La Sala Constitucional condenó a la Policía de Tránsito por la difusión de un video del proceso de imposición de una multa a un chofer, el cual fue grabado por un oficial con su equipo de reglamento.
El conductor presentó un recurso de amparo argumentando que el clip, el cual se hizo viral en redes sociales, exhibe su rostro, nombre, licencia de conducir y placa del vehículo que conducía, sin que él lo haya autorizado y sin que conste una razón de interés público.
Sostuvo que, en consecuencia, sufrió una grave afectación a su imagen, privacidad y derechos fundamentales. En el amparo, el chofer dijo que sufrió una violación a su derecho a la privacidad, así como a su honor. Por ello, pidió la eliminación inmediata de todos los videos y publicaciones en redes sociales y otras plataformas digitales.
La Sala IV declaró el recurso parcialmente con lugar, únicamente por la difusión indebida del video grabado el pasado 6 de setiembre de 2024.
El Tribunal ordenó a Oswaldo Miranda Víquez, en su condición de director de la Policía de Tránsito, tomar medidas de inmediato para garantizar la custodia de las grabaciones que efectúen los oficiales de tránsito, a fin de impedir que sean difundidas salvo cuando existan motivos de interés público o carácter noticioso.
La Sala condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados al chofer. El amparado podrá reclamar el pago en un proceso aparte, en la sede contencioso administrativa.