La eventual renuncia del presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, al máximo cargo del Poder Ejecutivo debe ser sometida a votación en el plenario de la Asamblea Legislativa y los diputados sí tienen la opción de rechazarla, si consideran que esta se fundamenta en vicios de consentimiento.
Así lo concluyó un informe del Departamento de Estudios, Referencias y Servicios Técnicos del Congreso, emitido a solicitud del jefe de la fracción del Partido Liberación Nacional (PLN), Óscar Izquierdo.
El vocero liberacionista solicitó aclarar el procedimiento que se debería después de que Chaves admitió que estudia la posibilidad de dimitir para postularse al cargo de diputado. Tendría que hacerlo al menos seis meses antes de las elecciones nacionales. La fecha límite para renunciar es el 31 de julio.
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En el informe que firma el director del Departamento de Servicios Técnicos, Fernando Campos Martínez, se concluye que el presidente de la República sí puede solicitar la renuncia a su puesto, aunque esa situación no se ha presentado desde que está vigente la Constitución Política de 1949.
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“El artículo 121, inciso 8, de la Constitución le otorga esa posibilidad de ser conocida por la Asamblea Legislativa”, explicó Campos en su informe.
En cuanto al procedimiento, el informe técnico planteó que, a partir de la literalidad del inciso 8 del artículo 121 y del artículo 124 de la Constitución, puede concluirse que la renuncia debe conocerse y votarse por parte de la Asamblea Legislativa en una sola sesión.
En cuanto a la posibilidad de rechazar la renuncia de un miembro de un supremo poder a su cargo, sea este presidente, vicepresidente, diputado o magistrado, el informe técnico consideró que las razones para no aceptar una renuncia “están vinculadas, necesariamente, a la existencia de vicios en el consentimiento del renunciante que comprometan su libertad decisoria”.
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Es decir, que las razones para no aceptar la renuncia de Rodrigo Chaves tendría que ser, por ejemplo, que haya presentado su dimisión en contra de su voluntad, obligado por algún tipo de presión externa.
En declaraciones a La Nación, el diputado Óscar Izquierdo dijo que necesitaban clarificar el camino, porque existen dudas sobre cuáles pueden ser las razones para que Chaves busque una diputación, en vista de que tiene denuncias y procesos judiciales en su contra. Ganar una curul le puede garantizar inmunidad contra cualquier causa.
Además, necesitaban clarificar si podía conocerse y debatirse la solicitud de renuncia, o simplemente remitirla al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Chaves alega que no lo pueden amarrar a la silla.
La posición planteada en el informe de Servicios Técnicos se basa en un caso acontecido en 1992, cuando el entonces diputado Carlos Alberto Fernández Vega, del Partido Unión Generaleña (Pugen), anunció que renunciaba debido a un pacto que había hecho con el periodista Miguel Zúñiga Díaz, conocido como Miguel Salguero.
En esa ocasión, el 22 de abril de 1992, solo 21 de los 46 legisladores presentes votaron a favor de la renuncia y, entonces, esta quedó rechazada. Salguero presentó un recurso de amparo que fue declarado con lugar, por cuanto los magistrados consideraron que el pacto no significaba que Fernández Vega estuviera siendo obligado a renunciar.
Después de que finalmente se aceptó la renuncia de Carlos Fernández Vega, en los años siguientes la Asamblea dejó de hacer una votación en los momentos en que recibía una renuncia. Así ocurrió en los casos de Rodrigo Blanco Oreamuno, en noviembre de 1992; Rolando Laclé, en febrero de 1993; Carlos Castro Arias, en abril de 1993; y de los vicepresidentes Luis Fishman, en enero del 2005; Kevin Casas, en setiembre del 2007, y Laura Chinchilla, en octubre del 2008.
El criterio de fracciones como el Frente Amplio (FA) y el Partido Liberal Progresista (PLP) es que al plenario legislativo no le corresponde aprobar ni rechazar la eventual renuncia de Chaves, sino solo conocerla y remitirla al TSE.
Dichas agrupaciones consideran que Chaves estaría huyendo de sus responsabilidades, sin haber alcanzado logros significativos en el Poder Ejecutivo, y a la vez buscando protegerse con el fuero de inmunidad parlamentario.