El Juzgado Penal de Hacienda, con sede en Goicoechea, rechazó la solicitud de la Procuraduría General de la República de embargar los bienes de manera preventiva a los imputados en el llamado Caso Cochinilla, al considerar que la gestión no está fundamentada, pues no señaló cuáles son los cargos que se les atribuyen a cada una de las personas investigadas.
La decisión la tomó el juez Jean Carlo Monge Madrigal el pasado 24 de noviembre, pero fue notificada la mañana de este viernes a las diversas partes del proceso. Precisamente, la Procuraduría de la Ética Pública informó de que fue notificada de la resolución, pero al no compartir “los criterios esbozados en la resolución aludida” planteará el recurso de apelación correspondiente.
La gestión de embargo preventivo la presentó la Procuraduría el 12 de noviembre, mediante un escrito hecho por Miguel Cortés Chaves y Paola Madriz Pérez, en el cual solicitaban que se anotaran en el Registro Nacional (es decir se restringiera la posibilidad de venta o de hipotecar) propiedades y vehículos de 64 personas físicas y jurídicas, entre los que estaban sobre todo funcionarios públicos del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) y del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), así como de algunos trabajadores de las constructoras involucradas en la investigación.
El reclamo lo justificaron en la afectación a la hacienda pública y el daño social ocasionado y la intención era asegurar bienes que equivalen a ¢45.000 millones y el fin era garantizar el resarcimiento económico para el estado costarricense.
El juez Jean Carlo Monge, luego de analizar la documentación estimó: “Toda solicitud de medida cautelar, sea esta de carácter personal o real, debe fundamentarse en hechos específicos y pruebas concretas que se le atribuyen a cada una de las personas demandadas (..) no basta con aludir globalmente a los indicios recabados por la Fiscalía, si la implicación de cada persona física o jurídica es distinta y conlleva una responsabilidad penal y civil diferente.
“La solicitud de la Procuraduría General de la República, al analizar los elementos de prueba que comprometen a cada una de las personas imputadas, es de carácter genérico y no toma en cuenta la variedad de conductas que están bajo investigación (...) la mejor muestra de ello es la cantidad de personas jurídicas que no tienen relación entre sí o que no participaban de los mismos contratos, ni pretendían el cobro de los mismos rubros, lo que evidencia que no todas las personas imputadas tenían los mismos objetivos, ni participaban de un dolo común”.
El juez admite en la resolución que el caso debe tramitarse como de criminalidad organizada pero que cuando se habla de una estructura criminal no se puede decir que todas las personas se conocen, ni tampoco que todas tienen que ejecutar la totalidad de los delitos, pero sí trabajar todos para favorecer el mismo interés. Consideró que era necesario que la Procuraduría señalara de manera concreta el grado de participación delictiva, con fundamento en la prueba que existe contra cada imputado y con base en ello poder hacer un análisis, de si es proporcional que a determinado investigado se le embarguen sus bienes.
“Pretender que todas las personas imputadas respondan civilmente por un solo monto de ¢45.000 millones que abarca el supuesto daño material, demuestra que la pretensión del Estado es excesiva (...). En otras palabras, los hechos que se le atribuyen a una empresa no son los mismos que se cometieron en beneficio de otra”, argumentó el juez Monge.
El Caso Cochinilla trascendió el lunes 14 de junio cuando se realizaron más de 50 allanamientos que permitieron la detención de 30 personas, mientras que otras 45 fueron indagadas posteriormente. En total, por este caso hay 75 personas físicas y 12 personas jurídicas implicadas.
Se trata de empresarios de constructoras, así como empleados y exempleados del Conavi y de otras dependencias del Estado. A los implicados el Ministerio Público les atribuye la presunta malversación de fondos del Consejo, que generó un déficit de ¢78.000 millones entre el 2018 y el 2020 en contratos de obra pública. La causa se tramita en el expediente 19–000025–1218–PE.