El ministro de Hacienda, Nogui Acosta, anunció que frenará la contratación de una póliza que libraría al presidente de la República y su gabinete de eventuales responsabilidades civiles generadas por sus actuaciones, con la intención de enviar una consulta a la Procuraduría General de la República (PGR) para determinar la legalidad de utilizar fondos públicos para adquirir el citado seguro.
Acosta defendió, este lunes, la contratación y aseguró que la misma es legal, pero afirmó que solicitará el criterio del abogado del Estado debido a los señalamientos que hizo la Contraloría General de la República (CGR) a distintos medios de comunicación, entre ellos CRHoy.com, en el sentido de que este tipo de protección debe ser pagada por el funcionario y no con recursos del erario público.
Sostuvo que ya existen casos de funcionarios que tienen pólizas que corren por cuenta del Estado y alegó que contar con este tipo de cobertura es necesario para que los jerarcas puedan tomar decisiones con tranquilidad. El ministro se refirió a este tema durante una rueda de prensa brindada junto con el primer vicepresidente de la República, Stephan Brunner; y la presidenta ejecutiva del Instituto Nacional de Seguros (INS), Gabriela Chacón.
Acosta gestionó la contratación de una póliza de ¢248.391.706 con el INS que librará de eventuales responsabilidades civiles al mandatario, vicepresidentes, ministros y viceministros, en caso de que enfrenten litigios, sanciones por actuaciones contrarias a la ley, omisiones o negligencia en su quehacer como funcionarios públicos.
Con esta protección, financiada con fondos públicos, los jerarcas podrán cubrir los pagos por indemnizaciones, enjuiciamientos, multas, sanciones civiles, costas legales, fianzas y hasta los gastos para proteger su reputación y costear asesorías de relaciones públicas. Además, cubre las sanciones impuestas por violaciones ambientales y los costos relacionados con procesos de extradición.
Gobierno: ¿Quién va a defender a los ministros?
El jerarca de Hacienda insistió en que la contratación del seguro “es una disposición del gobierno para proteger a los funcionarios” y precisó que se tomó la decisión, tras una consulta a la Procuraduría, enviada por la entonces ministra de la Presidencia, Natalia Díaz, el 12 de enero del 2024.
Mediante el oficio N.° MP-DMP-OF-2024-0026, la ahora exjerarca, preguntó si la contratación de seguros es una “competencia discrecional” de la Administración Pública. Esto, porque el numeral 7 de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros reconoce al Estado la posibilidad de contratar “todos los seguros necesarios para la satisfacción de sus necesidades”.
En una respuesta enviada el 5 de febrero, en la nota N.° PGR-C-014-2024, procuradora Sandra Sánchez Hernández aclaró que “el legislador reservó al Estado la competencia para determinar cuáles son sus necesidades, las cuales derivan de las atribuciones asignadas por el ordenamiento jurídico y las actividades que debe desarrollar para el ejercicio efectivo de las mismas”.
Añadió que esta discrecionalidad debe ser acorde con los numerales 15, 16 y 160 de la Ley General de Administración Pública.
El apartado 15 establece que la discrecionalidad puede darse incluso por ausencia de ley en el caso concreto, “pero estará sometida en todo caso a los límites que le impone el ordenamiento expresa o implícitamente, para lograr que su ejercicio sea eficiente y razonable”.
En el numeral 16 se prohíbe dictar actos contrarios a reglas unívocas de la ciencia o de la técnica, o a principios elementales de justicia, lógica o conveniencia.
Mientras, el 160 aclara que el acto discrecional será inválido, además, cuando viole reglas elementales de lógica, de justicia o de conveniencia, según lo indiquen las circunstancias de cada caso.
No obstante, la Contraloría señaló a CRHoy.com que el artículo 13 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, ordena que “todo encargado de recaudar, custodiar o administrar fondos y valores públicos deberá rendir garantía con cargo a su propio peculio”.
El ente fiscalizador citó criterios anteriores en los que ha reiterado esta línea legal, en el sentido de que la rendición de garantías o cauciones corresponde a una obligación pecuniaria, o sea, que el patrimonio personal del funcionario es el que debe responder.
“Para zanjar cualquier duda, vamos a volverle a preguntar a la Procuraduría General de la República cómo deberíamos aplicar la norma”, declaró el ministro de Hacienda.
Los representantes del gobierno citaron otros casos de funcionarios cuya defensa está cubierta por el Estado, como los superintendentes, los auditores y oficiales de Fuerza Pública. Ante lo cual, Acosta cuestionó: “¿quién va a defender a los ministros?”
Jerarcas justifican póliza a partir de experiencias personales
El vicepresidente Brunner usó su propio caso personal para justificar la necesidad de la póliza. Relató que como miembro de la Comisión para Promover la Competencia, tuvo que enfrentar la demanda de un banco, que le costó $18.000 en el pago de la defensa.
“Eso a uno le duele porque uno toma las decisiones en función de la ley, por el Estado, con una dieta en aquel momento por ¢25.000 colones por sesión y luego, cuando lo demandan a uno porque no les gustó la decisión o la sanción que le impusimos, entonces uno tiene que ver como se tiene que defender como funcionario público individual y el Estado a usted ni lo vuelve a ver”, argumentó.
Igualmente, destacó que el presidente de la República, Rodrigo Chaves, acumula 50 denuncias en su contra, en dos años y medio de gestión, las cuáles debe enfrentar con sus propios recursos.
“Ustedes saben que el segundo deporte más popular en Costa Rica es poner denuncias contra funcionarios públicos, es un deporte muy popular también en la Asamblea Legislativa, a eso se dedican, entre otras cosas”, manifestó.
Por su parte, Gabriela Chacón aseveró que actualmente el INS tiene 41 pólizas activas de ese seguro, adquiridas por funcionarios públicos y privados, y que el 95% está cedida a un reasegurador, del cual no indicó el nombre. Insistió además, en que se hicieron los respectivos análisis de riesgo antes de enviar la propuesta a Hacienda.
La jerarca dijo que algunas de esas pólizas han sido contratadas por entidades públicas, pero rechazó indicar ejemplos, por tratarse de un tema privado, adujo.
Los integrantes del Poder Ejecutivo reiteraron que el funcionario estará obligado a regresar los recursos usados por el Estado para sustentar su defensa, si al finalizar un juicio se declara que hubo dolo por parte de la persona o que esta cometió un error.
Detalles de la contratación
Hacienda inició la contratación de la póliza a inicios de octubre, mediante un proceso de excepción entre entes de derecho público que le permite contratar directamente al INS, sin necesidad de realizar un concurso público para escoger entre distintos oferentes.
En el expediente de la contratación 2024PX-000002-0009100001, en el Sistema Integrado de Compras Públicas (Sicop), se detalla que la prima anual de ese seguro le costará ¢248.391.706 al Estado y que cubre la responsabilidad civil del presidente, sus vicepresidentes, ministros y viceministros hasta por $500.000.
Un total de 65 puestos del Poder Ejecutivo estarán bajo la cobertura de la póliza, con un límite por persona hasta de $500.000 al año, mientras que el agregado anual no podrá superar los $3 millones. El contrato, según se detalla en Sicop, contará con una vigencia de 12 meses, con posibilidad de prórroga por un máximo de 48 meses.
Entre los rubros cubiertos figuran: gastos y costas legales de defensa, costos para fianzas, costos para atención de crisis, gastos para proteger la reputación de los asegurados, costos por procesos de extradición, privación o confiscación de activos, costos de pre-investigación y audiencia derivada de una investigación.
Igualmente, el seguro protege a los jerarcas retirados por pensión o cambio de puesto, según se detalla en el documento titulado: “Especificaciones técnicas y condiciones generales”.
En la justificación de la contratación, Hacienda alegó que la póliza es para “proteger y defender al Estado económicamente de pérdidas por actuaciones dirigidas a satisfacer el interés público”.
Nota del editor: Este artículo fue actualizado con más información a las 7:56 p. m.