Las dos afectadas por la caída de un portón en una escuela de Coronado, y sus familias, denunciaron por el delito de lesiones culposas al director de este centro educativo y al Ministerio de Educación Pública (MEP), por el evento ocurrido el 21 de setiembre.
Ese día, el portón de la entrada de la Escuela José Ana Marín Cubero cayó sobre una joven de 20 años y una estudiante de 8 años. En aquel momento, la Cruz Roja reportó que la mujer, de apellido Vargas, fue trasladada en condición delicada al Hospital Calderón Guardia, mientras que la niña fue remitida al Hospital Nacional de Niños.
Carlos Cartín, abogado de ambas familias, presentó la denuncia la mañana de jueves en el Segundo Circuito Judicial de San José, en Guadalupe de Goicoechea.
“Consideramos que en este caso se dio una falta al deber objetivo de cuidado por parte de este (director de la escuela), que repercutió en que finalmente el portón no tenía un tope, es decir, un objeto que lo detuviera, lo cual provocó que, efectivamente, al sobrepasar la guía o el riel que lo conduce, se saliera del cauce y por lo tanto, cayera encima tanto de la niña como de la joven que resultaron afectadas”, señaló Cartín.
Cartín indicó que aunque existe una investigación interna en el MEP, eso no limitó los deseos de las familias de que se abra un expediente judicial.
El abogado agregó que aún es prematuro hablar sobre una acción civil resarcitoria, porque primero las afectadas deberán ser valoradas por medicatura forense y psicología forense para definir cuál sería la pretensión económica.
Asimismo, señaló que la estudiante sí está recibiendo atención en el Instituto Nacional de Seguros (INS), pero en el caso de Vargas, quien se encontraba trabajando en un servicio de transporte de estudiantes al momento del hecho, no ha podido hacer efectiva su póliza.
“El MEP se ha negado a aplicar la póliza del Instituto Nacional de Seguros y actualmente la misma se encuentra sin incapacidad, sin salario y sin aseguramiento por parte del INS para la atención, únicamente se le dieron las curaciones básicas en el Calderón Guardia”, afirmó Cartín.
Agregó que van a aportar “una gran cantidad de documentación, vídeos, fotografías, prueba testimonial, incluso tenemos un acta de la policía de la Fuerza Pública de Coronado que se apersonó al lugar y levantó un acta de inspección ocular al respecto”.
Cartín aseguró tener pruebas de que en la escuela ya sabían que el portón estaba dañado, y fue hasta que cayó sobre la muchacha y la niña que lo repararon.
“Aquí hubo una negligencia y una violación a dos principios básicos, que son el principio de deber de cuidado y la posición de garante, porque cuando nosotros llevamos a nuestros niños a un centro educativo y los dejamos en manos de su director, es para que él tenga las previsiones de cuidar que efectivamente las instalaciones no representen un peligro para estos niños”, apuntó.
Niña sufre daños psicológicos
Martín Soto, padre de la menor de edad afectada, aseguró que además de las heridas físicas en sus dientes, barbilla, nariz, ceja y cabello, la niña también enfrenta secuelas psicológicas por lo sucedido.
“Está muy mal ella, está pequeña, son muy vanidosas, ella está muy nerviosa, a veces llora mucho en la casa y no quiere salir porque es demasiado el daño que tiene. Nos dice que no quedó igual, que ya a ella le da miedo ir a la escuela, por los amigos, porque le hagan bullying”, relató el padre.
Soto explicó que desde que ocurrió el incidente, la maestra ha estado yendo a la casa de ella a darle clases, mientras se recupera de las lesiones sufridas. Agregó que el día de los hechos pusieron a un misceláneo a abrir el portón, quien lo hizo incorrectamente. Luego de la caída, hablaron con el director y le hicieron saber que era negligencia suya lo sucedido.
El día de los hechos, el MEP comunicó que “el incidente es un caso fortuito del cual la administración institucional ya está haciendo la reparación correspondiente, para evitar cualquier otro suceso”.
Según el Código Penal, por el delito de lesiones culposas se imponen penas de prisión de hasta un año o hasta cien días multa.
El artículo 128 indica que “para la adecuación de la pena al responsable, el tribunal deberá tener en cuenta el grado de culpa, el número de víctimas y la magnitud de los daños causados. En todo caso, al autor de las lesiones culposas también se le impondrá inhabilitación de seis meses a dos años para el ejercicio de la profesión, el oficio, el arte o la actividad en la que se produjo el hecho”.