Walter Brenes Soto, abogado especializado en litigio ambiental, presentará una demanda contra el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) por carecer de estudios científicos sobre la población de cocodrilos en el país.
El jurista busca llevar por segunda vez la demanda a los estrados judiciales, a raíz del ataque de un cocodrilo que sufrió un niño el 30 de octubre anterior en el río Matina.
“Lo que sucedió en Matina era previsible porque ya habían estudios que se habían realizado en la zona, por eso la idea es llevar nuevamente a un proceso judicial para que tengamos de alguna forma una responsabilidad del Estado, en tener que obligarlos a hacer un estudio poblacional, un plan de manejo y empezar a determinar cuánta cantidad de especies tenemos, tasas de reproducción y lugares de convivencia”, dijo Brenes.
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En su criterio, se pudo prevenir a la vez, haciendo campañas de información para alertar sobre el riesgo y el peligro en el lugar por ataques de cocodrilos. “Al no existir una política pública determinada, al no saber cuánta población de cocodrilos tenemos y no comunicarle esto a las personas, ahí es dónde nace la responsabilidad del Estado”, añadió.
Según Brenes, las investigaciones de reptiles de las que se tiene registro en el país se crearon en la Universidad Nacional (UNA) y el Instituto Clodomiro Picado, pues ‘Sinac no tiene datos oficiales que hayan procesado’.
En defensa, Sinac explicó que en 2019 realizaron un informe sobre el estado poblacional de los cocodrilos, que determinó que la mayor tendencia poblacional se ubicaba en el Refugio de Vida Silvestre Caño Negro y el río Tempisque; así como que las especies podrían estar en un eventual proceso de recuperación y no sobrepoblación. Sin embargo, no había certeza del estado de esos individuos.
“Es de suma importancia que se establezca un programa de monitoreo nacional que podría asumir el Programa Nacional de Monitoreo Ecológico (Pronamec) del Sinac, para tener información disponible y actualizada para la toma de decisiones respecto al manejo de estas especies”, indica el documento.
Se intentó consultar a Eugenia Arguedas Montezuma, encargada de Pronamec, para conocer si se planteaba realizar monitoreo de poblaciones de cocodrilos a nivel nacional o si se había realizado alguno en el río Matina, pero al cierre de esta publicación no se obtuvo respuesta.
Primer intento
En 2017, Brenes presentó una causa ante el Tribunal Contencioso Administrativo, luego de que un estadounidense fuera herido por un cocodrilo en Tamarindo mientras surfeaba, asociado a la presunta falta de rotulación sobre la presencia de reptiles en la zona.
En la causa 17-006388-1027-CA se pretendía que el Estado y el Sinac realizaran los estudios pertinentes, necesarios y suficientes para conocer el estado de todas las poblaciones de la especie cocodrilo existente en Costa Rica y desarrollaran planes de manejo que incluían prevención, mitigación y manejo de estos especímenes.
Se aportó como prueba la agresión vivida por el extranjero y el informe DFOE-AE-IF-09-2014 de la Contraloría General de la República, donde ordenaba al director de Sinac establecer e implementar un sistema de monitoreo para conocer el estado de las poblaciones de especies vulnerables, entre ellas el cocodrilo, aspecto que según el demandante no estaba cumpliendo la institución.
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En la sentencia resuelta el 10 de junio de 2019, los jueces Judith Reyes Castillo, José Iván Salas Leitón y Felipe Córdoba Ramírez, declararon ‘improcedente la demanda en todos sus extremos, por no tener una línea clara de defensa y, porque cinco de los seis hechos planteados no eran controvertidos’ (no concordaban) a excepción del sexto pero no logró sustentarse por falta de prueba.
Para Brenes, en esa ocasión hubo una mala interpretación del Tribunal y solo se discutió del avistamiento de cocodrilos en el Parque Nacional Marino Las Baulas, bajo la defensa de que en ese parque había un plan de manejo y se habían contabilizado los números de especímenes, pero se omitió la problemática existente a nivel nacional.
“La parte actora (Brenes) optó por plantear una acción sin claridad de la Teoría del Caso, pues omitió por completo establecer un hilo argumentativo lógico entre las circunstancias descritas que permitiera identificar en favor de quién está dirigida. Por el contrario, el actor sólo se limita a hacer referencia a los supuestos incumplimientos administrativos a la orden contralora y a un ataque contra un extranjero, sin concretar una línea clara de defensa sobre algún interés legítimo identificable en la demanda”, indica la sentencia.
“Lo esperable hubiera sido que la demanda estuviera precedida de una investigación jurídica seria, capaz de aportar los elementos fácticos suficientes para plantear un cuadro de hechos que se pudiera constatar respecto de las acciones administrativas adoptados en torno al citado informe de Contraloría y sobre el ataque citado”, concluyeron los jueces.