La Fundación Paniamor sugirió inhabilitar del cargo a personas condenadas por delitos sexuales que desempeñen profesiones o labores con acceso a posibles víctimas en escuelas, centros deportivos o de cuidado infantil.
La iniciativa surgió, la semana anterior, en la Comisión de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa, en el marco de la discusión de un proyecto que impulsa crear un registro público de personas sentenciadas por delitos sexuales, trata de personas y turismo sexual.
Para la fundación, el registro representa una herramienta clave para reducir la exposición de menores de edad a riesgos de abuso o explotación sexual. No obstante, considera que otras medidas, como la inhabilitación del cargo, también pueden ser efectivas.
“El registro no podría resolver el desafío que nos representa la protección integral de niños, niñas y adolescentes frente al abuso y explotación sexual infantil. Este debe utilizarse como una herramienta más de política pública junto con otras medidas de prevención”, indicó Óscar Valverde, director ejecutivo de Paniamor.
Valverde añadió que el registro permitirá un primer equilibrio entre la capacidad del Estado de proteger a menores y el riesgo de que los ofensores reincidan bajo el amparo del anonimato luego de completar su sentencia.
La fundación señaló que la reincidencia entre ofensores sexuales oscila entre un 10% y un 20% en un periodo de 5 a 15 años posteriores al cumplimiento de la condena, con mayor incidencia en casos de delitos contra menores y violaciones.
Solo en 2023, el servicio de información del Patronato Nacional de la Infancia (PANI) registró 3.994 informes de abuso sexual contra menores, captados a través del sistema 911, con un promedio de casi 10 denuncias diarias.
“Costa Rica requiere de esta herramienta para nivelar una desventaja estructural que favorece a los ofensores. La ausencia de un registro facilita su conducta predatoria desde el anonimato. Las cifras de víctimas son alarmantes y siguen en aumento cada año”, aseveró el director de Paniamor.
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La mayoría de reincidencias son a nivel familiar
Rosa María Jiménez, jefa de la sección especializada en Violencia de Género, Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), afirmó ante la comisión legislativa de Seguridad que los estudios indican que muchos ofensores reinciden, especialmente, en los entornos familiares.
Jiménez explicó que estas personas asumen roles de poder dentro de sus familias y continúan los abusos, incluso después de haber sido condenadas y encarceladas por estos delitos. “Hemos registrado casos de violaciones, abusos y, lamentablemente, hasta femicidios”, comentó.
Agregó que la oficina de Planes y Operaciones del OIJ dispone de un registro interno de personas condenadas por delitos sexuales, que permite dar seguimiento a sus fechas de salida de prisión. Sin embargo, este registro no puede ser publicado y carece de validez jurídica. La información suele compartirse con las delegaciones para alertar sobre posibles reincidencias, aunque su impacto en prevención es limitado.
“El registro permitiría contar con una base de datos para monitorear a quienes están por salir de prisión y sus tiempos de cumplimiento, lo cual, aunque no previene directamente, ayuda a tomar medidas en casos de riesgo, como evitar que la persona esté cerca de la víctima en el ámbito familiar”, mencionó Jiménez.
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¿Qué propone el proyecto de ley?
El proyecto impulsado por la diputada independiente Gloria Navas propone crear un registro nacional que facilite al Estado y al sector privado, en el ámbito del cuidado y tutela de menores, la identificación y localización de personas con antecedentes de delitos sexuales contra menores de edad, trata de personas y turismo sexual.
La ley se aplicaría en todo el territorio nacional y abarcaría tanto al sector público como al privado. Además, el registro podrá incluir información de bases de datos internacionales, como la de explotación sexual de la Organización Internacional de la Policía Criminal (Interpol) y otros registros de delincuentes sexuales en el extranjero.
El Poder Judicial administrará el registro, al cual tendrán acceso inmediato el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), el Sistema de Emergencias 911, las municipalidades, el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), cuerpos policiales, y entidades de educación y salud, tras solicitud al Registro Judicial.
El registro deberá contener, al menos, el número de sentencia, nombre completo de la persona sentenciada, fecha de nacimiento, sexo, altura, peso, fotografía, marcas de identificación como tatuajes o cicatrices, domicilio, nombre y dirección del lugar de trabajo, descripción de vehículo (si posee), número de teléfono, delito cometido y método de operación.
Según el expediente 23.886, al concluir su sentencia, la persona condenada deberá actualizar esta información anualmente y dentro de los 10 días naturales luego de cualquier cambio en su domicilio, número de teléfono o lugar de trabajo. El deber de declarar se extenderá por 50 años después de cumplir la sentencia.
El artículo 8 del texto impone penas de 6 meses a 2 años de prisión para ofensores sexuales que incumplan con la declaración o actualización en los plazos establecidos. También se contempla una pena de 6 meses a 1 año de prisión y resarcimiento económico para el funcionario que haga mal uso o divulgue la información del registro con fines personales.
Adicionalmente, las personas condenadas tendrán prohibido el uso de redes sociales durante su sentencia y los 15 años siguientes a su cumplimiento. Solo podrán acceder a Internet con fines laborales o educativos, bajo supervisión y previa autorización de la Dirección Nacional de Adaptación Social.