Algunos diputados “entorpecieron el procedimiento” de aprobación del proyecto de ley que pondría a funcionar, después de más de cuatro años de espera, la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada, aseguró la legisladora del Partido Nueva República, Gloria Navas.
Este expediente, respaldado también por el Poder Judicial, establece que la nueva jurisdicción entraría a regir en el primer bimestre del 2023, lo que abriría plazas para jueces, fiscales y defensores públicos especializados en asuntos de crimen organizado, además de ampliar plazos en procesos penales de este tipo.
Navas, presidenta de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, dijo a La Nación que ha habido acercamientos entre las fracciones y el Poder Ejecutivo para lograr que el texto llegue al plenario pronto, pues el Congreso se encuentra en periodo extraordinario (agenda la propone el Gobierno).
Según Navas, “el proyecto estaba listo para ser aprobado, y resulta que aquí hay unos cuantos diputados, una minoría (no los citó), que entorpecieron el procedimiento de la comisión precisamente para impedir que lo conociéramos en plenario”.
Explicó que el texto se ha visto atrasado por quienes impulsan otro expediente, el número 23.208, el cual busca restituir la vigencia del artículo 2 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, número 8754.
Este artículo estipula que el Ministerio Público podrá solicitar ante el tribunal en cuestión “una declaratoria de aplicación de procedimiento especial”, en caso de que los hechos investigados califiquen como delincuencia organizada. Esta medida permite la extensión de plazos de los procesos penales y avala el uso de intervenciones telefónicas en la investigación.
Carolina Delgado, parlamentaria del Partido Liberación Nacional (PLN) que presentó el texto número 23.208 en junio, alega que el artículo 2 se encuentra derogado.
¿Qué tiene que ver el expediente 23.208 con la jurisdicción de crimen organizado? El asunto se inició en el 2017, cuando la Asamblea Legislativa creó la Ley número 9481, la cual ordenó crear dicha jurisdicción y derogaba los artículos 2, 3, 6 (parcialmente) 7 y 9 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, pues ya no iban a ser necesarios.
Un informe de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa explicó que la Ley 9481 iba a entrar a regir en octubre del 2018, pero por falta de presupuesto, los diputados aprobaron otro proyecto con un artículo para aplazarla hasta el 14 de octubre del 2019. Una vez más, la aplicación de la norma debió demorarse, esta vez de forma indefinida, pero la nueva postergación rigió a partir del 30 de octubre del 2019.
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Según Delgado, y el criterio de Servicios Técnicos, existió un plazo de 16 días (entre el 14 y el 29 de octubre del 2019) en que la Ley 9481 se hizo efectiva y, por ende, derogó los artículos de la Ley Contra la Delincuencia Organizada (8754), entre ellos el artículo 2.
La liberacionista afirmó que está de acuerdo con el proyecto que pondría a funcionar la jurisdicción de crimen organizado, pero este no devolverá la vigencia al artículo 2, por lo que primero debe aprobarse el expediente 23.208.
“Hoy, dependiendo de donde lo juzguen, a usted le pueden aplicar el artículo 2 porque creen que está vigente y en otros juzgados le van a decir que no lo van a aplicar porque creen que no está vigente, entonces no tenemos igualdad ante la ley”, señaló Delgado.
La congresista aseveró que la derogatoria afectó casos como el de la banda de Los Gery, pues en marzo una jueza determinó que los artículos en cuestión no tenían efecto para ampliar medidas cautelares.
Posteriormente, el Tribunal Penal de Cartago ordenó la recaptura de los 24 sospechosos liberados.
‘Ese proyecto es peligroso’
No obstante, tanto Navas como Priscilla Vindas, diputada del Frente Amplio y también integrante de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, afirmaron que la posible vigencia de ese artículo le corresponde al Poder Judicial determinarla y no a los legisladores. Para ellas, si el Congreso dictamina que dicho artículo no está vigente, se podrían caer expedientes penales en curso donde ha sido aplicado.
“Ese proyecto es peligroso por cuanto, realmente, el tema específico se está discutiendo en los tribunales de justicia, es un tema jurisdiccional que tiene que resolver la Corte”, declaró Navas.
“No somos nosotros quienes tenemos que llegar a decir si la norma está o no derogada. Este artículo, si decimos que está derogado, nos traemos abajo casos tan importantes como Cochinilla, Diamante y el Cementazo. Ningún costarricense, a excepción de las personas implicadas, va a querer que se vengan abajo”, aseveró Vindas, quien no atendió a La Nación porque se encontraba fuera del país, pero su asesor de Comunicación facilitó declaraciones brindadas a otro medio sobre el mismo tema.
La magistrada presidenta de Sala Tercera, Patricia Solano, ante consulta de La Nación, evitó emitir criterio sobre la vigencia del artículo 2.
“Es una potestad legislativa dictar las leyes, la Asamblea Legislativa decide cual ley promulga, y cuál ley no promulga. En este momento, por lo menos a nosotros lo que sí se nos hace necesario es la aprobación del expediente 23.090 (para activar la jurisdicción de crimen organizado)”, señaló Solano.
La magistrada de Sala Tercera, Sandra Zúñiga, también evitó ahondar en el tema tras ser consultada por este medio.
No obstante, en una audiencia del 13 de octubre ante la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, Zúñiga aseguró que el proyecto 23.090 es incompatible con el 23.208.
“Sería un ejercicio de una doble declaratoria; una declaratoria de que supuestamente el asunto es de delincuencia organizada y otra para que se justifique llevarlo a la jurisdicción especializada”, dijo la magistrada.
Agregó que en el expediente 23.208 se afirma que no tiene aplicación la normativa relacionada con el Procedimiento Especial de Tramitación Compleja, el cual se usa para procesos que no califican como delincuencia organizada, pero sí cuentan con gran cantidad de imputados o delitos. El 23.090, por el contrario, sí habla de la aplicación de dicho procedimiento.
“Creo que tienen una visión distinta, Respeto y agradezco el esfuerzo que se hace en la propuesta de este otro proyecto, el 23.208, porque estoy convencida que se hace de corazón con las mejores intenciones, pero sinceramente a mí sí me preocupa”, dijo Zúñiga a los diputados, antes de afirmar que la Sala Tercera “está esperando que llegue a su seno el planteamiento de la discusión de este asunto para emitir pronunciamiento” sobre el artículo 2 de la Ley 8754.
Por su parte, el nuevo fiscal general, Carlo Díaz, había manifestado en su primer conferencia de prensa que todos los artículos de la Ley Contra la Delincuencia Organizada siguen vigentes. El mismo criterio mantenía el fiscal general interino, Warner Molina.
El 1.° de marzo, el Ministerio Público envió un comunicado en que indicaba que la jurisdicción de crimen organizado no ha entrado a regir y que varios tribunales de apelación han acogido la posición de que los artículos de la Ley Contra la Delincuencia Organizada siguen vigentes.
Días después, la institución reiteró su posición y argumentó que en setiembre del 2018, en la primera postergación de la Ley 9481, los diputados establecieron que esta regiría 24 meses después de la publicación de la ley postergadora, no de la ley original. Eso significa que regiría en setiembre del 2020, y no el 14 de octubre del 2019, por lo que no hubiera quedado el margen de 16 días en que se activó la Ley 9481.
Según el abogado penal, Erick Gatgens, sería inconstitucional que la Asamblea Legislativa apruebe un proyecto que modifique criterios judiciales de forma retroactiva. De igual forma, aseguró que los artículos en cuestión sí están derogados y, así, incluso, lo determinó una jueza del caso Cochinilla.
Gatgens agregó que los criterios en el Poder Judicial que defienden lo contrario “pretenden tapar el sol con un dedo. Diciendo que no están derogados e incurren en argumentos inválidos, inaceptables para tratar de sostener que las normas están vigentes”, aseveró.