El defensor de Johnny Araya Monge, Juan Marco Rivero Sánchez, calificó de “desproporcionada, poco idónea, arbitraria y errónea” la pena de cinco años solicitada por la Fiscalía en el juicio que se sigue contra su cliente por presunto tráfico de influencias.
La mención la hizo este miércoles en la mañana, durante sus conclusiones, las cuales finalizó pidiendo la absolutoria por certeza para el actual alcalde de San José.
“Estamos seguros que don Johnny Araya no ha cometido el delito que se le endilga y es profundamente arbitraria la solicitud que hacen (los representantes del Ministerio Público) (...).
“Nuestra solicitud final es que se declare a don Johnny absuelto de toda pena y responsabilidad en el presente proceso (...) y es su derecho constitucional ser absuelto por grado de certeza”, afirmó Rivero.
El litigante también destacó que el jerarca municipal no era funcionario público en el momento en el que, según el Ministerio Público, se habría “desvirtuado la información de que Araya Monge figuraba como persona imputada en una causa penal”.
Además de Araya, se enjuician en este proceso la exfiscala adjunta, Berenice Smith Bonilla, y el exmagistrado y ex subjefe del Ministerio Público, Celso Gamboa Sánchez.
A los tres se les vincula con un presunto delito de tráfico de influencias antes de las elecciones municipales del 2016.
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Registro de llamadas
Rivero dijo que el registro de llamadas previo al 18 de diciembre del 2015 no tiene ninguna relación con los hechos acusados, ya que fue ese día en el que la periodista Mercedes Agüero Rojas, quien para entonces laboraba para La Nación, llamó a Araya.
Precisamente, el lunes pasado, la Fiscalía presentó una seguidilla de llamadas entre Araya y el ex subjefe del Ministerio Público, Celso Gamboa Sánchez que datan de entre el 1.° de noviembre y 9 de diciembre del 2015.
También se mostró que en otras fechas hay comunicaciones de Araya o Gamboa con el exasesor de este último, Justo Pastor López, y la exfiscala adjunta, Berenice Smith Bonilla.
Otras sí se registraron posterior a los hechos, pero Rivero consideró que no pueden ligarse con los hechos acusados.
“No existe posibilidad de conocer contenido de las llamadas, no se puede extraer ni siquiera un indicio claro de todas estas llamadas y su relación con los hechos que se vienen atribuyendo a don Johnny (Araya) y los demás acusados”, aseveró Rivero.
El martes, el abogado también recalcó que algunos de elementos expuestos por el Ministerio Público en sus conclusiones no fueron acusados y que la ventaja indebida que se le atribuye a su representado no se justifica.
En horas de la tarde, el licenciado Alfonso Ruiz Ugalde, otro de los abogados de Araya, concluyó acerca de la pretensión económica de la Procuraduría General de la República (PGR) de cobrarle ¢12 millones al alcalde josefino.
Para Ruiz no hay justificación para reclamar esa suma a su representado, ya que a su criterio no existió ningún daño social en los hechos.
“Solicitamos de manera respetuosa que se declare sin lugar la demanda civil planteada y que además se condene en costas por la presentación de una demanda que es infundada, que no tiene pruebas, que incumple aspectos formales y técnicos”, mencionó Ruiz, quien además, destacó que la petición hecha por Araya para que se aclarara su condición dentro de un expediente del 2012 fue apegada a derecho.
El caso
A los tres implicados en este caso se les relaciona con hechos ocurridos antes de las elecciones municipales del 2016, cuando supuestamente se afectó la información de un expediente en el que figuraba Araya Monge.
El político aparecía, junto con otras tres personas, en una causa por el supuesto delito de influencia contra la Hacienda Pública, la cual, al final, fue desestimada en marzo del 2016.
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Los hechos que originaron este asunto se remontan a diciembre del 2015, cuando La Nación pidió al Ministerio Público corroborar si Johnny Araya y los otros 604 candidatos a alcaldes tenían investigaciones abiertas.
La presunta anomalía en el expediente en que figuraba Araya consta en una denuncia presentada ante la Inspección Judicial por la jefa de prensa del Ministerio Público, Tatiana Vargas Vindas.
De acuerdo con la funcionaria, en la gestión a favor del actual jerarca municipal habrían intervenido el entonces fiscal adjunto Celso Gamboa y el asistente de la Fiscalía General, Justo Pastor López, así como la otrora fiscala adjunta de Probidad, Berenice Smith.
Según el artículo 52 de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública, el tráfico de influencias es castigado con pena de prisión de dos a cinco años.