Sucesos

Falta de pruebas absuelve a 7 policías ante muerte de Canda

Jueces estimaron que ellos hicieron lo que podían ante ataque de perros

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Alcides Obando recibió el abrazo de uno de sus hijos, cuando salió de la sala de juicios en los Tribunales de Justicia de Cartago. Lo acompañan otros familiares no identificados. | JORGE CALDERÓN GN

El Tribunal de Juicio de Cartago absolvió ayer a siete policías de la muerte de Natividad Canda Mairena, ocurrida el 10 de noviembre del 2005, debido al ataque de dos perros de la raza rottweiler.

Para los jueces, durante el debate no se aportaron pruebas que hicieran presumir la responsabilidad de los imputados en los delitos de homicidio simple, homicidio culposo, omisión de auxilio e incumplimiento de deberes, que les atribuyó la Fiscalía.

Los absueltos son de apellidos Sánchez, Sandoval, Madriz, Luna, Ruiz, Robles y Obando.

La muerte de Canda se produjo cuando ingresó sin permiso a una propiedad donde hay un taller, en La Lima de Cartago.

Esta es la segunda vez que un tribunal de juicio emite un fallo absolutorio por este caso.

La primera ocasión fue el 11 de setiembre del 2008, pero la Sala Tercera anuló, a mediados del año pasado, la sentencia absolutoria que se había dictado a favor de los oficiales de la Fuerza Pública. En aquella resolución, los magistrados mantuvieron la exoneración de la responsabilidad para el dueño del taller y el vigilante privado que esa noche resguardaba la propiedad.

Razonamientos. El presidente del Tribunal de Juicio, Jorge Rojas Fonseca, dijo, tras leer el por tanto de la sentencia, que no es posible determinar la responsabilidad de los imputados pues tanto la acusación fiscal como la querella planteada por la madre de la víctima “se han quedado ayunos de prueba para poder acreditar la responsabilidad en los hechos”.

Fonseca, quien fue acompañado por los cojueces Amelia Robinson Molina y Sergio Quesada Carranza, agregó que por ello el tribunal considera que no son responsables de los hechos acusados.

Recalcó que es un hecho cierto que “Canda no se encontraba de modo alguno autorizado para entrar en ese propiedad” donde se estaban los perros.

El juez explicó que los policías no ingresaron de inmediato al predio porque se trataba de una propiedad privada y necesitaban la autorización del propietario.

Además, recalcó que en ese momento desconocían la gravedad del ataque de los perros.

Rojas dijo que también, para dictar sentencia absolutoria, tomaron en consideración la escasa iluminación del lugar y que el charral era muy alto (cerca de metro y medio), lo que imposibilitó a los policías tener una visión clara.

Según el Tribunal, fue hasta que ingresó un camión del Cuerpo de Bomberos que se pudo determinar la gravedad del ataque.

Los jueces no dieron crédito a un informe realizado por un perito forense pues dijeron que se basó nada más en cuatro minutos de filmación hechos por un corresponsal de prensa, y no valoró lo sucedido antes.

Tras escuchar la sentencia, los siete implicados se mostraron satisfechos por la resolución. Uno de ellos, Asdrúbal Luna, al salir de la sala volvió su mirada al cielo y expresó: “Es un proceso que dichosamente culmina este día”.

Nils Ching, jefe regional de la Fuerza Pública de Cartago, quien asistió a la lectura de la sentencia, manifestó que los jueces dejaron bien claro que los oficiales no tuvieron ninguna responsabilidad en la muerte de Canda y que su actuación estuvo de acuerdo con la capacitación y los medios que tenían en aquel momento.

Carlos Arguedas C.

Carlos Arguedas C.

Periodista en la sección de Sucesos. Trabaja en La Nación desde el 2000 siempre en la cobertura de asuntos de Sucesos y Jurídicos.

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