Un hombre de apellido Morales, de 39 años, fue detenido la noche del jueves en Orotina de Alajuela por llevar consigo 15 monos titíes en una caja de plástico perforada.
De acuerdo con el Ministerio de Seguridad Pública (MSP), la detención ocurrió a las 7 p. m. en el estacionamiento de un restaurante, donde los autobuses que realizan largos trayectos suelen detenerse para que los pasajeros puedan usar el baño o comprar comida.
En ese momento, los presentes notaron que uno de los pasajeros llevaba una caja de plástico con agujeros, que contenía varios monos titíes, y alertaron de inmediato a las autoridades.
Minutos después, una unidad de la Fuerza Pública llegó al lugar y, tras corroborar la información, detuvo a Morales. Además, coordinaron con la Fiscalía de Atenas y funcionarios del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) para que se presentaran.
Según las autoridades, gran parte de la manada estaba conformada por una mona y sus crías. “Los monitos estaban en buen estado, aunque estaban mojados y muy asustados. Se coordinó con el Minae (Ministerio de Ambiente y Energía) para que realicen la evaluación y el traslado de estos animales al Zooave”, comentó el director de operaciones de la Fuerza Pública, Erick Calderón.
Imágenes compartidas por el MSP muestran que los animales fueron llevados en transportadoras al centro de rescate y vida silvestre ubicado en La Garita de Alajuela, donde fueron atendidos por especialistas.
La mañana de este viernes, Morales fue presentado ante la Fiscalía Ambiental para ser indagado y determinar su situación jurídica.
Especie en peligro de extinción
El conocido mono tití o mono ardilla centroamericano (Saimiri oerstedii) habita en la costa del Pacífico Central y Sur de Costa Rica, así como en una parte de la provincia de Chiriquí, Panamá.
Según la lista especies en peligro de extinción y poblaciones reducidas del Sinac, esta especie está considerada en peligro de extinción. Otros primates en la lista son el mono colorado y el mono congo aullador.
De acuerdo con el artículo 95 de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, N.º 7317, quienes comercien, negocien, trafiquen o trasieguen animales silvestres, sus productos y derivados, sin el permiso respectivo del Sinac, se exponen a una multa de diez a cuarenta salarios base o a una pena de prisión de uno a tres años, además del decomiso de los animales o productos objeto de la infracción, cuando se trate de especies cuyas poblaciones hayan sido declaradas reducidas o en peligro de extinción.
En caso de que se trate de animales que no estén en peligro de extinción ni con poblaciones declaradas reducidas, la persona se expone a una multa de uno a cinco salarios base o a una pena de prisión de cuatro a seis meses, además del decomiso de los animales o productos que son causa de la infracción.
La misma legislación establece que: “se prohíbe la tenencia en cautiverio de vida silvestre, salvo cuando provenga de un sitio de manejo legalmente establecido para la reproducción con fines de conservación, reintroducción o comerciales. El Sinac determinará cuáles especies serán objeto de estudios poblacionales para establecer el plantel parental para centros de reproducción autorizados”.
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