La Unión Europea (UE) mantuvo a Costa Rica en su lista gris, de países con compromisos pendientes en materia de cooperación fiscal, debido al incumplimiento de un requisito. La UE actualizó su listado el pasado 8 de octubre.
El requisito pendiente es la implementación de un sistema de intercambio automático de información (AEOI), que obliga a las instituciones financieras a proporcionar información a la Administración Tributaria sobre sus clientes.
Dicha información es requerida para implementar instrumentos internacionales que faciliten la fiscalización tributaria.
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Costa Rica había logrado salir de la lista negra, pero permanece en el grupo de países aún bajo escrutinio de la Unión Europea. En este apartado, también están Antigua y Barbuda, Belice, Islas Vírgenes Británicas, Curazao, Esuatini, Seychelles, Turquía y Vietnam.
Una vez que un país cumple con todos sus compromisos, su nombre es eliminado de la lista, según información proporcionada por la UE.
Priscila Sánchez, abogada tributaria, recordó que Costa Rica salió de la lista negra de países no cooperantes con el bloque europeo a mediados de octubre de 2023, después de que los diputados aprobaron el resello de una ley vetada por el presidente Rodrigo Chaves. Esta ley estableció un gravamen sobre las rentas pasivas extraterritoriales.
El pasado 6 de mayo, los diputados aprobaron una segunda reforma, impulsada por el Gobierno, que permite el intercambio de información tributaria de los clientes, incluida de cuentas bancarias, con la Unión Europea.
Sin embargo, la abogada explicó que la UE requiere que el país implemente un sistema encriptado que proteja la información, dado que existen datos sensibles.
Sanchez cuestionó que, mientras el presidente de la República, Rodrigo Chaves, alaba el avance de Costa Rica en materia fiscal, omite referirse a la permanencia del país en la lista gris.
Nogui Acosta, ministro de Hacienda, admitió que el país aún debe cumplir con la implementación del AEOI, pero explicó que está en proceso el acatamiento de la evaluación realizada por el Foro Global de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Para este criterio, recordó Acosta, era necesaria la aprobación del proyecto de Ley 23.088, que modificó el artículo 106 quater del Código Normativo de Procedimiento Tributario (CNPT). La modificación se convirtió en la Ley 10.488, publicada el 6 de mayo de 2024.
Luego, la Dirección General de Tributación (DGT) remitió a la OCDE un informe sobre el cambio normativo. Sin embargo, hay una segunda parte de la evaluación de la OCDE que se centra en la efectividad de la reforma. En este contexto, el 27 de septiembre se envió una respuesta a un cuestionario, según Acosta.
En principio, esta semana, el órgano competente de la OCDE se reunirá para revisar las respuestas y enviará comentarios sobre el tratamiento e implementación del sistema, lo que incluye modelos de estrategia, manuales y planes.
Si el proceso avanza favorablemente, se brindará la fecha de la visita in situ para el primer cuatrimestre de 2025, y la OCDE otorgaría el visto bueno en el segundo semestre del próximo año, de acuerdo con el ministro.