El proyecto de ley que garantizaría la prisión preventiva contra imputados por narcotráfico y otros delitos de crimen organizado es “problemático” y podría aplicarse “de manera arbitraria”, aseguró este lunes la magistrada de la Sala Tercera, Patricia Vargas González, al exponer el plan ante la Corte Plena.
Vargas explicó que tanto la Constitución Política como la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos descartan la posibilidad de crear una prisión preventiva automática, por lo que el plan podría tener roces de inconstitucionalidad y generaría “responsabilidades internacionales” para Costa Rica.
Debido a la posibilidad de que aumente la cantidad de personas en prisión preventiva y el aumento de trabajo que esto implicaría para el personal judicial, la Corte determinó con 18 votos a favor y dos en contra que sí afecta el funcionamiento del Poder Judicial, por lo que el texto necesitaría 38 votos para convertirse en ley.
El expediente 23.986 fue presentado en octubre por el diputado del Partido Liberación Nacional (PLN), Gilberth Jiménez, con la firma de otros ocho legisladores del PLN y tres del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC). En diciembre, la iniciativa ya había sida analizado por los magistrados, quienes en aquel momento también determinaron que incidía en el funcionamiento de la institución.
No obstante, el 15 de febrero, la Comisión de Seguridad y Narcotráfico aprobó un texto sustitutivo que incluye más delitos imputados que garantizarían prisión preventiva.
Mientras que el texto original solo menciona que la prisión preventiva podrá aplicarse cuando se trate de delincuencia organizada, narcotráfico o sicariato, el nuevo texto agrega que se ordenará la medida en casos relacionados con narcotráfico, legitimación de capitales, homicidio simple, homicidio calificado, delitos sexuales contra personas menores de edad y delitos en los que medie la utilización de armas de fuego.
Asimismo, la reciente modificación incluye que los tribunales ordenarán prisión preventiva cuando la víctima, la persona denunciante, el testigo y la comunidad se encuentren en situación de riesgo. Al respecto, la magistrada Vargas señaló que el concepto de “comunidad” en este caso es “claramente poroso e indeterminado”.
Esto podría implicar que la prisión preventiva se aplique de forma arbitraria, estimó la alta jueza, quien agregó que la parte del texto que obliga a los tribunales a ordenar la medida en ciertos casos “es todavía más problemática”. La ley actual establece supuestos que se deben cumplir para imponer la prisión preventiva, pero da el margen a los tribunales de analizar cada caso concreto.
Medida punitiva anticipada
De aprobarse este texto, la prisión preventiva dejaría de ser una facultad para convertirse en una obligación, aseguró, y los jueces se convertirían en operadores automáticos que solo deben revisar requisitos para imponer la medida.
“Con esta propuesta la prisión preventiva deja de convertirse en una medida cautelar, en tanto que no existe un análisis del caso concreto, de la necesidad procesal de su imposición, sino que se convierte en una medida punitiva que se dicta anticipadamente”.
Vargas recalcó que en México, en el 2008, se reformó la constitución para crear una prisión preventiva oficiosa en casos de delincuencia organizada, homicidio, entre otros delitos. Esto le supuso una condena a México en el 2023 por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sin que se redujeran los crímenes en ese país, expuso la magistrada.
Otros magistrados sumaron sus preocupaciones ante el proyecto. Gerardo Rubén Alfaro, de la Sala Tercera, señaló que a la Corte no le corresponde legislar, pero sí está dentro de sus potestades emitir criterio sobre este tipo de proyectos. Alfaro consideró que aunque la criminalidad ha aumentado, Costa Rica vive en un sistema de derecho penal democrático de pesos y contrapesos.
Asimismo, Sandra Zúñiga, también de Sala Tercera, manifestó que el proyecto de ley se creó con las mejores intenciones, pero “plantea una alternativa peligrosa”.
“Cuando se habla del proceso penal, tiene que pensarse en función de lo que me gustaría que me aplicaran a mí, a mis parientes, a mis conocidos, es que precisamente existe la oportunidad de defensa y la oportunidad de investigación, porque no siempre que se denuncia, la persona denunciada es culpable”, indicó Zúñiga.