Los policías de Máxima Seguridad de La Reforma están atados de manos. Un reciente fallo de la Sala Constitucional dispuso que no se pueden realizar operativos en las celdas de Máxima Seguridad, a menos de que estos queden grabados en cámaras. Sin embargo, la entidad no tiene presupuesto para dichos equipos y ya no puede modificar el plan de gastos del 2023.
La resolución del 9 de agosto pasado, se emitió en respuesta a un recurso de habeas corpus, presentado por un privado de libertad de esta cárcel, ubicada en San Rafael de Alajuela, también llamada Centro Nacional de Atención Específica, quien afirmó haber sido golpeado, el 22 de junio, por varios oficiales de la Policía Penitenciaria en su cabeza, hombro y brazo derecho, muslo y pierna derecha, y en las costillas.
Frente a este reclamo, los magistrados ordenaron a María Ester Vargas Paniagua y José Manuel Tapia Montero, directora y jefe Policial del centro penal (ambos interinos) respectivamente, que “realicen las gestiones necesarias, dentro del ámbito de sus competencias, a efectos de que se inicie un procedimiento administrativo para descubrir la verdad real de los hechos alegados por el recurrente en este recurso y se determine la eventual responsabilidad administrativa de los funcionarios implicados”.
Dicho procedimiento deberá haber concluido dos meses después de notificado el pronunciamiento, de acuerdo con el fallo de la Sala IV.
Asimismo, los magistrados constitucionales ordenaron a esos dos jerarcas que, en el plazo de tres meses después de la notificación, “adquieran y utilicen equipo de grabación portátil suficiente, a efectos de filmar, almacenar, registrar y documentar todas las intervenciones, requisas y recuentos que se lleven a cabo”.
“Además, deberán garantizar que los vídeos que se obtengan de las cámaras ubicadas en el centro penal accionado se mantengan en el sistema durante al menos un mes y, en caso de ocurrir algún evento de naturaleza o magnitud relevante, deberán mantener una copia de respaldo de los vídeos correspondientes en un medio informático de almacenaje independiente”, concluyó el voto.
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‘No tenemos ahorita posibilidades de cumplir’
Ante consulta de La Nación, el ministro de Justicia y Paz, Gerald Campos, manifestó que respeta el pronunciamiento de la Sala, pero se mostró preocupado debido a los pocos recursos que tiene la institución para comprar cámaras y capacitar a los policías en su uso. Además, el Ministerio deberá adquirir el software necesario para almacenar las grabaciones.
A esas inquietudes, Campos agregó que este voto deja un precedente para que la Sala dé las mismas órdenes en otras cárceles, lo que podría limitar los decomisos de celulares, armas y droga.
“Vamos a valorar cómo podemos cumplir porque eso es un aspecto primero económico. Tiene que haberse presupuestado ese tipo de equipo y ya el cierre del presupuesto se fue, estamos hablando del presupuesto 2023, no tenemos ahorita posibilidades de cumplir con lo ordenado por la Sala”, declaró el jerarca.
“Sin tener ciertamente un hecho demostrado por agresión o abuso, prácticamente los magistrados que integran la Sala Constitucional saben que con esta medida lo que se está ordenando es la no realización de operativos policiales (...). ¿Cómo explicarle al pueblo que simplemente tengo que suspender los operativos porque no cuento con los recursos económicos para dotar de una cámara, como lo dice la resolución, a cada uno de los policías?”, agregó.
Los argumentos
El privado de libertad, de 33 años, alegó que además de las agresiones, le pidió a uno de los policías que lo trasladara al área médica de la prisión, petición que fue ignorada.
El preso envió al alto tribunal un dictamen médico legal que describe que ocho oficiales lo agredieron, uno lo golpeó con la barra policial en la cabeza, y el resto le pateó el hemitórax izquierdo. Luego con barras policiales le golpearon el hombro, brazo, muslo y pierna derechas. El preso describió haber perdido la conciencia algunos minutos.
El hombre fue atendido en la clínica del centro penal, donde le suturaron la cabeza y lo remitieron al Hospital San Rafael en Alajuela. Allí le realizaron radiografías que descartaron fracturas, le prescribieron analgésicos y le dieron de alta.
En su descargo, Susana Fonseca Rojas y Carlos Arias Cubillo, directora y jefe policial de Máxima Seguridad, relatan que el 23 de junio, un día después de la agresión relatada por el reo, tres policías entraron a la celda donde estaba el recurrente, quien estaba molesto porque no le movían la antena de televisión.
Según su versión, el recluso empezó a lanzar cloro que tenía en un balde con sus manos. “Asimismo, los golpeó con un palo de escoba que portaba, ya que estos portaban los escudos antidisturbios, siendo necesaria la utilización de la vara policial reglamentaria para detener la agresión en contra de los servidores”.
“De manera accidental el administrado es golpeado en la cabeza, momento en el cual suelta el palo con el que le estaba propinando golpes al cuerpo policial, resbalándose y cayendo al suelo, siendo reducido a la impotencia para mitigar su actuar violento”, señalaron ante los magistrados para denotar otros hechos violentos del implicado.
En su informe bajo juramento, el ministro Campos agregó que los funcionarios a los que les fue rociado cloro en sus rostros fueron trasladados a la clínica de emergencia de La Reforma , lo que conllevó a una incapacidad de cinco días. Posteriormente, los agentes policiales interpusieron la denuncia ante el Ministerio Público en contra del recurrente.
El jerarca afirmó que días después de lo sucedido, funcionarios del Ministerio de Salud visitaron la pasarela donde está ubicado el recurrente en una celda individual, por lo que el recluso pidió ser atendido por una funcionaria de esa instancia.
“Al momento que esta se acerca al tutelado el mismo le refiere una serie de amenazas e insultos en su contra. En ese mismo contexto, se denota por parte del recurrente un comportamiento agresivo y amenazante en contra del cuerpo policial como se evidencia en las situaciones informadas por estos funcionarios”, señaló Campos, quien también negó que en algún momento se le negara atención médica al recurrente.
Los magistrados pidieron a los jerarcas de esta cárcel los videos de las cámaras de seguridad que mostraran las agresiones contra el privado de libertad; no obstante, estos respondieron que la información de las cámaras se borra cada 30 días, por lo que ya era imposible aportar lo solicitado.
Entre sus conclusiones, la Sala determinó que “es clara la obligación de las autoridades accionadas de adquirir y utilizar cámaras portátiles en el momento de la intervención con privados de libertad. En mérito de lo expuesto, se declara con lugar el recurso de conformidad con los razonamientos indicados en cuanto a las lesiones del tutelado, pues no se logró demostrar la razonabilidad y proporcionalidad de la fuerza empleada contra este”.
En cuanto al reclamo del recluso de no haber recibido atención médica, los magistrados descartaron la lesión a sus derechos, pues corroboraron que sí la había recibido.