¿Por qué resultó absuelto Dinier Estrada Jiménez, alias Ojos Bellos, de cinco homicidios que se le imputaban? ¿Hubo realmente errores en la acusación como lo señaló el Tribunal de Juicio de Cartago?
Esas son algunas de las interrogantes que la fiscala general, Emilia Navas Aparicio, intenta responder.
Navas, junto a un fiscal especializado en delincuencia organizada, se impuso el propósito de analizar posibles fallas fiscales de la Fiscalía que pudieron haber llevado a esa sentencia.
Según confirmó el lunes la jefa del Ministerio Público, la revisión comenzó desde la semana pasada en compañía del fiscal Luis Quesada Brenes.
"El compañero fiscal tiene muchísima experiencia y, además, logró la condena contra este mismo imputado por asuntos de sicariato en Limón, pena que lo mantiene en prisión. El está analizando el expediente conmigo. Lo que tenemos que esperar es la sentencia integral para ver el análisis y la fundamentación de la misma", dijo Navas.
La sentencia absolutoria que revisan se conoció 30 de abril, cuando los jueces Marvin Arce Portuguez, Magaly Orube Rivera y Sailyn Ballestero Mora, del Tribunal de Juicio de Cartago, concluyeron que no tenían certeza suficiente para condenar a Ojos Bellos. Así lo manifestaron al anunciar la parte dispositiva o por tanto.
“Básicamente, el Tribunal ha llegado a la conclusión de que la acusación formulada por el Ministerio Público fue una acusación prematura. Un acusación que se formula sin haberse concluido la investigación policial”, expresó la jueza Orube
En ese proceso se juzgaron los homicidios de Oldemar Segura Brenes, Sady Díaz Geuman, Miguel Ángel Narváez y Allan Castillo Espinoza, ocurridos entre agosto del 2015 y julio del 2016, en La Unión de Cartago. También el del abogado Roy Roy Ching Leitón, asesinado en octubre de 2015 en Zapote.
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Además de Estrada, en este caso figuraron como acusados otros cuatro individuos de apellidos Estrada Sanarrusia, Jiménez Pérez, Monge Castro y Morales Chavarría.
Según Israel Jaén Cambronero, defensor de Dinier Estrada, está claro en que el Ministerio Público va a impugnar la resolución.
"Es un asunto muy mediático. Son muchos los delitos, actos muy graves y muchos los acusados. Es una realidad, que prospere, yo no veo que prospere una apelación porque no tienen prueba para condenar. Ningún testigo que llega a declarar a juicio logra observar a ninguno de los muchachos que se dice cometieron esos hechos", agregó.
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Carencias en acusación
Según explicaron los miembros del Tribunal, durante el proceso nunca llegaron a saber quiénes eran los testigos, que señalaban a los imputados como autores de los crímenes.
"Se tienen testigos con identidad protegida que nunca supimos quiénes eran y realizaron reconocimientos fotográficos de los imputados y esos testigos tampoco fueron ofrecidos acá.
"No pudimos darle credibilidad absoluta al dicho en los informes policiales porque ello atentaría contra el derecho de defensa de los imputados de conocer quienes son sus acusadores", explicaron.
Fue con estas consideraciones que absolvieron por duda, pues al mismo tiempo admitieron que existían algunos elementos para considerar a los implicados responsables.
Tales elementos, sin embargo, no fueron suficientes.
“Hay algunos indicios de que ustedes pudieron haber participado en grado de probabilidad alto en los hechos que se acusaron, no alcanzó eso para emitir una sentencia condenatoria", dijo la jueza al leer el por tanto.
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El abogado Jaén coincidió con lo expuesto por el Tribunal, pues alegó que se usaron solo testigos de referencia.
“La Fiscalía lo que pretende es que condenen con prueba documental como lo establecía el antiguo código procesal (se cambió en 1998), pero en este caso ninguno de los testigos, reitero ninguno, reconoce a las personas que se dice cometieron esos homicidios”, dijo.
Según dijo, "extrañamente", la Fiscalía señala a su defendido, Dinier Estrada, como líder de la banda, aunque solo le atribuyen un homicidio.
"No lo vinculan con los otros porque no tienen prueba ni para decir que él supuestamente los mandó a hacerlo (matar a las otras víctimas)", dijo.
Procesos contra Ojos Bellos
- Expediente 10-002631-0063-PE. En este caso el Ministerio Público acusa a Dinier Estrada y Jeremy Mauricio Rivas Picado de un delito de homicidio calificado en perjuicio de una escolar de 12 años, ocurrido en diciembre del 2010, en Limoncito de Limón. El asunto está para realizar el juicio, que sería el tercero en que se discuta el asunto.
- Expediente 16-001856-0063. Es la presunta comisión de seis homicidios y cinco tentativas de homicidio, ocurridos el 12 de julio y 02 de octubre del 2016, en playa Cieneguita y el centro de Limón. Se encuentra en investigación, en la etapa de recolección y análisis de prueba,
- Expediente 14-001524-0063-PE. Está en apelación. En este asunto Dinier Estrada y cuatro cómplices el 19 de julio del 2017 fueron condenado a 25 años de prisión por dos delitos de homicidio calificado en grado de tentativa. Los hechos habrían ocurrido la noche del 29 de junio del 2014, en Pueblo Nuevo de Limón.
- Condena en abreviado. El 14 de julio del 2017, en un proceso abreviado, Dinier Estrada fue sentenciado a 15 días de prisión por el delito de daños. Esto por que el día anterior, en la sala de juicio de los Tribunales de Goicoechea, donde se realizó el debate de caso en el cual fue condenado, al salir del recinto, golpeó una puerta con el pie.
Fiscala reordena la casa
Al tiempo que Emilia Navas tomó la determinación de revisar el expediente de Ojos Bellos, desde el pasado viernes 4 de mayo ratificó la designación de tres fiscales de confianza en puestos cercanos.
Se trata de los ascensos de Mayra Campos Zúñiga, Carlos Meléndez Sequeira y Paula Guido Howell, de fiscal adjunto 1 a fiscal adjunto 2.
Campos, quien también es fiscala subrogante (es decir sustituye a la fiscala general en su ausencia) se desempeña en la Unidad de Capacitación. Meléndez es el encargado de la Fiscalía de Probidad, Transparencia y Anticorrupción y Paola Guido, la responsable de los asuntos sobre corrupción, como el caso del cemento chino.
Estas designaciones serán por el lapso de un año. "Si es necesario que se mantengan por más tiempo se les prorrogará el año. Si hay que cambiar las prioridades y se necesita a otros compañeros en esos cargos dependiendo de las tareas entonces se pueden cambiar", dijo Navas.
La fiscala agregó que se trata de gente que tendrá en sus manos "tareas muy importantes para el buen desempeño del Ministerio Público".