¿Son los secuestros extorsivos un buen negocio para los criminales en Costa Rica? El Organismo de Investigación (OIJ) asegura que no es una industria frecuente, pero que sí ejecuta un promedio de once retenciones por año. Prueba de ello es el reciente golpe a una banda vinculada con la retención de los empresarios Jorge Angulo y Jaime Gurdián.
Al revisar el modus operandi de estos grupos, el Ministerio Público emitió una clasificación de las cuatro modalidades en las que ocurre este crimen en el territorio nacional, según sus características.
La información fue brindada por el fiscal de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada, Esteban Chavarría Araya.
- Secuestro convencional: alguien retiene a una persona con fines de lucro, al cobrar por el rescate, o bien, por motivos sociales, políticos o religiosos (aunque estas últimas tres circunstancias no suelen ocurrir en el país).
- Autosecuestro: personas, en asocio con amistades o conocidos, le solicitan a los mismos allegados un monto determinado, simulando que han sido secuestrados, para tomar ese dinero que de manera directa su familia no le quiso suministrar.
- Cobro de deudas: sustracción de personas para el cobro de deudas adquiridas en la modalidad conocida como préstamos gota a gota, quienes son retenidas hasta que paguen el dinero que adeudan.
- Secuestro exprés: consiste en que los criminales toman a una persona por un tiempo determinado y le exigen sacar dinero de sus cuentas bancarias. Por lo general duran pocas horas.
Chavarría indicó que las estadísticas del OIJ evidencian que los secuestros convencionales no presentan una alta incidencia en el país, pues entre el 2020 y junio del 2023 solo se han ejecutado siete, dentro del total de 41 causas por retenciones en todos sus tipos.
“No es un delito en auge, un delito constante por el que la ciudadanía tenga que temer el salir, tener su empresa, tener sus bienes o el disfrutar del fruto de su trabajo”, destacó el fiscal.
El experto reveló que las autoridades han mantenido un control constante de los grupos de personas que han surgido para cometer este tipo de hechos delictivos y que la Policía Judicial tiene identificados a quienes han sido partícipes de estos eventos, “unos ya condenados y otros que se han desarticulado”.
Además, enfatizó en que el Ministerio Público cuenta con personal capacitado y especializado para el abordaje de estos casos, de la mano con el OIJ, lo cual se evidencia en los operativos que han permitido sacar de circulación a estructuras delincuenciales dedicadas a esta criminalidad, como el que ocurrió el pasado 5 de julio.
Los detenidos fueron 10 hombres y una mujer, a quienes se les vincula directamente con el secuestro extorsivo de Jorge Angulo Navarrete, de 45 años, dueño de los gimnasios George Angulo, ocurrido el 4 de enero, así como el secuestro del presidente de Agrosuperior, Jaime Gurdián Moreno, de 66, perpetrado el martes 27 de junio.
Penas por el delito
El funcionario recordó que la legislación penal nacional establece distintas sanciones para el secuestro extorsivo. La básica fija una pena de 10 a 15 años de prisión a quien secuestre a una persona; sin embargo, existe un atenuante, el cual reduce la pena hasta un rango de seis a 10 años, cuando la víctima es liberada de manera voluntaria antes de los tres días de cautiverio.
Asimismo, existen agravantes que elevan la sanción, de 15 a 20 años, entre otros casos, cuando quien secuestra recibe el pago que exigía, cuando el hecho es cometido por dos o más personas; cuando tiene como víctima a una persona menor de edad, embarazada, incapaz o con enfermedades; o si se trata de una persona internacionalmente protegida.
También, la pena puede situarse en el rango de 20 a 25 años si se infringe algún tipo de lesión a la víctima. Y, finalmente, el tipo penal de secuestro con resultado de muerte establece una pena de 35 a 50 años si producto del hecho la víctima muere; “esto lo convierte en el delito con la mayor pena en la legislación costarricense”, remarcó el fiscal.
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