Desde el pasado 28 de junio, el Ministerio Público ordenó una investigación tendiente a determinar si existe responsabilidad penal para alguna persona por la filtración del expediente del Caso Cochinilla.
La orden para abrir la pesquisa la giró el fiscal subrogante para este asunto, Miguel Ramírez López, quien indicó que las labores estarán a cargo de la Fiscalía Adjunta de Fraude y Cibercrimen.
El anuncio lo hizo el funcionario desde el pasado 28 junio cuando atendió a la prensa para despejar dudas sobre el mencionado caso.
En ese momento, uno de los aspectos que tocó fue la preocupación porque varios medios de comunicación divulgaron parte de las transcripciones de las intervenciones telefónicas, que constaban en el expediente judicial.
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“Tenemos el de la fuga de información que se da también con respecto a los informes y (....), estamos en un proceso investigativo que se abrió en la Unidad de Fraudes. Tenemos que darle el trámite que corresponda.
“El hecho es claro, la situación ya se dio y por ende se abrió expediente y se mantiene en la Fiscalía de Fraudes. Ahí estaremos haciendo el análisis del caso (...), porque si bien es cierto el secreto de las actuaciones es importantísimo (...) un expediente fugado por un funcionario o un tercero provoca una serie de inquietudes”, añadió en aquel momento.
Dicho asunto lo volvió a retomar, el Tribunal Penal de Hacienda, a cargo del juez Hugo Porter Aguilar, al resolver una apelación de la Fiscalía contra las fianzas fijadas a los empresarios Mélida Solís y Carlos Cerdas, quienes figuran como sospechosos del Caso Cochinilla
En su resolución, divulgada este lunes, el tribunal hizo mención a la privacidad de las actuaciones en el procedimiento preparatorio el cual no debe ser público para terceros, según lo establece el artículo 295 del Código Procesal Penal.
“Fui puesto en conocimiento por los señores defensores de los acusados, que inmediatamente después de los allanamientos, e iniciada la diligencia de audiencia de medidas cautelares, diversos sectores de la sociedad, contaban ya no con información del expediente, sino con una copia del original, que en medios de prensa se publicitaban documentos o extractos de documentos.
“Este hecho es censurable, no desde la óptica de los medios de comunicación, cuya finalidad máxima podría sintetizarse en recolectar, analizar y publicar informaciones sobre hechos o acontecimientos específicos siempre utilizando fuentes seguras y verificables; sino la censura nace de la ausencia de una custodia eficiente para evitar la publicidad de un proceso penal.
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“Deberá el Ministerio Público, desplegar actos de investigación suficientes para poder concretar la autoría de esta publicidad del sumario, no solo en defensa de las personas que se han visto involucradas en el caso, sino por las mismas pesquisas judiciales y el descubrimiento de la verdad”, señaló el jurista.
De acuerdo con el Código Penal, esta acción podría ser sancionada con el delito de divulgación de secretos que está sancionado en el artículo 203.
“Será reprimido con prisión de un mes a un año o de treinta a cien días multa, el que teniendo noticias por razón de su estado, oficio, empleo, profesión o arte, de un secreto cuya divulgación pueda causar daño, lo revele sin justa causa. Si se tratare de un funcionario público o un profesional se impondrá, además inhabilitación para el ejercicio de cargos y oficios públicos, o de profesiones titulares, de seis meses a dos años” señala la norma.
El caso Cochinilla trascendió el lunes 14 de junio, cuando se realizaron más de 50 allanamientos que permitieron la detención de 30 personas, mientras que otras 40 también están siendo investigadas sin haber sido detenidas.
Se trata de empresarios de constructoras, así como de empleados y exempleados del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) y de otras dependencias del Estado.
A los implicados se les atribuye la presunta malversación de fondos del Conavi que, según el OIJ, generó un déficit de ¢78.000 millones entre el 2018 y el 2020 en contratos de obra pública y se tramita en la causa 19-000025-1218-PE.
En la documentación judicial se detallan supuestos sobornos con licor, dinero en efectivo, vehículos y “favores sexuales”, para premiar a ciertas constructoras que competían por proyectos financiados con fondos públicos.