El publicista Marvin Brenes Oviedo fue condenado este lunes a 50 años de prisión por el feminicidio de Miriam Andrea Fernández, ocurrido el 29 de marzo del 2018.
La pena impuesta por el Tribunal Penal de Heredia comprende 35 años por el asesinato, 14 años por tentativa de feminicidio y 1 año y cuatro meses por agresión.
En total, la cantidad es de 50 años y cuatro meses de prisión, pero él descontará solo 50 porque es la pena máxima establecida en Costa Rica.
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La sentencia fue emitida por los jueces Maureen Sancho González, quien presidió el Tribunal, Guillermo Ampié Bonilla y Guillermo Arce Arias.
Asimismo, los juzgadores declararon con lugar la acción civil resarcitoria por ¢350 millones. Ese es el monto que el sentenciado deberá pagar a la familia de la víctima por los daños provocados con la muerte de Fernández.
La jueza Sancho además ordenó la apertura de una causa contra la hermana del feminicida, también de apellidos Brenes Oviedo, por el presunto delito de favorecimiento real, en el cual habría incurrido la mujer cuando, supuestamente, limpió la escena del crimen.
“El Tribunal ha ordenado un testimonio de piezas sobre la base de que analizando prueba recibida en juicio se ha determinado que el día 29 de marzo del 2018, ella (la hermana) de manera clara modificó el lugar de los hechos, por lo que el Ministerio Público deberá investigar”.
Dada la pena impuesta, los jueces le ampliaron la prisión preventiva a Marvin Brenes por seis meses, mientras la sentencia queda firme.
‘Contundente’ prueba pericial
En la lectura del por tanto, los jueces aseguraron que la “contundente” prueba pericial fue la que los condujo a dictar esa sentencia.
En su exposición, la jueza Sancho indicó que, por el hecho tan confuso, el patólogo que levantó el cuerpo de Fernández ordenó estudios “amplios para determinar la causa de muerte”.
Sobre todo porque los patólogos sabían que las lesiones que presentaba la ofendida resultaban incompatibles con una caída o un desmayo.
“Desde el punto de vista clínico no había explicación para el deceso, es hasta que se practica la batería de exámenes que se determina con certeza la causa de muerte”, apuntó la juzgadora.
Fue así como el expediente clínico y los hallazgos del profesional que levantó el cuerpo, sugieren que la mujer murió por estrangulamiento.
“Para el Tribunal no cabe ninguna duda de que usted es responsable de darle muerte a Andrea”, manifestó la jueza al ahora condenado.
Masculinidad tóxica
Explicado el porqué de la sentencia, la juzgadora detalló que la solicitud de pensión alimentaria que Andrea Fernández planteó contra Brenes Oviedo fue lo que detonó el malestar en él.
Calificó, además, las agresiones del 25 de diciembre del 2017 “tan graves” que la víctima solicitó medidas de protección. En esa fecha fue cuando él cometió la tentativa de feminicidio.
"Cuando pidió medidas de protección, Andrea relató cómo usted la toma del cuello y la trata de sofocar. Los padres de Andrea escucharon a Andrea y la vieron despeinada, con las extensiones en el piso y llorando. Le observan el cuello enrojecido, usted huye de la casa llevándose las llaves de la familia.
“La historia que ella relata se corrobora con el resultado de la pericia forense. Ese día usted quiso acabar con la vida de Andrea y no lo logró en virtud de la acción defensiva de ella”, recalcó la juzgadora.
Agregó: “Ella acude a los estrados judiciales para pedir medidas de protección, pone una denuncia penal e inicia un proceso de pensión alimentaria, esa circunstancia detona su molestia y la de su entorno familiar. Andrea empieza a sufrir presiones para que deje ese proceso de lado (...) y efectivamente ella accede a su solicitud, de esa forma usted logra que ella deje los procesos judiciales de lado".
Así las cosas, Sancho recalcó que Brenes ejerció una “masculinidad tóxica” sobre su pareja. “El Tribunal tiene claro que usted ejerció una masculinidad tóxica respecto de ella, asumió una posición de poder (...), decidió agredirla, maltratarla y acabar con ella”.
Reprochó esa accionar, sobre todo, porque ”Andrea era una muchacha interesada en resguardar su familia, enamorada de usted, excelente madre y, en virtud de esta situación, le interesaba conservar el matrimonio y decide retomar convivencia con usted. Es en ese momento, al convivir solos es que se da ese desenlace fatal de la muerte de Andrea a manos suyas".
El crimen
El crimen ocurrió en una cabaña en San Francisco de San Isidro, en Heredia.
En julio del 2018, casi tres meses después del hecho, la autopsia reveló que la joven de 20 años tenía una fractura en el hueso hioides, un signo de estrangulación.
Este hallazgo llevó al arresto de Brenes, quien estuvo recluido en la cárcel Carlos Luis Fallas, en Pococí, y luego en San Sebastián.
Dicho dictamen médico también demostró que las lesiones de la fallecida eran incompatibles con la versión del acusado, quien defendía que Fernández murió por una caída en el baño.