Roberto Dobles Mora, exministro de Ambiente y Energía (administración Arias 2006-2010), fue condenado ayer a tres años de prisión por el delito de prevaricato, al firmar el decreto que declaró de “interés público” el proyecto minero Crucitas.
Así lo resolvió el Tribunal de Juicio de Hacienda, cuyos jueces afirmaron que la resolución gubernamental se basó en “hechos falsos” y no se “ajustó a la normativa legal”, lo cual es un delito castigado con cárcel.
Para el Tribunal, Dobles, quien era “el máximo jerarca en aquel entonces del ambiente en Costa Rica”, debió verificar que para declarar de conveniencia nacional el proyecto, tenía que hacer “una medición o un balance entre los costos ambientales y los beneficios sociales, de manera que el resultado de ese estudio sea conclusivo en que los beneficios sociales iban a ser mayores a los costos ambientales del proyecto y esto no existe en el trámite del decreto”.
Los integrantes del Tribunal, Mercedes Muñoz Campos, Hugo Porter Aguilar y Sergio Quesada Carranza, quienes brindaron una breve explicación del fallo, que duró seis minutos, hicieron una mención al expresidente, quien firmó el decreto, pero no dijeron el nombre de Óscar Arias. Tribunal hace alusión a expresidente Arias.
Los jueces anunciaron que darán mayores detalles de la condena el 25 de febrero próximo.
El polémico proyecto Crucitas, cuya finalidad era extraer oro en Cutris de San Carlos, se gestó desde 1999, pero debido a la oposición de ecologistas, en junio del 2013, la Sala IV ratificó la nulidad de esa concesión minera.
Reacción a fallo. El exministro Roberto Dobles se limitó a decir: “Aquí lo importante es que yo no participo en la elaboración del decreto. Ahí quedó probado que lo que hago es firmar algo que es elaborado por el Departamento Legal. Yo firmo con la plena convicción de que todo está a derecho, puesto que viene del garante legal que es el Departamento Legal. Certificado que está conforme a derecho, por eso, yo firmo”.
En tanto, su defensor Laureano Castro Sancho dijo que la condena los tomó por sorpresa.
“El tribunal aplicó un componente que los entes acusadores nunca señalaron del delito de prevaricato. Siempre se dijo que estaba firmando una resolución contraria a la ley, pero ahora se condena porque está basada en hechos falsos. Habrá que esperar el fallo completo para ver si hay una fase de impugnación. Una vez analizada la sentencia y si tiene vicios de forma y de fondo, se apela”, manifestó Castro.
Dobles, quien no deberá ir a prisión pues se le concedió el beneficio de la ejecución condicional de la pena, fue inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos por un periodo de tres años.
Exoneran otros acusados. En este mismo caso, el Tribunal de Juicio absolvió a otros seis acusados, a quienes el Ministerio Público también atribuyó el delito de prevaricato. Se trató de Cinthya Cavallini Chinchilla, exjefa del Registro Nacional Minero; Sonia Espinoza Valverde, exsecretaria de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), y cuatro antiguos funcionarios de esa secretaría: Eduardo Lezama Fernández, Jorge Boza Quesada, Carmen Tatiana Cruz Ramírez y José Rafael Corrales Arias.
A ellos se les juzgó, pues según la Fiscalía, como miembros de la Comisión Plena de Setena aprobaron la viabilidad del proyecto Crucitas y sus modificaciones.
No obstante, la jueza Mercedes Muñoz dijo que aunque otras instancias judiciales declararon esa resolución como ilegal, “tomar ese acuerdo no es ilícito”.
Sobre el tema explicó : “La resolución, considera el tribunal, está dentro de los parámetros que están permitidos por la ley y actuaron dentro de su competencia legal (...); ellos tuvieron un error interpretativo en el procedimiento, que ya fue declarado ilegal”.
El fiscal Luis Diego Hernández Araya, luego de escuchar el fallo, se mostró satisfecho.
“Ese decreto era abiertamente ilegal. El tribunal lo explicó. El decreto se basó en hechos falsos, de manera que ahí, existió un actuar doloso” recalcó.