
El Tribunal Penal del II Circuito Judicial de Goicoechea anuló este lunes dos resoluciones que declaraban el Caso Diamante como un expediente de crimen organizado, tras acoger los reclamos de los abogados defensores que alegaron errores de procedimiento.
Al anular la declaratoria de crimen organizado, se reducen los plazos del proceso y se podría invalidar la prueba obtenida por medio de intervenciones telefónicas.
En el Caso Diamante se investigan a funcionarios municipales, entre ellos seis alcaldes al momento de los hechos, por recibir presuntas dádivas en 15 proyectos para construir o conservar infraestructura vial cantonal.
Uno de los investigados es el alcalde de Cartago, Mario Redondo, así como los exalcaldes Johnny Araya (San José), Alfredo Córdoba (San Carlos), Humberto Soto (Alajuela), Arnoldo Barahona (Escazú) y Alberto Cole (Osa).
El Tribunal le dio la razón a los defensores de los imputados, quienes en Apelación evidenciaron que además de la resolución que declaró el caso como delincuencia organizada en el 2020, la jueza incorporó un machote con párrafos de otras resoluciones ajenas al expediente, por un homicidio y un aborto, que no tienen relación alguna con este expediente, lo que dejó a los encartados en un “mar de dudas” sobre los delitos que les atribuyen.
La Fiscalía argumentó que se trataba de un error de la jueza, pero el Tribunal dispuso este lunes que el argumento no es de recibo, pues una declaratoria de este tipo debe venir debidamente fundamentada y justificada, acorde a los requerimientos legales que garanticen una decisión ajustada al ordenamiento jurídico.
Aunque el Ministerio Público calificó la resolución introducida por error como un simple borrador que no debía ser tomado en cuenta, el Tribunal constató que la jueza la firmó, por lo que forma parte del expediente y debe ser valorada como tal, además de que tenía la misma fecha y hora que la resolución correcta.
Sustento legal
El voto explicó que la resolución del Juzgado Penal riñe con el artículo 142 del Código Procesal Penal, que establece que “las sentencias y los autos contendrán una fundamentación clara y precisa”. Dicho numeral detalla que “será insuficiente cuando se utilicen formularios, afirmaciones dogmáticas, frases rutinarias, la simple descripción de los hechos o la sola mención de los elementos de prueba”.
Además, se argumentó que los imputados tienen derecho al debido proceso, y por lo tanto no deben soportar este tipo de errores.
“El proceso para todas las partes debe ser transparente, sin que medie error alguno, no solo en su tramitación si no también, debe ser transparente en la fundamentación de los autos, providencias o sentencias que puedan perjudicar a alguna de las partes y con mayor rigurosidad cuando perjudique al imputado”, expuso el juez que resolvió la apelación, Ricardo Alvarado Calderón.
Los abogados defensores también alegaron que no se cumplieron los requisitos para declarar el caso como delincuencia organizada. Al respecto, el Tribunal omitió referirse, pues las resoluciones cuestionadas ya habían quedado anuladas solo por el error de la jueza.
Federico Campos, abogado del exalcalde Araya, declaró que “la resolución del Tribunal de Apelación es muy importante porque nos da la razón a todos los abogados defensores que alegamos gruesos vicios de fundamentación en la resolución del juzgado penal, que declaró la investigación como crimen organizado, pero que contenía párrafos de otros casos distintos que se usaron como ‘machotes’”.
“Además, se confirmaron nuestros argumentos que de ninguna manera se podían declarar crimen organizado los hechos en investigación porque no había ningún indicio razonable para considerarlo de esa manera. Consideramos que esta resolución del Tribunal de Apelación debería de incidir a favor nuestro en otra impugnación aún pendiente de resolver sobre las intervenciones telefónicas, porque estas se llevaron a cabo con base en la premisa inválida de crimen organizado y confiamos que así será”, agregó.
Ante consulta de La Nación, la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción informó a media tarde del lunes que recién había sido notificada sobre la resolución, “por lo que ahora procederá a analizar el fallo con profundidad para conocer lo resuelto”.