La distracción de tres jueces del Tribunal de Juicio de Goicoechea, quienes utilizaron sus celulares durante varias audiencias por un caso de narcotráfico, causó la anulación de una condena de 10 años dictada contra tres individuos.
La decisión fue tomada por el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de San José, en el voto N.° 166-15, del 2 de febrero del 2015.
En el fallo fueron detalladas todas las veces que los jueces Francini Quesada Salas, Andrés Mora Quirós y Mariela Villalobos Soto manipularon sus celulares, según consta en los videos grabados por la cámara que los enfocaba.
Los juzgadores sacaban sus celulares en diversos momentos del desarrollo del juicio como en la lectura de la acusación, la declaración de testigos, la recepción de prueba y las conclusiones de los defensores.
Según el criterio del Tribunal de Apelación, hubo tantas distracciones –principalmente de la jueza Quesada– que incidieron en la percepción, análisis y valoración de las pruebas.
“Hubo una reducción temporal de la capacidad de percepción o de observación de los jueces, que no todo el tiempo ellos estuvieron prestando la atención debida e indispensable para asegurar una correcta decisión”, señala el voto de los jueces Luis Arce, Ana Isabel Solís y Joe Campos.
Desconcentrados. Según explicó el Tribunal, las distracciones ocurrieron durante las declaraciones de testigos e imputados, lo que compromete la validez de las conclusiones.
Por ejemplo, luego de que la jueza Quesada manipulara varias veces su celular, cuando estaba tomando los datos de uno de los imputados, tras haberle preguntado el nombre de sus progenitores, ella dice: “No me ha quedado claro, ¿ya yo le pregunté el nombre de su padre y de su madre? […] okay , gracias disculpe...” (sic).
El Tribunal de Apelación aclaró que la consulta ocasional del celular, como un mensaje de texto, no implica necesariamente la nulidad de la sentencia, sino solamente cuando el uso del aparato es muy reiterado.
Reclamo. El debate se desarrolló en cinco días distintos, entre el 11 y el 25 de agosto del 2014, contra tres sujetos acusados de posesión y almacenamiento de droga para tráfico.
El 27 de agosto, el Tribunal los declaró culpables e impuso seis meses de prisión preventiva, hasta el 4 de marzo del 2015, aunque tenían dos años y medio presos.
Los sujetos estaban representados por los defensores públicos Sergio Triunfo y Fernando Chacón y la defensora particular Carmen Amador, quienes interpusieron recursos de apelación.
Sin embargo, Amador fue quien alegó que cualquier persona sometida a juicio tiene derecho a ser escuchada por jueces imparciales, que estén atentos a todo lo que ocurra en las audiencias y respeten a las partes que participan en el debate.
“Ese respeto implica escuchar a las personas, prestar atención a todo lo que suceda durante el juicio y, sobre todo, no distraerse realizando otras actividades mientras los testigos, peritos, fiscal o defensores declaran o realizan conclusiones”, dijo Amador.
Para la defensora, la desconcentración provoca la desintegración del Tribunal de Juicio, lo que violenta el debido proceso y causa un daño irreparable a los imputados.
El fiscal del caso, Luis Alonso Bonilla, alegó que no tuvo la misma percepción en las audiencias; más bien consideró que la atención de los jueces fue constante durante el “contradictorio”.
Pese a que se gestionó una entrevista con los tres jueces, por medio de la Oficina de Prensa del Poder Judicial, dijeron que no harán ningún pronunciamiento.
Por otro lado, se consultó al Tribunal de la Inspección Judicial si abriría una causa disciplinaria a los jueces, pero indicó que el caso apenas es analizado.
La defensora Amador afirmó que ella misma presentará el expediente a la Inspección Judicial y lamentó que el Tribunal de Apelación no lo hiciera. El Poder Judicial calcula que un proceso penal cuesta ¢6 millones y, para Amador, a los jueces se les podría cobrar el proceso anulado.