Un proyecto de ley que busca regular el cultivo doméstico del cannabis no incide en el funcionamiento del Poder Judicial, determinó este lunes la Corte Plena.
El magistrado de la Sala Tercera, Gerardo Rubén Alfaro, llegó a dicha conclusión sobre su informe en el expediente 24.176, por lo que requeriría mayoría simple del Congreso para convertirse en ley y no la mayoría calificada de 38 votos.
La iniciativa, presentada por el Frente Amplio, propone agregar dos artículos a la Ley de Psicotrópicos.
El primero de ellos autorizaría “el cultivo doméstico de la planta del género Cannabis para fines exclusivamente de uso personal a personas mayores de edad en una cantidad no superior a 20 plantas hembras del género Cannabis en estado de floración en un domicilio privado”.
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Quien supere ese límite de 20 plantas sería sancionado con una multa de uno a cinco salarios base.
Mientras que el segundo artículo establece que el Estado tendría que generar campañas sobre reducción de riesgos y daños del uso y cultivo de la marihuana, junto a capacitaciones a los cuerpos policiales. También se crearían campañas para luchar contra la “estigmatización” y la “discriminación de personas adultas” que usen esta hierba.
Asimismo, se modificarían dos artículos de la Ley General de Salud para que el cultivo doméstico no sea objeto de las sanciones establecidas en dicha legislación.
El proyecto de ley, presentado en febrero, está actualmente en la Comisión de Asuntos Jurídicos.
A pesar de que la Defensa Pública y el Ministerio Público indicaron que el texto sí afectaría su funcionamiento, Alfaro manifestó que él no percibe de qué manera los afectaría. “Yo no observo de ninguna manera la incidencia que ellos están planteando, tampoco hacen un sustento de la incidencia como tal, simplemente refieren que incide”, señaló.
El magistrado enfatizó en que su criterio no implica que estén de acuerdo o no con el proyecto, “simplemente nos limitamos a la incidencia o no”