El Juzgado Penal de Grecia le impuso diez años de prisión a Hermes Amador Zúñiga, de 37 años, por abusos y relaciones sexuales con una menor de edad.
La sentencia fue dictada este jueves sin que el caso llegara a juicio, pues Amador se acogió a un procedimiento abreviado mediante el cual aceptó los cargos presentados por la Fiscalía.
Según la normativa, el juez puede reducir hasta un tercio del extremo menor de la pena.
Los hechos que se le atribuyeron a Amador ocurrieron entre febrero y junio del 2016, en Zarcero, Alajuela, cuando el imputado le alquiló una habitación de su casa a la familia de la víctima.
La Fiscalía comprobó que el hombre cometió los actos cuando los padres de la ofendida, quien tenía 14 años, salían de compras.
Durante ese periodo, Amador aprovechó la confianza que existía entre él y la joven, para someterla a abusos sexuales en al menos dos ocasiones. Además, cometió cinco delitos de relaciones sexuales con persona menor de edad.
Según el artículo 161 del Código Penal, comete abuso sexual la persona que “de manera abusiva realice actos con fines sexuales contra una persona menor de edad o incapaz o la obligue a realizarlos al agente, a sí misma o a otra persona, siempre que no constituya delito de violación”. Se castiga con penas de hasta 10 años si la persona ofendida tiene menos de 15 años, o si ocurrió aprovechándose de una relación de confianza.
El artículo 159 establece que quien se haga acceder o tenga acceso carnal por vía oral, anal o vaginal, con una persona menor de edad, será castigado con cárcel. Si la víctima es mayor de 13 y menor de 15 años y el autor fuera cinco o más años mayor, la pena es de tres a seis años.
En este caso, la diferencia era de 20 años.
Mientras la sentencia adquiere firmeza, el imputado permanecerá seis meses en prisión preventiva.