El 29 de octubre del 2018, la Corte Plena acordó constituir la Comisión de apoyo integral para personas funcionarias judiciales con padecimiento de cáncer, con una única integrante, una magistrada suplente.
Dos años después, el archivo de la Secretaría de la Corte no registra ninguna información adicional sobre la labor ejecutada por ese grupo.
La fallida gestión de esa comisión es citada como ejemplo por el magistrado de la Sala Tercera, Gerardo Rubén Alfaro Vargas, para concluir que de las 107 comisiones que actualmente están vigentes y que dependen de la Corte Suprema de Justicia, muchas están inoperantes.
"Al tratar de documentar la labores de esos grupos, se concluye que en no pocas ocasiones las comisiones no han exhibido la continuidad deseada, se denota una ausencia de renovación, duplicidad de funciones, incumplimiento de las disposiciones reglamentarias vigentes (en cuanto a los plazos de vigencia de los nombramientos), entre otras falencias”, señaló Alfaro.
El alto juez hizo la manifestación al exponer el resultado de una investigación sobre lo sucedido con esos grupos de trabajo, pues existía la inquietud entre los magistrados de que había una proliferación desmesurada de comisiones, cuyo resultado del trabajo era incierto y que no había claridad sobre el marco jurídico que las regula.
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El estudio detalló que el Poder Judicial tiene 107 comisiones, de las cuales siete son creadas por leyes y otra por un decreto ejecutivo. Esas ocho, se constató, están debidamente integradas y se reúnen de acuerdo a las disposiciones establecidas. Empero, hay otras 99 que surgieron en los últimos 20 años que son producto de acuerdos de Corte Plena, y de muchas de ellas se desconoce su labor.
Los magistrados, tras conocer el informe, decidieron emplazar a los miembros de las comisiones para que informen sobre si consideran que deben seguir operando, al tiempo que estimaron oportuno discutir a la mayor brevedad posible un proyecto de reforma integral al Reglamento General de Comisiones del Poder Judicial, que está en la secretaría de la Corte, desde el 5 de agosto del 2016.
Viejo tema
La inquietud sobre la labor de las comisiones dependientes de la Corte Suprema de Justicia lo discutieron los magistrados el pasado 25 de mayo. Empero, no era la primera vez que el tema se analizaba en Corte Plena pues en junio del 2014, los altos jueces hablaron sobre la misma situación pero no tomaron medidas. En aquel momento solo dispusieron gestionar una reforma al reglamento de comisión, el cual sigue sin aprobarse.
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En el 2014 surgió un detalle interesante cuando el exmagistrado Gilbert Armijo Sancho manifestó: "Ciertamente las horas hombre de nosotros son increíblemente caras y aquí hay tantas comisiones como temas que se quiera que existan y francamente es muy difícil dar seguimiento a estas comisiones.
“Habría que analizar si esta inversión que se hace tiene un beneficio directo sobre la institución o si solamente es ficticio, y si realmente hay un resultado real o nada más es una reunión donde se plantean ciertos temas, pero no se concretan todos los que deberían concretarse”.
Al parecer lo dicho por Armijo se olvidó, pues según reveló Gerardo Rubén Alfaro, en la actualidad existen comisiones integradas por una sola persona, entre las cuales citó, la Comisión que analizará el tema de retraso judicial, la Comisión de protección de datos y la Comisión encargada de llevar los controles gerenciales y operativos del programa 927.
“En la práctica, poco ha cambiado desde 2014. Se considera pertinente, entonces, que en el seno de Corte Plena (en donde además es notable la renovación de su composición acaecida en los últimos años), se discuta la propuesta de reforma al reglamento. Se trata de una tarea pendiente desde hace, al menos, un lustro, pero cuyo avocamiento es ineludible”, advirtió.
Al respecto mencionó que el reglamento vigente de comisiones establece que cada una de ellas debe estar informando a la Corte Plena cada tres meses sobre su gestión.
“Imagínense ustedes, 99 comisiones dependientes de Corte Plena, sin incluir las de creación legal, nosotros (Corte Plena) tendríamos probablemente dos o tres años para ir conociendo los informes de cada una de las comisiones”, señaló.
Tipos de comisiones
La Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) es la normativa que da origen a la creación de comisiones en el Poder Judicial. Establece tres tipos; permanentes, especiales y temporales.
Permanentes: las creadas por ley y son: Consejo de la Judicatura, Consejo Directivo de la Escuela Judicial, Consejo de Personal, Comisión de Enlace Corte-OIJ, Comisión de Salud Ocupacional, Comisión de Relaciones Laborales y Junta Administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial. Además esta la Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia (CONAMAJ), creada en 1985 mediante el decreto ejecutivo.
Especiales: son aquellas que se nombren para el estudio de un asunto determinado o para el cumplimiento de una misión específica.
Temporales: es cuando, por la naturaleza del encargo, se establezca que su cometido debe ser cumplido en un plazo determinado. Salvo disposición legal en contrario.