El Ministerio Público exoneró del delito de tráfico de influencias a nueve personas por un contrato de asesoría en relaciones públicas y comunicación firmado en octubre del 2011, entre la empresa Procesos, Investigación y Asesorías y la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope).
La compañía Procesos es propiedad de Flor Isabel Rodríguez, exasesora de la expresidenta Laura Chinchilla y esposa de quien fuera ministro de Hacienda, Fernando Herrero.
La decisión se adoptó después de una pesquisa que dilató más de cuatro años. Ante esto, el Juzgado Penal de Hacienda, dictó, el pasado 3 de junio a las 8:02 a. m., un sobreseimiento definitivo a favor a los nueve investigados. De esta forma, el expediente se archiva.
La investigación determinó de que los hechos acusados no están adecuados a ninguna figura penal, ni tampoco existe la posibilidad de incorporar nuevos elementos probatorios al proceso, informó la oficina de prensa de la Fiscalía General.
Jurídicamente estos elementos se conocen como “atipicidad y falta de prueba” y están regulados en los incisos b y e del artículo 311 del Código Procesal Penal (CPP), comunicó la entidad.
Este fallo exonera a la politóloga Flor Isabel Rodríguez; a la exdirectora de Fodesaf, Amparo Pacheco Oreamuno; avla exasesora del ministerio de Educación, Gladyz González Rodríguez y al exministro de Educación, Leonardo Garnier Rímolo; a la jefa de prensa de Recope, Shionny Porras Moya, al expresidente de esa compañía, Jorge Villalobos Montero y al exgerente general, Jorge Rojas Montero. También al exvicepresidente de la República, Luis Liberman Ginsburg; y, asimismo, a Adrián Chinchilla Miranda, hermano de la expresidenta Laura Chinchilla.
Abogados de varios de los investigados coincidieron en que el caso no prosperó porque no se encontró ninguna anomalía.
Largo proceso. Esta causa se abrió el 10 de abril 2012, siete días después de que La Nación divulgara una investigación sobre convenios hechos en 2011, entre Procesos y el Gobierno (Administración Chinchilla 2010-2014). Los servicios contratados eran asesorías en comunicación, estudios de opinión, asesorías estratégicas y manejo de crisis.
Uno de los convenios fue una “contratación directa por servicios de escasa cuantía” en Recope, por ¢18 millones.
El objeto del contrato era dar asesorías a la junta directiva de Recope sobre el plan de modernización de la refinería de Limón.
En el expediente de esa compra se incluyeron cartas de recomendación presentadas por Procesos, las cuales estaban firmadas por Adrián Chinchilla; Luis Liberman y Leonardo Garnier.
También, en la documentación constaba que aparte de la firma Procesos, la Refinadora invitó a participar en la licitación a tres empresas dedicadas a la venta de materiales de construcción. Por tanto, esas compañías no podían competir con Procesos.
Como parte de la investigación, miembros de la Fiscalía de Probidad, Transparencia y Anticorrupción, jueces y 20 agentes del OIJ allanaron el 19 de abril las oficinas centrales de Recope, las de la Procesos y la casa Flor Isabel Rodríguez. Luego, la Fiscalía incluyó a otras personas.
Mientras eso sucedía la presidenta Chinchilla, en julio de ese mismo año, emitió dos resoluciones en las cuales exoneró a Liberman y a Garnier de haber cometido faltas a la ética.
Por su lado, Herrero renunció a la cartera de Hacienda el 2 de abril del 2012.
El plan conjunto con China para modernizar la refinería de Recope en Moín tampoco prosperó luego de años de estudios y gastos, que solo en el 2015 representaron $4,3 millones.
Celebran. El abogado Erick Ramos Fallas, defensor de Rodríguez, dijo que recibieron la notificación con mucho beneplácito.
“El Juzgado Penal dictó sobreseimiento a favor de mi representada, básicamente a petición del Ministerio Público, pues no se encontró ninguna situación que se considerara irregular”, dijo.
Agregó que durante la investigación “se logró establecer que no hubo ninguna anomalía por parte de mi cliente. Más bien se determinó que sus actuaciones fueron conforme a derecho”.
Reacción similar expresó Manrique Lara Bolaños, abogado de Jorge Villalobos.
“La Fiscalía no encontró que el presidente ejecutivo de Recope haya incurrido en ninguna falta, ningún descuido, ningún error (...). Efectivamente se contrató a una compañía que era experta en el tema y prestó el servicio para el cual había sido contratada”, narró el litigante.
En este asunto la Procuraduría de la Ética Pública no presentó ninguna querella al Juzgado Penal de Hacienda. Tampoco consta que se opusiera al dictado del sobreseimiento.
El delito de tráfico de influencias castiga con pena de dos a cinco años de prisión a las personas que influyan para la obtención de un contrato, una licitación o en el dictado de alguna resolución.