La Sala Constitucional aceptó para estudio una acción de inconstitucionalidad contra la norma de la Ley de Empleo Público que previó un traslado paulatino de los antiguos funcionarios al nuevo esquema de salario global.
Se trata del transitorio XI, el cual ha provocado la renuncia de más de 100 médicos especialistas en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
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Esta norma, aprobada por el Congreso en el gobierno anterior, cubre a todo el sector público, con excepción de las empresas en competencia. El transitorio dispuso la forma en que se incorporarían al salario global los funcionarios que estaban en ejercicio antes de que la nueva ley entrara en vigor, en marzo del 2023.
Quienes devengan un salario compuesto menor al salario global de su categoría continuarán devengando su sueldo en la forma en que lo venían haciendo y podrán recibir ajustes por anualidades hasta que equiparen el monto. No obstante, ese proceso puede tardar años.
En tanto, se les congela la remuneración a quienes superen el salario global hasta que este los alcance.
Los médicos sostienen que esto ha provocado brechas salariales de hasta ¢1 millón entre nuevos y antiguos funcionarios. Muchos renuncian con la intención de ser recontratados con el nuevo sueldo, a lo que el gobierno se opone.
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El 4 de julio del 2024, la Junta Directiva dispuso que los médicos especialistas que ingresaron a la CCSS después del 10 de marzo de 2023 tendrán un salario global definitivo de ¢2.849.261 por mes.
En el 2023, el Sindicato Nacional de Médicos Especialistas (Siname) presentó una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Empleo Público y el reglamento emitido mediante el decreto 43952-PLAN, publicado en La Gaceta N° 45 del 10 de marzo de 2023.
Luego de que 19 magistrados se inhibieron de conocer el caso, finalmente el 22 de enero de este año, los magistrados propietarios resolvieron aceptar parcialmente la acción para estudio.
Quedó fuera la mayor parte de la acción (la que tenía que ver con los artículos 2, 30, 31, 32, 33, 34 y 35 de la norma legal y los numerales 2, 33, 34, 35, 36 y 37 del reglamento).
Sin embargo, el alto tribunal sí aceptó dar curso a la impugnación del transitorio XI y de los artículos relacionados con la definición de la continuidad laboral y de los servidores públicos de nuevo ingreso (incisos b y n del artículo 5 de la ley y los incisos 4 y 19 del artículo 5 del reglamento).
El Ejecutivo se ha opuesto a un traslado inmediato de todos los funcionarios antiguos al esquema de salario global. Alega que tendría un costo de ¢300.000 millones que no se podrían financiar.
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Alega disparidad salarial
Según los demandantes, el transitorio XI de la Ley Marco de Empleo Público ha generado una disparidad salarial considerable, ya que los nuevos médicos reciben un salario global superior al de los profesionales que ingresaron antes de la nueva norma, en marzo de 2023.
El sindicato de médicos argumentó que se vulneró el principio de igualdad salarial y los derechos laborales de los médicos asistentes especialistas de la CCSS.
Esta situación, según los accionantes, genera una discriminación y una ruptura de la igualdad de condiciones laborales, ya que dos trabajadores que realizan las mismas funciones reciben salarios significativamente diferentes.
Además, alegan que el congelamiento salarial impuesto a los trabajadores antiguos es desproporcionado, lo que precariza sus condiciones laborales, su estabilidad económica y bienestar.
En cuanto a la parte que no fue aceptada, la Sala consideró que el sindicato no tenía legitimación activa para impugnar la autonomía de la CCSS en nombre de sus trabajadores, ya que solo la institución como tal puede defender su autonomía frente a la Sala IV y no otros actores, como los sindicatos u organizaciones de trabajadores.
Además, la Sala señaló que el conflicto relacionado con la interpretación y prevalencia de la Ley de Incentivos a los Profesionales en Ciencias Médicas sobre la Ley de Empleo Público es una cuestión de “legalidad ordinaria”, por lo que debe ser resuelta en las instancias judiciales ordinarias y no en el ámbito constitucional.