Judiciales

Fiscal general reprocha a Justicia por liberar reos sentenciados sin informarle

Carlo Díaz, fiscal general, dice que solo cuando la policía los detiene se percatan de que estaban libres antes de tiempo y otros andaban con tobilleras descargadas

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El fiscal general, Carlo Díaz, dice que hay sesiones de trabajo con los encargados de casos complejos como Cochinilla y Diamante. La idea es poner metas y revisar los avances periódicamente . Foto: (JOHN DURAN)

En el 2019, cuando el actual fiscal general Carlo Díaz Sánchez era fiscal adjunto de ejecución de la pena, una compañera le cuestionó por qué una persona que tenía una sentencia de 20 años estaba libre, si solo había purgado dos años en prisión.

La investigación de Díaz determinó que a nivel jurisdiccional no había ninguna autorización para que esa y otras personas sentenciadas estuvieran en libertad. Sorprendido por ese hecho, se dio cuenta de que el Instituto Nacional de Criminología (INC), del Ministerio de Justicia, se atribuye, vía reglamento, liberar reos, una acción que sólo corresponde a los jueces o de manera excepcional al Consejo de Gobierno, vía indulto, para delitos comunes y previa coordinación con el Poder Judicial.

Más allá de eso, el INC ni siquiera le comunica al Poder Judicial sobre los casos en que ha dejado libres a personas sin cumplir la sentencia, los cuales a veces ni siquiera ponen un pie en la cárcel.

A raíz de esa situación, en diciembre pasado, Díaz presentó a la Sala IV una acción de inconstitucionalidad para prohibir al Ministerio de Justicia liberar a personas sentenciadas sin aval de un juez. Dicho recurso está a la espera de resolución.

Una situación similar ocurre con el uso de tobilleras. Sobre ese y otros temas conversó el fiscal general en entrevista con La Nación el 1.° de febrero y esta es una parte de lo conversado.

– El hecho de que yo tenga que cumplir la ley y la Constitución fue lo que me motivó a presentar esa acción de inconstitucionalidad. La Asamblea Legislativa ha definido política criminal en materia de ejecución de la pena. Ellos han dicho que el órgano jurisdiccional puede aplicar el beneficio de ejecución condicional, que permite a las personas sentenciadas a una pena inferior a tres años, evitar hacerlo en un centro penitenciario cerrado. También el legislador ha dicho que los jueces pueden aplicar el arresto domiciliario con monitoreo electrónico y que pueden también aplicar la libertad condicional cuando la persona ya cumplió la mitad de la sentencia en un centro penitenciario cerrado y cumple con ciertos requisitos. Otra facultad que la ley permite es aplicar el pago de una multa en ciertos casos. El sistema ya nos da esas salidas, esto permite no institucionalizar personas y cuando me refiero a no institucionalizar es que no ingresen al sistema penitenciario.

– Que el INC está otorgando una libertad anticipada, muy similar a una libertad condicional, pero ilegalmente, porque lo están haciendo autoridades administrativas a través de un reglamento del sistema penitenciario que otorga esa facultad. Además, ni siquiera enteran a la Fiscalía ni a los jueces de esas liberaciones otorgadas. No nos damos cuenta, salvo en casos en que algún cuerpo policial las detiene y las presenta a la Fiscalía.

– Desde el 2019.

Fiscal general habla sobre errores de Justicia en liberación de reos y en control de tobilleras
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Fiscal general habla sobre errores de Justicia en liberación de reos y en control de tobilleras

– Sí, por supuesto el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) hizo un informe al respecto de la ubicación de estas personas y la reincidencia que se da. Está contenido en la misma acción de inconstitucionalidad y hay uno reciente, más actualizado. En uno de los casos, la persona que debía estar descontando un robo agravado fue liberada y cometió dos homicidios, un femicidio y un incendio porque creo que quemó una casa y un vehículo. Tenemos también, como ejemplo, una condena de diez años de prisión por un delito contra la Hacienda Pública, pero a los tres meses ya los sentenciados estaban en libertad. Asimismo, a una persona a la que se le denegó la libertad condicional en tres oportunidades por parte del Juzgado de Ejecución de la Pena, el INC ordenó trasladarla a un nivel de atención semiinstitucional, que se caracteriza por que andan en libertad y solo tienen que ir a pernoctar algunas veces en un centro específico.

“Los jueces de ejecución de la pena y nosotros como Ministerio Público tenemos participación cuando se nos somete a consideración un caso pidiendo libertad condicional y lo que hacemos es aplicar la ley y la Constitución, porque somos los únicos autorizados por ley a modificar una sentencia, pero en las liberaciones que se dan por parte del INC no tenemos ninguna participación. Inicialmente hicimos una gestión en el Gobierno pasado, a la ministra de Justicia (Marcia González), para que por lo menos se nos informara de esas liberaciones y hacer estudios o tomar de alguna manera las previsiones correspondientes, pero ni siquiera nos respondió esa gestión”.

– Hemos detectado que el INC, incluso a una persona que tiene monitoreo electrónico, se lo quita y lo ubican en el régimen semiinstitucional. También es muy común que la Fuerza Pública u otros cuerpos policiales, detienen una persona y cuando nos la presentan nos corresponde pedir los informes de incumplimientos a la unidad encargada del monitoreo electrónico y, efectivamente, ahí es donde nos damos cuenta que tenía múltiples incumplimientos, que tenía descargas de su aparato, que se mantuvo así por largos periodos y que no nos informaron oportunamente.

“O sea, obviamente se nos informa cuando la persona está detenida y cuando nosotros pedimos los informes, pero no se nos avisa, por ejemplo, que tenía salidas no permitidas desde su zona de inclusión e incluso en algunos casos hasta tienen descargas de horas o de días y eso no se nos informa”.

– Nosotros aplicamos la ley y la Constitución. Si la ley nos dice que se puede aplicar monitoreo electrónico, lo hacemos. Variarlo corresponde a un análisis de política criminal y eso no nos corresponde, sino que le toca a la Asamblea Legislativa, ya sería el legislador, por clamor popular o por lo que ellos consideren que tiene que hacer la modificación. Reitero que esa medida tiene tiene límites, por ejemplo no puede aplicar para condenas de más de seis años, tampoco en delitos sexuales o en crímenes violentos.

“Cuando encontramos una persona con incumplimientos en monitoreo electrónico, si bien no nos informaron oportunamente, hay posibilidad de rebajar los tiempos del incumplimiento, los tiempos en que estuvo apagado el dispositivo y todo eso se hace ante un juez. Esa gestión puede generar la revocatoria del monitoreo y el ingreso de esas personas a prisión por parte del juez de ejecución de la pena. Si es por medida cautelar, se hace ante el juez penal.

– Eso se tiene que analizar caso por caso. Unas veces lo que va a solicitar el Ministerio Público va a ser la prisión preventiva, en otros casos consideraremos que tal vez no sea necesario pues existe el arresto domiciliario con monitoreo electrónico, o que la persona deba firmar. En otros casos, que son la mayoría, consideramos que ni siquiera es necesario imponer algún tipo de medidas. Solo el hecho de decir se trata de un homicidio, no no implica que consideremos que en todos esos casos la persona sospechosa tiene que ir a prisión.

– Tienen que ver con atacar el rezago y descongestionar las fiscalías territoriales, así como atender el crimen organizado, principalmente lo relacionado con el narcotráfico y la violencia que se está generando actualmente. El tercer objetivo tiene que ver con atacar la corrupción y priorizar los delitos que producen mayor daño social. No vamos a descuidar, por supuesto, ninguna de las poblaciones vulnerables.

– Estos casos son prioridad para nosotros. Obviamente, por el volumen de prueba, que son teras de información recabadas en los allanamientos, tiene que ser analizada por los fiscales y por los peritos y eso consume mucho tiempo. Por ese volumen de la información, esos casos no son tan expeditos como los ordinarios.

– En su oportunidad, le dije a Glenn que contaba con él, pero él, me imagino que por cuestiones personales decidió trasladarse a una nueva Jurisdicción Especializada de Crimen Organizado (JEDO). No va a haber ningún problema en estos casos porque lo que cambió fue el líder. Hay equipos de trabajo conformados en cada uno de ellos y aunque haya partida de recurso humano valioso del Ministerio Público, reitero que no es una sola persona, es un equipo.

– Sí, esa es una preocupación que tenemos, pero reitero, los equipos de trabajo no se han visto afectados, más bien los hemos reforzado. El nuevo liderazgo en esa columna está enfocado en ellos y desde la Fiscalía General ya hay una supervisión de los mismos, incluso hacemos sesiones de trabajo. Ya empezamos con sesiones de trabajo en Delitos Económicos y la próxima semana empezamos las sesiones con los casos de Probidad y Transparencia. Estamos dándole ese seguimiento y poniendo objetivos y metas que periódicamente esperamos cumplir.

– Es una tesis, respetable, pero que no compartimos. Si la compartiéramos estaríamos requiriendo de manera inmediata alguna resolución de los juzgados, pero desde la conferencia de prensa ofrecida el mismo día de mi elección, dije que para nosotros esos artículos no están derogados. Hay corrientes, obviamente, los abogados van a decir que sí están derogados y ellos van a llevar hasta las últimas consecuencias sus tesis, pero nosotros también sostendremos que esa prueba es completamente válida.

Fiscal Carlo Díaz se refiere a nueva unidad de Delincuencia Organizada
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Fiscal Carlo Díaz se refiere a nueva unidad de Delincuencia Organizada

– Actualmente está funcionando, pero como un plan de contingencia, no ha entrado con todos los requisitos que la ley establece. Ese plan tiene las mismas plazas y está realizando funciones propias de esa jurisdicción, pero sin que haya entrado la ley todavía. Está a cargo de la columna de crimen organizado.

– Implica la creación de nuevas plazas. Si no me equivoco, son 14 fiscales auxiliares, con cuatro fiscales coordinadores y el adjunto, más personal técnico. Para nosotros es importante porque se le da un músculo robusto, por lo menos desde ahora, al ataque contra el crimen organizado.

– Encuentro una buena relación con el OIJ. Creo que ha mejorado muchísimo. Desde el primer día hemos tenido coordinación y actualmente sigue con el director interino y con el subdirector. Sobre el nuevo jerarca, espero que ojalá mantenga esta misma línea de trabajo conjunta.

– Muy bien, volvimos a una estructura que antes existía de columnas, en el sentido de que hay una columna que atiende las fiscalías territoriales con sus necesidades propias y objetivos propios, existe otra columna que es la del crimen organizado, la siguiente es la Probidad, Transparencia y Anticorrupción y finalmente, la de vulnerabilidades. Ahí tengo cuatro gerentes, que lideran y que hacen materializar los objetivos que nos hemos fijado.

– Sí, claro, en las fiscalías territoriales, por ejemplo, durante el año pasado, se logró la disminución de circulantes y en este año creo que también vamos por esa misma senda, porque tenemos una batería de fiscales dedicados a resolver casos de rezago y de descongestionamiento.

“En crimen organizado, con esta nueva batería de fiscales que se han unido a la Fiscalía que ya existía en narcotráfico, me refiero al plan de contingencia de la JEDO, también ha sido importante porque nos ha permitido acelerar algunas investigaciones que estaban programadas para realizarse, pero que por el escaso personal que teníamos, tenían que esperar. Esto también nos ha permitido resolver expedientes de crimen organizado de manera expedita.

“En Probidad, Transparencia y Anticorrupción, es la única que se ha mantenido trabajando en la línea establecida, pero desde la Fiscalía General estamos supervisando las principales causas. Tampoco hemos desatendido nunca a las poblaciones vulnerables, que están lideradas por otra persona”.

Hugo Solano C.

Hugo Solano C.

Periodista en la sección de Sucesos y Judiciales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación Colectiva de la Universidad de Costa Rica.

Vanessa Loaiza N.

Vanessa Loaiza N.

Editora de Sucesos. Trabaja en la Redacción de La Nación desde 1998. Se especializó en temas de Infraestructura, concesión de obra pública, contratación administrativa y Transportes.

José Andrés  Céspedes

José Andrés Céspedes

Fue periodista de Sucesos. Trabajó en La Nación desde el 2020 hasta el 2023. Graduado de periodismo en la UCR en 2022 y estudiante activo de la Licenciatura en Comunicación Estratégica de la UCR. Con experiencia en verificación de noticias falsas, coberturas de última hora, internacionales, temas laborales, migración y vivienda.

Paula Córdoba

Paula Córdoba

Graduada en la Universidad Internacional de las Américas. Anteriormente, laboró en las secciones de Investigación, Política y Sucesos y Judiciales de La Nación. En 2021, ganó el Premio Alberto Martén Chavarría de la Cámara Norteamericana de Comercio (AmCham).

Yeryis Salas

Yeryis Salas

Periodista. Bachiller en Periodismo de la Escuela de Ciencias de la Comunicación Colectiva de la Universidad de Costa Rica.

Natasha Cambronero

Natasha Cambronero

Editora de Investigación y Análisis de Datos. Máster en Periodismo de Investigación, Datos y Visualización de la Universidad Rey Juan Carlos de España. Licenciada en Comunicación de Mercadeo y periodista graduada por la Universidad Latina. Redactora del año de La Nación en 2016, 2022 y 2023. Premio Nacional de Periodismo 2022.

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