Una jueza penal de San José fue suspendida 15 días sin goce de salario por “denigrar, ofender y amenazar” a su compañero sentimental.
La decisión la tomó el Consejo Superior del Poder Judicial el pasado 11 de febrero, al ratificar un fallo del Tribunal de la Inspección Judicial emitido desde el 29 de octubre del 2019, en contra de la funcionaria con once años de carrera y cuyo nombre no se cita en el expediente.
La sanción se adoptó luego de que la jueza enfrentara un proceso de violencia doméstica en el Juzgado Contravencional de Garabito, Puntarenas, cuya sentencia está firme y en la cual se le impusieron medidas cautelares y se le prohibió “agredir insultar, amenazar o perturbar personalmente o por medio de terceras personas, telefónicamente, por mensajes de texto, correo electrónico, redes sociales o cualquier otro medio” al compañero sentimental.
Para la Inspección Judicial: “La denunciada, incurrió en conductas totalmente inadecuadas para una funcionaria del Poder Judicial. Dado que su comportamiento se sale del esquema de lo que debe ser una apropiada manera de conducirse en su vida personal, tanto en su esfera pública, sea en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, como en su esfera privada.
“Resulta claro que el verse sometida a un proceso de violencia doméstica, que implica en el fondo conductas agresivas de carácter verbal, sicológico o físico, dista mucho del comportamiento que se espera de una persona que labora en el Poder Judicial (...).
“Cuando se decide voluntariamente mantener una relación de empleo con esta institución, se obliga a mantener un comportamiento libre de cualquier cuestionamiento, ya que el Poder Judicial debe estar integrado por personas probas, con una conducta intachable, con altos valores morales, siendo que en el caso concreto, este Tribunal arriba a la conclusión que la conducta de la acusada, resulta impropia de una funcionaria judicial, sin que su comportamiento tenga justificación alguna”.
Hechos
Según la investigación, la jueza tiene 11 años de laborar en el Poder Judicial y no registra sanciones. Desde el 1°. de enero del 2018 hasta el 28 de mayo del 2020 recibió nombramientos como jueza penal en el Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados y Pavas).
Según la sentencia 2020-3464 del Tribunal de la Inspección Judicial, durante su nombramiento como jueza, la funcionaria debió observar los deberes de decoro, dignidad, honestidad y honor, tanto en el desempeño de su cargo como en su vida privada, como lo dispone el artículo 49, inciso 3 del Estatuto del Servicio Judicial.
Empero, señalaron que el 3 de junio del 2019, el Juzgado Contravencional de Garabito, en Puntarenas, le impuso medidas cautelares durante un año, al aplicarle la Ley de Violencia Doméstica. Las medidas favorecían a su compañero sentimental, con quien tiene un hijo.
En el fallo de la Inspección se dice que el juzgado logró acreditar, que el 23 de enero del 2019 en un intercambio de mensajes de texto, con sus dispositivos móviles, “la presunta agresora denigra, ofende y amenaza utilizando palabras soeces en contra de la dignidad de la presunta víctima”.
Asimismo, ese mismo día, mediante un correo electrónico, le dijo textualmente: “Negro hiju(...), o no sé si es realmente negro porque su hijo es blanco, pero como me dijo el otro mae que usted es blanco al final de todo, pero aún así deja de jugar de buenazo que no te queda xq (sic) si te importara hubieras aparecido, y no que no aparecías mientras pensabas q era tuyo. Si no que apareciste hasta que creíste que no era tuyo.
“Espero que mandes los pañales y la leche y te podes dejar las bolsas de basura y la cuna quebrada que disque tenés, que quién sabe de que basurero lo sacaste, a mi hijo no le pongas basura, pónsela a tus sobrinos que no estudian o bretean, a esos vagos, o a tus hermanos y hermanas otro montón de vagos, por eso son vagos vividores”.
También el juzgado acreditó que en una fecha no precisada la jueza envió otro correo en el cual mencionó: “Si yo no me puedo sacar esta mierda tené por seguro que te hago la vida de cuadritos... mae yo con ud (sic) no voy a tener nada, menos un güila ... Yo con un mae irresponsable no puedo. De verdad q no servís para un carajo. Si usted quiere vamos a México, pero ud (sic) corre con todos los gastos de todo y así no tiene que pensar en pagos más adelante”.
Descargo
La jueza en el proceso administrativo alegó que la sentencia del Juzgado Contravencional no estaba firme y que en una primera audiencia logró demostrar “amiguismo entre la Jueza de Violencia Doméstica y el demandante”.
Asimismo, añadió que cuando “se ordenó repetir la audiencia de violencia doméstica, la nueva jueza omitió considerar que ella se encontraba en estado de embarazo, en una etapa de vulnerabilidad máxima, en un momento sumamente hormonal debido al estado de gestación.
“Luego en el posparto, como no se me nombraba me afectó mi psiquis, debido al estrés por no tener los medios para la manutención de mi hijo, y tener que andar en procedimientos detrás del señor, para que este reconociera a su hijo, lo cual tuvo que ser mediante los procesos coercitivos, el proceso de reconocimiento mediante la ley de paternidad responsable, e incluso el de pensión alimentaria”, dijo.
También afirmó que la denuncia en su contra se presentó el mismo día en que ella demandó al hombre por pensión.
“Es cierto que se debe guardar la ética y el decoro en la vida profesional y privada, pero no soy un robot autómata, o máquina sin sentimientos, que tiene prohibido sentirse agobiada por diferentes situaciones en la vida. Soy profesional pero antes de eso, un ser humano (...) Soy madre y veré y velaré para que a su hijo no le falte nada”, alegó la mujer.
Sin embargo, esos argumentos no fueron de recibo por el Tribunal de la Inspección Judicial que a su vez sostuvo que la sentencia por violencia doméstica había adquirido firmeza el 8 de julio del 2020 y que con ello se confirmaban los hechos denunciados.
“La encausada con su actuar evidencia poca reflexión respecto a su conducta, alejándose del ideal de ser un ejemplo que acentúe una mayor credibilidad en la institución.
“En razón de ello, este Tribunal califica la falta cometida por la denunciada como grave y de acuerdo con el numeral 195 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y tomando en cuenta, además, que la encausada en 11 años de servicio no registra ninguna sanción disciplinaria, se dispone imponerle la sanción disciplinaria de quince días de suspensión de su cargo sin goce de salario”, reseña el fallo.