vicios de inconstitucionalidad en las iniciativas legales, específicamente de expedientes antes consultados, necesariamente tiene que contar con algún elemento nuevo que deba ser dilucidado por los magistrados.
En jurisprudencia constitucional de febrero de 2022, “la Sala explicó que, si se realiza una segunda consulta sobre un mismo proyecto de ley ya dictaminado, solo podrá pronunciarse sobre temas de discusión del todo novedosos o absolutamente nuevos incorporados a aquel”.
Secuestro de capitales sin origen lícito
La iniciativa que pretendían frenar los 21 diputados tiene el objetivo de permitir a las autoridades judiciales secuestrar bienes o cuentas bancarias capitales sin origen lícito aparente, por sospecha de que pertenezcan a organizaciones criminales.
Solo la Fiscalía podría solicitar a un juez el congelamiento mediante una medida cautelar anticipada.
La medida de congelamiento tiene el objetivo de asegurar, secuestrar, conservar o verificar bienes y productos financieros de interés para investigaciones judiciales, siempre que se considere podrían ser distraídos u ocultados de las autoridades judiciales.
La propuesta estaba lista para recibir el segundo debate en el plenario legislativo, pero fue frenada por los legisladores de las cuatro fracciones, pese a que ya se había enmendado el vicio de inconstitucionalidad que habían detectado los magistrados de la Sala IV, en noviembre pasado.
El problema es que existía una norma que permitía la notificación del traslado de una denuncia a cualquier medio que el afectado hubiera establecido antes, ante cualquier autoridad judicial, por lo que los magistrados consideraron que ese grado de amplitud, ambigüedad e imprecisión no garantizaba una comunicación efectiva, válida, segura y confiable, porque atentaría contra el derecho a la defensa y el debido proceso.
¿Qué pretendían consultar los 21 diputados?
Los diputados del PLP, PUSC, chavistas y fabricistas alegaron que, durante la tramitación del proyecto, se violó el principio democrático, porque supuestamente “nunca fue sometido a votación por el fondo” en esa comisión, lo que señalan como un vicio de procedimiento esencial.
Según la gestión de los 21 legisladores, esa supuesta violación del Reglamento legislativo no les dio la posibilidad a los diputados de esgrimir sus argumentos por el fondo sobre cómo había quedado el texto que se propuso al plenario y argumentan que también se les coartó la posibilidad de revisar el acto.
Adicionalmente, argumentaron que se incluyó en la agenda parlamentaria el expediente de forma indebida, porque no se conoció una moción de revisión sobre la aprobación del informe de enmienda del proyecto antes de que se conociera en el plenario, el 11 de marzo.
