Las personas condenadas por delitos sexuales, contra la vida y crimen organizado como el narcotráfico o legitimación de capitales (lavado de dinero) no podrán solicitar medidas alternas a la prisión, como régimen de confianza o semiinstitucional, hasta que cumplan como mínimo la mitad de la pena.
Así lo establece un decreto presidencial firmado este miércoles por el mandatario, Rodrigo Chaves, que reforma el Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional para endurecer las condiciones que rigen actualmente para los privados de libertad responsables de haber cometido esos delitos, cuyas penas van desde los 8 años en prisión.
En la actualidad, el artículo 194 de ese reglamento establece las condiciones en las que se pueden otorgar permisos controlados de salida para las personas sentenciadas.
Específicamente, establece que el Instituto Nacional de Criminología (INC), adscrito al Ministerio de Justicia, solo podrá revisar un posible cambio en la medida de reclusión siempre y cuando el condenado: haya cumplido al menos un tercio de la pena impuesta, no tenga causas activas u otras sentencias de prisión; tenga buenas relaciones de convivencia en la cárcel, sin sanciones disciplinarias, cuente con apoyo externo y que su eventual egreso no ponga en condición de vulnerabilidad a terceras personas.
En cambio, con el decreto presidencial, la evaluación de un eventual traslado a un regimen semiinstitucional exige que los privados por crimen organizado o los otros delitos ya mencionados, deben cumplir como mínimo la mitad de la pena.
“Sepan que se van a chupar en la cárcel al menos seis años y que luego de eso Adaptación Social va a tener que justificar mucho si le da algún beneficio”, explicó el presidente de la República, Rodrigo Chaves, durante la conferencia de prensa posterior al Consejo de Gobierno.
El mandatario indicó que cree en la “reinserción social” y en los derechos humanos de todos los seres humanos, pero que la situación actual exige “ser mucho más rigurosos en este tema”, añadió.
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Gerald Campos, ministro de Justicia y Paz, aseguró que el decreto deja en firme la posición de Adaptación Social sobre estos casos.
Miles de revisiones
Según datos suministrados por ese despacho, el INC analizó, en el quinquenio 2018-2022, un total de 9.030 solicitudes de reubicación al régimen semiinstitucional. De ese total, 6.004 fueron aprobadas (66%), 2017 fueron denegados (23%) y en los 909 procesos restantes se solicitó información adicional antes de resolver (10%).
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El régimen de confianza o semiinstitucional es una alternativa que se le otorga al privado de libertad al revisarse la forma en la que cumple su condena. Este régimen incluye la posibilidad de salir durante el día y regresar en la noche a un centro penitenciario o simplemente presentarse a firmar cada cierto tiempo.
Según el artículo 194 del Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional, los permisos controlados de salida buscan “contribuir en la preparación para el egreso definitivo de las personas privadas de libertad, mediante el fortalecimiento de sus vínculos familiares y sociales”.
El anuncio del mandatario sobre la reforma al Reglamento surge en medio del aumento en la criminalidad e inseguridad del país, con dos homicidios diarios y constantes asaltos y ataques a mano armada que cobran decenas de víctimas. De continuar ese comportamiento, el año cerraría con casi 900 homicidios, de acuerdo con las proyecciones del Organismo de Investigación Judicial.
El 2022 cerró como el año con más asesinatos con 656 muertes y una tasa de 12,6 asesinatos por cada 100.000 habitantes.
Desde 1971 se estableció la importancia de que el país contara con una ley de ejecución de la pena, no obstante, hasta el momento la Asamblea Legislativa no la ha aprobado y tras varios intentos en 2007 y 2013 las propuestas fueron archivadas. Desde febrero de 2020 un nuevo proyecto se estudia en el Congreso para su discusión en primer debate.
Colaboraron Juan Diego Córdoba, Hugo Solano y Vanessa Loaiza.