De las 1.860 personas que son monitoreadas mediante el uso de tobillera electrónica, la gran mayoría (826) fueron detenidas por asuntos relacionados con drogas.
Esta última cifra, que representa el 44% del total, se segregra en 463 reos con sentencia firme de un Tribunal Penal que descuentan la condena fuera de prisión con ese sistema. Mientras tanto, otras 363 personas ligadas con casos de narcotráfico usan tobillera como medida cautelar en lugar de prisión preventiva, mientras avanza la investigación y se programa el eventual juicio en su contra (indiciados).
“Con la población de monitoreo electrónico hicimos un ejercicio, compartiendo información desde el análisis de inteligencia y nos dimos cuenta de que entre las personas con tobillera hay 17 estructuras criminales, eso es gravísimo”, dijo Juan Carlos Arias, director de Adaptación Social.
Lo anterior preocupa porque fuera de prisión esos delincuentes tienen más facilidades para reclutar gente que les ayuda a controlar territorios, ordenar ataques contra bandas rivales e incluso dedicarse a la venta de drogas dentro del perímetro en que les está permitido moverse.
Desde el 2014 nuestra legislación dispone del mecanismo de vigilancia con tobillera, creado con el fin de respetar “los principios de proporcionalidad, racionalidad y dignidad humana”. Pese a ello, en la actualidad hay quienes consideran que está mal empleado debido a las fallas observadas en el seguimiento y control de esa población penal.
Por ejemplo, el ministro de Justicia y Paz, Gerald Campos, califica de grave el hecho de que la normativa vigente faculte a los jueces para otorgar tobilleras a personas relacionadas con narcotráfico. Aclaró que no está en contra de ese mecanismo, lo que no le parece es que se otorgue a personas con ese tipo de delitos, que al no estar en un sistema cerrado de contención, pueden seguir delinquiendo. Por eso incluyó reformas sobre este asunto en un paquete de proyectos que el Poder Ejecutivo dio a conocer el miércoles pasado, en un plan para reducir la criminalidad en el país.
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Muy abierto para indiciados
Aunque el artículo 57 bis de la Ley de Mecanismos Electrónicos de Seguimiento en Materia Penal (N.° 9271) explica en cuáles casos un juez puede avalar el uso de tobilleras, otro de los principales cuestionamientos tiene que ver con los casos no juzgados, es decir, cuando se trata de personas indiciadas.
El artículo 239 del Código Procesal Penal incluye, desde que entró en vigencia la ley N.° 9271, la localización permanante con dispositivo electrónico, de modo que el juez tiene esa posibilidad entre las medidas alternas a la cárcel, independientemente del delito.
Debido a eso, un juzgador puede otorgar tobillera en lugar de prisión preventiva incluso a quienes llegan por delitos como homicidio, tentativa de homicidio, crimen organizado y violaciones.
Según el ministro Campos, dar tobillera a esas personas facilita que las bandas sigan operando y eso aumenta la criminalidad.
“Actualmente la Policía detiene a un vendedor de droga en su casa y los jueces lo devuelven a su lugar de ‘trabajo’, pues le imponen la medida cautelar de portar tobillera en su residencia”, expresó Campos.
También tienen opción a ese dispositivo los reos que ya estuvieron en celdas durante la mitad de su sentencia y aspiran a ese beneficio, pese a que descuenten penas por narcotráfico, delitos sexuales y otros. En esos casos corresponde al juez de Ejecución de la Pena valorar cada caso y determinar si la persona puede terminar de cumplir con tobillera, pero esta vía es poco frecuente.
Aunque la legislación establece que solo delincuentes primarios pueden cumplir la pena con monitoreo electrónico, una reforma a la Ley del Registro Judicial, basada en la teoría del derecho al olvido y a que las penas no pueden ser perpetuas, redujo los plazos de duración del registro de la pena.
Así las cosas, hay personas que reinciden y aparecen como primarias pues la sanción se les borra al cumplir la sentencia o poco tiempo después.
Para el abogado penalista y exjuez, Ewald Acuña, eso debe corregirse, pues aunque la cantidad de reincidentes en nuestro país es baja (entre un 6% y un 8 %), es importante que el juez sepa si se trata de un reincidente a la hora de dictar el fallo.
Un modelo que urge mejoras
El litigante sostiene que se debe corregir el sistema de control, pues aunque las tobilleras suponen una limitación del espacio físico donde se puede mover la persona, “el irrespeto de ese espacio no está siendo debidamente monitoreado y eso hace que en algunos casos haya reincidencia”.
Afirma que en Estados Unidos y Europa el monitoreo electrónico funciona bien, ya que cuando la persona irrespeta el espacio que fijó el juez, de inmediato surge la alerta y queda detenida.
Por el contrario, en Costa Rica hay usuarios de tobilleras fuera de la zona permitida y hasta caen por otro delito, lo cual significa que el sistema es ineficiente, denunció Acuña.
Acuña agregó que en otras naciones existen sistemas donde la persona no pasa todo el tiempo en prisión, sino por espacios, dependiendo del tipo de delito y la personalidad del delincuente.
“Lo anterior porque la pena no tiene en sí misma la contención, sino que busca la resocialización”. En esa línea, afirma que se debe revisar el sistema de penas de nuestro país y afinar los mecanismos de diagnóstico que usa el Instituto Nacional de Criminología (INC) a la hora de trasladar reos a niveles semiabiertos, puntualizó.
Mario Rodríguez Arguedas, juez de Ejecución de la Pena de Alajuela, admite que hubo una gran cantidad de problemas con el anterior proveedor del servicio de monitoreo, razón por la cual el programa ha sido cuestionado y ha costado mucho madurarlo.
Espera que la nueva empresa a cargo realice un mejor trabajo, para tener un seguimiento certero y confiable. “Imagínese lo que sería tener a esas 1.860 personas en las cárceles”, dijo Rodríguez.
De igual forma, solicita aumentar el personal a cargo de vigilar las pantallas de seguimiento a esa población, para que el programa sea exitoso.