La Sala Constitucional rechazó de plano un recurso de amparo interpuesto contra la Municipalidad de San José, en relación con la prohibición de los juegos de pólvora que generen un ruido superior a los 85 decibeles en su fuente de origen. La gestión la presentó un importador y comercializador de juegos artificiales, representante de la empresa Fuegos Artificiales Internacionales (Faisa)
Sin embargo, los magistrados declararon que este asunto escapa del ámbito de sus competencias, pues no les corresponde juzgar la decisión tomada por el Concejo Municipal y el ayuntamiento. El reclamo no se puede resolver por la vía del recurso de amparo, sino en los tribunales ordinarios.
Dagoberto Calvo, representante de Faisa, declaró que él no solicitó a la Sala dejar sin efecto el acuerdo municipal, sino “referirse al tema de igualdad o desigualdad, en el sentido de que el alcalde de San José (Diego Miranda) pretende aplicarle a los empresario pirotécnicos una regla de 85 decibeles”, pero no se aplica la misma norma a otras actividades como conciertos y festivales.
Ante la decisión de los magistrados, el representante de Faisa presentará una demanda ante el Contencioso Administrativo en contra la Municipalidad de San José y su alcalde. En esta ocasión, detalló, se solicitará de forma explícita la anulación del acuerdo y la suspensión del Festival de la Luz, entre otras actividades.
Once regidores del Concejo Municipal de San José votaron de forma unánime una moción para prohibir la pirotecnia y los juegos artificiales el pasado 29 de octubre. La iniciativa fue presentada por los ediles del Frente Amplio (FA).
La aprobación, también ordena al ayuntamiento cerciorarse de que los espectáculos públicos que requieren permiso municipal solo utilizarán luces, drones, rayos láser y otros artefactos que produzcan un ruido inferior al límite fijado.