"Lo que dijo don Bismark (Espinoza Martínez, el sentenciado) es una mentira, no solo por la dinámica, sino también porque le mintió a la Policía de que llegó un vehículo a recoger a doña Carla (Stefaniak, la víctima) y ella nunca salió de las villas. A partir de ese momento, se comienza a caer la coartada que dio Bismark.
"Era el único de los trabajadores de la villa que tenía conocimiento de la topografía del sitio y que sabía dónde podía ocultarse un cadáver (...).
"El Tribunal, a partir de la construcción de un hecho indicador como lo es el deceso de doña Carla y de la aparición de su cuerpo, realiza el examen lógico e hilvana cada indicio aplicando la máxima de la experiencia y arriba a la conclusión de que Bismark le dio muerte a Carla.
“Don Bismark tenía acceso a la posibilidad de limpiar las villas, lo que encuentran ahí (en la villa en la que se alojaba Stefaniak) es una lata de jugo y la cama un poco desacomodada. Él se encargó de dejar ciertos rastros, pero para cualquier observador la villa estaba limpia. Él tuvo todo el tiempo para cometer el hecho, para desaparecer los rastros y lanzar el cuerpo sin vida en una de las partes más recónditas del lugar”.
De esa forma explicó el juez Eduardo Rojas los argumentos que lo llevaron a concluir, junto con sus compañeros Simón Guillén y José Alberto Vargas, que Bismark Espinoza Martínez, quien laboró como guarda del hotel Le Mas de Provence, en San Antonio de Escazú, San José, fue el responsable de matar a la turista venezolana Carla Stefaniak entre la noche del 27 y la madrugada del 28 de noviembre del 2018.
Espinoza fue condenado este lunes por la tarde a 16 años de prisión por el delito de homicidio simple, ya que a criterio de los jueces del Tribunal Penal de Pavas, no existieron elementos suficientes para comprobar que se trataba de homicidio calificado. Este último ocurre cuando hay alevosía o ensañamiento, o bien, cuando se realiza para preparar, facilitar, consumar y ocultar otro delito o para asegurar sus resultados, según establece el artículo 112 del Código Penal.
No obstante, el juez fue claro en que, en este caso, no se pudo determinar de qué forma sucedieron los hechos, ni comprobar la finalidad del sentenciado al disponer de los bienes de la extranjera, quien vino de paseo a Costa Rica para celebrar su cumpleaños número 36.
“Ella venía a disfrutar, a vivir", aseguró el juez Rojas, quien destacó que el asesinato de Stefaniak, cuyo cuerpo fue ubicado el 3 de diciembre del 2018, afectó a toda su familia.
Al conocer la sentencia, Carlos Caicedo, padre de la turista, confesó estar frustrado, ya que considera que la pena se queda corta ante lo ocurrido.
“Yo aspiraba a una verdadera justicia que sentara un precedente (...). Me queda un sinsabor, una frustración y un dolor que nadie me lo podrá quitar”, aseveró Caicedo.
David Hernández, uno de los abogados encargados de la querella, manifestó que analizarán la sentencia integral para definir qué acciones tomar, ya que no se sienten satisfechos, pues consideran que el delito constituía un homicidio calificado.
Por su parte, Ricky González, representante del Ministerio Público, mencionó que las pruebas les permitieron tener tranquilidad durante el proceso y que al tener el documento escrito de la decisión de los jueces procederán a realizar un análisis, para determinar si se toma alguna medida adicional.
Acción civil para el padre
Durante el debate, se planteó una acción civil por daños morales y materiales, ante lo cual los jueces determinaron que será de ¢30 millones y debe ser pagada por el hotel y Espinoza.
Para ellos, el daño es únicamente moral, ya que el material no se pudo calcular. Además, aclararon que el reclamo fue interpuesto a título personal de Caicedo y no de toda la familia.
"Estamos claros en que hubo un hecho y como consecuencia una responsabilidad desde el punto de vista civil, donde la ley establece una compensación. Esto no es ponerle valor a un ser humano, sino que el ordenamiento jurídico da la posibilidad de una compensación por el sufrimiento y dolor que atravesó como consecuencia de la muerte de su hija.
“Acá lo escuchamos (a Caicedo), tuvimos la posibilidad de examinarlo y vimos el nivel de afectación generado a él”, detalló Rojas en su explicación.
Para el órgano colegiado, al hotel sí le asiste responsabilidad civil porque esta sociedad fue la que contrató a Espinoza para brindar servicios de seguridad en el alojamiento.
Apelación
El abogado de Espinoza, Guido Núñez, afirmó, luego de conocer la condena, que apelarán la decisión, ya que para él su cliente es inocente y defenderán ese argumento hasta el final.
Aseveró que, aunque respeta la decisión tomada, analizará con detenimiento la sentencia integral y procederá a plantear la apelación correspondiente.
“La defensa no puede compartir los argumentos del Tribunal, hay varios aspectos que esperaremos de la sentencia escrita para tomar la determinación”, dijo Núñez.
Comentó que su cliente, de 33 años, está tranquilo y a la espera de lo que pueda ocurrir en los próximos meses.
Insistió en que en el cuerpo de Bismark no se encontraron rasguños ni nada, argumentos que expuso durante sus conclusiones para pedir que se absolviera a su representado.